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Última revisión: 06/08/2024
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Rellenar el modeloEsta convocatoria permite informar a los propietarios de la futura celebración de una reunión de la junta de propietarios a los efectos de que puedan asistir a ella.
Esta convocatoria de la junta general permite comunicar la realización de cualquier junta de propietarios, ya sea ordinaria o extraordinaria.
Esta convocatoria a la junta general de propietarios permite comunicar a los propietarios la celebración de:
El acta de la junta general de propietarios permite recoger los acuerdos o decisiones adoptadas por la reunión de la junta de propietarios ya celebrada. Así, la convocatoria debe prepararse antes de la reunión de la junta de propietarios, mientras que esta acta se debe preparar una vez que ya se ha celebrado la reunión de la junta de propietarios para recoger los acuerdos ya aprobados.
Sí, es obligatorio. Este documento es esencial para que los propietarios puedan conocer la fecha de celebración de la junta. Las reuniones de la junta de propietarios celebradas sin el envío de la convocatoria previa pueden ser impugnados por cualquiera de los propietarios.
Sí, esta convocatoria de la junta general de propietarios debe redactarse por escrito para que sea válida. Es importante que exista una constancia por escrito para asegurarse que los propietarios han sido convocados correctamente a la reunión de la junta.
La convocatoria a la junta general de propietarios debe incluir los siguientes aspectos:
El nombre y datos de identificación de la comunidad.
La fecha, la hora y el lugar en la que tendrá lugar la reunión de la junta de propietarios.
La identidad de los cargos de la comunidad (presidente, secretario, etc.).
El orden del día de la futura reunión de la junta general.
Esta convocatoria puede incluir, entre otros, los siguientes acuerdos que pueden ser discutidos en la futura junta general:
La firma de esta convocatoria depende de quien solicite la convocatoria de la reunión de la junta:
Una vez redactada, la firma de esta convocatoria se llevará a cabo de la siguiente manera:
Tras su firma, la convocatoria a la reunión a la junta de propietarios ordinaria debe ser enviada o notificada a todos los propietarios con un plazo mínimo de seis días. Las juntas extraordinarias deben ser convocadas con la antelación que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados. En todo caso, es importante tener en cuenta los plazos dispuestos por los estatutos de la comunidad.
El envío debe efectuarse al domicilio señalado por el propietario o al piso o local perteneciente a la comunidad. Asimismo, la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la comunidad.
La junta de propietarios puede adjuntar libremente los documentos que desee para clarificar el contenido de los acuerdos recogidos en la convocatoria o para facilitar su interpretación, como puede ser una tabla con la relación de todos los propietarios que forman parte de la comunidad o una copia de los presupuestos que los propietarios deben aprobar en la junta.
No, no es necesario, este documento es válido sin necesidad incluirlo en una escritura pública. En todo caso, la legitimación de las firmas de la convocatoria ante notario público otorga una mayor garantía sobre su contenido y sobre su veracidad.
La convocatoria de la junta general de propietarios se rige por lo previsto en Capítulo II de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
Asimismo, se rigen, en su caso, por lo previsto en el título constitutivo de la comunidad y en los estatutos de la comunidad.
También tienes la opción de consultar a un abogado si necesitas ayuda.
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País: España