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Acta de manifestaciones

Última revisión Última revisión 12/09/2024
Formatos FormatosWord y PDF
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Última revisiónÚltima revisión: 12/09/2024

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El acta de manifestaciones es un documento mediante el cual un Notario recoge las declaraciones que hace una persona en su presencia. En estas actas se suele explicar circunstancias personales y familiares del interesado. En todo caso, el acta no acredita la veracidad de dichas declaraciones, sino el hecho de que una determinada persona hace esas declaraciones en un determinado momento, asumiendo el declarante los efectos de su declaración. Por tanto, en caso de que sean falsas, únicamente el declarante será responsable penalmente de ellas en caso de querella por falsedad.

Las actas de manifestaciones son un documento frecuente ya que constituyen una prueba documental. Suele ser un documento obligatorio en determinados procedimientos administrativos, tales como:

  • Para solicitar un visado ante el Consulado de España para una reagrupación de familiar comunitario: se recoge la voluntad del propio ciudadano español de reagrupar a su familiar (cónyuge, pareja, hijo/a, madre/padre), para que venga a vivir a España con él y forme parte así de su unidad familiar en territorio nacional.
  • Para solicitar un visado ante el Consulado de España para una reagrupación de familiar de extranjero residente en España: se recoge la voluntad del extranjero residente de reagrupar a su familiar (cónyuge, pareja, hijo/a, madre/padre), para que venga a vivir a España con él y forme parte así de su unidad familiar en territorio nacional.
  • Para solicitar un visado de estudiante ante el Consulado de España: se recoge la voluntad de una persona de cubrir los costes y gastos de la persona extranjera que solicita el visado de estudiante.
  • Para solicitar un visado Schengen (de turismo) ante el Consulado de España: se recoge la voluntad de una persona de cubrir los costes y gastos de la persona extranjera que solicita el visado de estudiante durante toda su estancia en España.
  • Para acreditar una relación estable: se suele utilizar para aquellos supuestos en los que se requiere demostrar una relación duradera, pero la pareja no se ha casado ni se ha hecho pareja de hecho.

No se podrán recoger manifestaciones que se refieran a la comisión de un delito o acusen a terceras personas de hechos determinados, ya que en ese caso se tendría que acudir a la autoridad judicial o a la policía.


¿Cómo utilizar este documento?

Este documento prevé las manifestaciones más comunes en función del procedimiento para el que se va a usar. No obstante, se prevé la posibilidad de que el interesado redacte otras manifestaciones distintas.

Este acta de manifestaciones incorpora el siguiente contenido:

  • Lugar y fecha en la que se redacta;
  • Identificación de la(s) persona(s) que otorga(n) el acta de manifestaciones;
  • El contenido de las manifestaciones que variará en función del procedimiento para el que se va a utilizar. Por ejemplo:
  • Si es para una reagrupación familiar comunitaria, se manifestará que se desea reagrupar a su familiar especificando los datos personales del reagrupado, se indicará el domicilio donde reside el ciudadano español y los medios económicos con los que cuenta, y se exhibirá al Notario toda la documentación necesaria para acreditar las manifestaciones.
  • Si es para un visado de estudiante, se manifestará el tipo de visado que se está solicitando, los datos personales de la persona que va a solicitar el visado, que el compareciente se obliga a costear todos los gastos que le surjan en España (alojamiento, manutención, asistencia sanitaria, etc), y se exhibirá al Notario toda la documentación necesaria para acreditar las manifestaciones.

Una vez rellenado, este documento debe ser firmado por el interesado y deberá acudir obligatoriamente al Notario para que tenga validez legal. El acta al ser un documento público queda en custodia del Notario, y podrá pedir copias siempre que se quiere.


Legislación aplicable

Las actas de manifestaciones están reguladas en los artículos 198 y siguientes del Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado.


Ayuda de un abogado

También tienes la opción de consultar a un abogado si necesitas ayuda.

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¿Cómo modificar el modelo?

Rellenas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en función de tus respuestas.

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