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Cuaderno particional de una herencia

Última revisión Última revisión 26/09/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 26/09/2024

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El cuaderno particional de una herencia es un documento donde los herederos llegan a un acuerdo sobre la parte de la herencia que le corresponde a cada uno una vez fallecida la persona. Concretamente, este documento indica quiénes son las personas o entidades que forman parte de la herencia, describe los bienes, derechos y deudas que tenía la persona fallecida (y el valor económico de cada uno), la masa hereditaria total, la cuota hereditaria que le corresponde a cada heredero, y las adjudicaciones que recibirán (es decir, qué bienes y/o derechos recibirá cada heredero en base a su cuota hereditaria).

¿Quiénes son los herederos?

Un heredero es una persona que recibe los bienes de una persona cuando esta fallece, en cumplimiento de la ley o de las disposiciones señaladas en un testamento.

Cuando una persona decide hacer un testamento, tiene que tener en cuenta que no puede repartir toda la herencia como quiera y a quien quiera. El Código Civil obliga a dejar una parte de los bienes a los familiares directos, también denominados herederos forzosos. Esta parte se conoce como la legítima estricta (33%). Además de la legítima estricta, la herencia se compone de la legítima de mejora (33%) y la legítima de libre disposición (33%).

Este último tercio será de libre y absoluta disposición por parte del testador, por lo que podrá dejárselo a quien quiera, pudiendo ser familiar o no, persona física o jurídica (una organización sin ánimo de lucro, por ejemplo). Si se tiene dudas sobre cómo se puede repartir la herencia, se recomienda la lectura de la siguiente guía: ¿Cómo hacer un testamento?

Para elaborar el cuaderno particional habrá que ver si la persona fallecida dejó testamento o no, ya que en caso de que haya testamento se tendrá que respetar lo indicado en éste. En caso de que no haya testamento (o que no esté bien hecho), entonces los herederos deberán llegar a un acuerdo sobre sobre cómo repartirse la herencia. Si esto no fuera posible, entonces podrán contratar a una tercera persona para que reparta los bienes entre los herederos en función de lo que le corresponda a cada uno.

Un testamento es una declaración voluntaria de una persona expresando lo que quiere que se haga con sus bienes después de su fallecimiento. Existen diferentes tipos de testamentos pero el más frecuente es el testamento abierto mediante el cual el testador manifiesta su voluntad ante Notario Público y ante testigos.

Si se desea más información sobre los tipos de testamentos, se recomienda la lectura de la siguiente guía: ¿Qué tipos de testamentos existen?


¿Es siempre necesario elaborar un cuaderno particional?

La elaboración del cuaderno particional es obligatoria siempre salvo en dos supuestos: o bien que el heredero sea una sola persona (en este caso, no hay que hacer repartición alguna); o bien, que la persona fallecida haya hecho testamento y ya haya repartido los bienes entre los herederos.

El cuaderno particional se puede hacer en documento público ante Notario o en documento privado. Se podrá redactar un cuaderno particional privado cuando en la masa hereditaria no haya bienes inmuebles y por tanto no sea necesario elevar a escritura pública el reparto de la herencia y la adjudicación de los bienes (para su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad), o cuando, a pesar de haber bienes inmuebles en la masa hereditaria, los herederos no tienen intención de venderlos por lo que no es necesario la inscripción en el registro de la propiedad.


¿Qué debe contener el cuaderno particional?

El cuaderno particional se divide en distintas fases, las cuales se encuentran recogidas en el presente documento:

  1. Inventario
    • En esta fase se incluyen todos los activos y pasivos de la herencia. Los activos son todos los bienes y/o derechos que tuviera la persona fallecida, tanto privativos como gananciales si estaba casado bajo este régimen, tales como: bienes inmuebles, saldos bancarios, depósitos, acciones, vehículos, entre otros. El pasivo se integra por todas las deudas, privativas o gananciales, que pudiera tener la persona fallecida, tales como, hipotecas, préstamos, gastos de entierro y funeral, etc.
    • Se debe aportar a efectos de acreditar tanto el activo como el pasivo los títulos de propiedad del fallecido sobre los distintos bienes, como por ejemplo, las escrituras públicas, certificados de saldo bancario, etcétera.
  2. Avalúo
    • Se debe valorar todos los bienes recogidos en el inventario. Debe ser una valoración real, y puede ser una operación realizada por la propia persona fallecida, por acuerdo entre los herederos o por una tercera persona.
  3. Liquidación de la herencia
    • Se refiere al cálculo de la herencia a repartir, teniendo en cuenta las deudas y cargas que recaigan sobre la misma: activo, pasivo y cuantificaciones.
  4. Adjudicación entre los herederos
    • En función de la cuota hereditaria de cada heredero, se deben formar lotes con bienes que tengan el valor que corresponde a cada heredero, aunque los bienes sean de distinta naturaleza.


¿Cómo utilizar este documento?

Este documento se debe utilizar por los herederos cuando deseen calcular la masa hereditaria de la persona fallecida, recoger todos los bienes, derechos y deudas que tenía, y repartirse dichos bienes entre ellos en función de su cuota hereditaria. Este modelo permite prever todos los aspectos claves de un cuaderno particional, entre ellos se incluyen las siguientes cláusulas:

  • La identificación de la persona fallecida, lugar y día del fallecimiento;
  • En caso de que estuviera casado/a, la identificación del cónyuge del fallecido;
  • En caso de que tuviera hijos, la identificación de los hijos;
  • La identificación de los herederos;
  • Inventario de los bienes hereditarios;
  • Avalúo de los bienes del fallecido;
  • Liquidación de la herencia; es decir, habrá que descontar del caudal hereditario las deudas y cargas que sean de la herencia;
  • Formación de lotes y adjudicación. Se forman lotes o grupos de bienes que se adjudican a cada heredero.

Una vez redactado el cuaderno particional, se deberá firmar por todos los herederos. El cuaderno particional debe ser firmado en tantas copias como herederos haya para que cada una de las partes conserve una copia, y deberán adjuntar los documentos que acrediten el activo y el pasivo de la persona fallecida (ej. escrituras públicas, certificados de saldo bancario, etc). Posteriormente, cada heredero deberá liquidar el Impuesto sobre Sucesiones. Los herederos tienen el plazo de 6 meses para pagar el Impuesto de Sucesiones que empieza a contar desde el día del fallecimiento, por lo que es importante que una vez realizada la partición de la herencia, cada heredero proceda al pago del Impuesto de Sucesiones. La cuantía variará en función de los bienes que se hereden y del valor de los mismos.

Una vez firmado el cuaderno particional, y pagado el Impuesto de Sucesiones, los herederos deberán realizar una serie de gestiones posteriores. Por ejemplo, si se ha recibido bienes inmuebles en propiedad o usufructo, se deberán inscribir en el Registro de la Propiedad. En el caso de que haya varios inmuebles que pertenezcan a varios Registros, habrá que llevar la documentación de la herencia y liquidación del Impuesto de Sucesiones a cada uno de ellos.

En caso de que el heredero le corresponda dinero en metálico, valores y/o seguros de vida, se deberá acudir al banco correspondiente y aportar la documentación de la herencia junto con el justificante de liquidación y presentación del Impuesto de Sucesiones. Hasta que no se acredite el pago de los impuestos, los bancos están obligadas a retener las cantidades de la persona fallecida.

Por último, si se reciben vehículos como herencia, se habrá que acudir a la Dirección General de Tráfico (DGT) para realizar las gestiones correspondientes.


Legislación aplicable

El cuaderno particional de una herencia se rige por las disposiciones del Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.


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