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Acuerdo de no competencia

Última revisión Última revisión 14/09/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 14/09/2024

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¿Qué es un acuerdo de no competencia?

Un acuerdo de no competencia es un documento que prohíbe a una persona o a una empresa ser competidor en el mismo campo con otra empresa o persona, por un período de tiempo, debido a los secretos comerciales transferidos como consecuencia de la relación contractual.

Los acuerdos de no competencia son utilizados con mayor frecuencia en industrias altamente competitivas, como el desarrollo de tecnología, ventas y marketing.

Por tanto, con un acuerdo de no competencia se puede bloquear a una persona o a una empresa que ha tenido o va a tener acceso a los procedimientos, secretos comerciales y prácticas de otra empresa (la parte que solicita que no se produzca la competencia) y así asegurarse que no va a utilizar dicha información para hacer competencia.

Las situaciones comunes que requieren el uso de un acuerdo de no competencia incluyen lo siguiente:

  • Un individuo que vende su negocio y acepta no competir con el nuevo propietario del negocio por un período de tiempo.
  • Socios comerciales que terminan una relación comercial.
  • Una empresa y un contratista o consultor que finalizan su relación comercial y la compañía que desea asegurarse de que el consultor no utilice su antiguo acceso a secretos comerciales para ayudar a los competidores de la empresa.


¿Cuál es la diferencia entre el acuerdo de no competencia y el acuerdo de no competencia en la relación laboral?

Aunque el objetivo de ambos acuerdos es similar, limitar que una persona o empresa haga competencia a otra empresa, el ámbito de aplicación es diferente en cada caso.

Por un lado, el acuerdo de no competencia consiste en prohibir a una empresa durante un periodo de tiempo a que desempeñe una actividad comercial similar a la de otra empresa como consecuencia de haber tenido acceso a secretos comerciales.

Por otro lado, el Anexo al contrato de trabajo - acuerdo de no competencia en la relación laboral consiste en limitar la actividad de un trabajador, de manera que quede bloqueado el desempeño de sus funciones en otra empresa o por su propia cuenta, cuando su actividad pueda entrar en conflicto con los intereses de su actual empresario. La finalidad de estos pactos es evitar que los conocimientos e información adquiridos por el trabajador por razón del cargo que ocupaba en la empresa, de la organización y técnicas productivas, le coloque en una situación de ventaja en el momento de competir con su anterior empresario, respecto a los productos idénticos o similares que comercializa o respecto al círculo de clientes al que se dirige.


¿Es obligatoria la celebración por escrito de un acuerdo de no competencia?

No, no es obligatoria. Las partes puede acordar un acuerdo de no competencia de forma oral.

Ahora bien, la firma del acuerdo de no competencia por escrito permite fijar los acuerdos entre las partes, y permitirá probar en caso de conflictos futuros las condiciones del contrato.


¿Quién debe firmar un acuerdo de no competencia?

Las partes del acuerdo de no competencia son la parte no competidora (la parte a la que se solicita que no compita) y la parte protegida (la parte que solicita que no se produzca la competencia), y podrán ser persona física o persona jurídica.

Las partes no deben cumplir con requisitos especiales para la firma del acuerdo de no competencia. En todo caso, las partes deben disponer de la capacidad suficiente para la firma del acuerdo. En relación con esto, es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • Las partes deben ser mayores de edad, es decir, mayores de 18 años, o en caso contrario, este contrato lo deberá firmar sus padres o tutores.
  • Si una de las partes es una persona jurídica, la firma de este contrato se debe por su representante o persona autorizada por la persona jurídica (p. ej. por un administrador de la empresa).


¿Qué es necesario realizar una vez el acuerdo de no competencia esté preparado?

El acuerdo de no competencia debe ser firmado por las partes o, en su caso, por sus representantes, que deberán exhibir la autorización, o en su caso poder notarial, que les habilita a ello en el momento de la firma.

Para dotarlo de un mayor nivel de seguridad, las firmas han de figurar no sólo en la sección final del documento, sino también en el borde izquierdo de cada página que compone el documento.


¿Es necesario firmar el acuerdo de no competencia ante notario público?

No es necesario firmar el acuerdo de no competencia ante notario ya que tiene validez por sí mismo.

No obstante, la firma de un contrato ante notario público otorga una mayor garantía sobre su contenido y sobre su aplicación, pero, en este caso, es meramente opcional.


¿Qué debe incluir un acuerdo de no competencia?

Un acuerdo de no competencia debe contener, como mínimo, las siguientes cláusulas:

  • Datos identificativos de la parte no competidora y la parte protegida (indicando nombres y apellidos, razón social, NIF/CIF, domicilio, etc);
  • Duración del acuerdo: el período de tiempo durante el cual la parte no competidora no debe competir con la parte protegida. Este periodo debe ser razonable, y cuánto más corto sea, más probable será que se haga cumplir en cada de que se tenga que acudir a los tribunales.
  • Rango geográfico del acuerdo: el área geográfica en la que la parte no competidora tiene prohibido competir con la parte protegida. Para que sea válido, esta área geográfica debe estar limitada al área donde la parte protegida opera y tiene su mercado.
  • Actividades y temas específicos incluidos en la no competencia: una descripción detallada de las actividades e industrias en las que la parte no competidora no debe participar en este acuerdo.
  • Compensación (opcional): forma y/o monto de la compensación que la parte no competidora recibirá a cambio de celebrar el acuerdo. Se puede pactar algún tipo de compensación, como por ejemplo, una oferta de trabajo, una compensación monetaria, una opción de compra de acciones, etc.

Este acuerdo también ofrece cláusulas opcionales que prohibirían a la parte no competidora a captar a los clientes de la parte protegida o inducir a los empleados actuales de la parte protegida a abandonar sus trabajos y trabajar para la parte no competidora.


¿Cuál es la legislación aplicable al acuerdo de no competencia?

Es aplicable al acuerdo de no competencia las siguientes leyes:


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