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Un poder especial es un documento mediante el cual una persona, llamada poderdante, autoriza a otra, llamada apoderado, para que la represente y actúe en su nombre en un asunto o asuntos específicos. Se utiliza cuando una persona no puede o no desea asistir personalmente a un evento, trámite o procedimiento y necesita que otra persona la represente. Algunos ejemplos comunes son:
La principal diferencia es el alcance de la representación. Mientras que un poder especial es para uno o varios asuntos determinados, un poder general faculta al apoderado para actuar en cualquier asunto a menos que esté expresamente excluido. El poder general debe hacerse mediante escritura pública.
Sí, por regla general se requiere un poder especial para representar a otra persona en un trámite o asunto determinado. Por ejemplo, se requiere un poder especial para representar a un accionista en una asamblea de accionistas o a un residente en una asamblea de copropietarios.
El poder especial puede darse con una fecha de terminación o sin ella. Si se da una fecha de terminación, el poder durará hasta la culminación del asunto encargado, su fecha de terminación o que sea revocado, lo que ocurra primero. Si el poder se otorga sin fecha de terminación, este durará hasta la culminación del asunto encargado o su revocación, lo que ocurra primero.
Una vez diligenciado el poder especial, el poderdante debe:
No siempre es obligatorio. Sin embargo, es la práctica general autenticarlo ante notaría en casos donde se otorgan facultades para la firma de documentos importantes, como escrituras públicas, traspasos de vehículos o asistencia a asambleas de socios. También se puede autenticar para más seguridad de la autenticidad del poder y de quien lo recibe.
Se debe consultar con la entidad o persona ante la cual se usará el poder si requiere autenticación en notaría.
Sí, la misma persona que otorga el poder puede revocarlo, o el apoderado puede renunciar:
La revocatoria o renuncia de poder debe formalizarse de la misma manera que se otorgó el poder original, ya sea mediante documento privado o autenticado.
Para su validez un poder especial debe contener:
Opcionalmente, se puede incluir:
El poder especial se halla regulado en las normas del Código Civil relativas al contrato de mandato, del cual el poder es una especie:
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
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Una guía para ayudarle: ¿Cuándo se debe autenticar un documento en notaría?
Poder especial - modelo, ejemplo en línea - Word y PDF
País: Colombia