Convenio de terminación de un contrato de prestación de servicios

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ACUERDO DE TERMINACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS



En ________, a ________


REUNIDOS


De una parte,

________ con DNI ________, y con domicilio en: ________.

En adelante, el "Cliente".

Y de otra parte,

________ con DNI ________, y con domicilio en: ________.

En adelante, el "Prestador".


Y que, a continuación, serán referidas, individualmente como "Parte" o, de forma conjunta, como "Partes"


INTERVIENEN


De una parte,

________, quien comparece en su propio nombre y derecho, como Cliente.

Y de otra parte,

________, quien comparece en su propio nombre y derecho, como Prestador.


Las Partes, en la calidad con la que actúan, y reconociéndose capacidad jurídica para contratar y obligarse


EXPONEN


I.
Que el Cliente y el Prestador firmaron un contrato de prestación de servicios con fecha de ________ en el cual se acordó la siguiente prestación de servicios:

________

En adelante, el "Contrato";

II. Que, las Partes desean por mutuo acuerdo terminar el Contrato y, por tanto, concluir la prestación del servicio en su totalidad;

III. Que, en virtud de estas consideraciones, las Partes, libre y voluntariamente, desean otorgar el presente CONVENIO DE TERMINACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS con el fin de terminar el Contrato (en adelante, el "Convenio"), que se regirá por las siguientes,


CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto. Acuerdo extintivo

Por medio del presente Convenio, las Partes acuerdan de forma mutua terminar el Contrato debido al siguiente motivo:

________

La firma de este Convenio supondrá la extinción total del Contrato por acuerdo de las Partes desde la fecha y con las consecuencias que se establecen a continuación en este Convenio.


SEGUNDA. Plazo de terminación

Las Partes acuerdan que el Contrato finalizará en la fecha de terminación prevista en el mismo, rechazando ambas partes su posible renovación posterior.

Hasta la fecha indicada en el párrafo anterior, el Contrato se mantendrá en vigor.


TERCERA. Liquidación de las obligaciones

I. Pagos pendientes

En la fecha recogida en el encabezamiento de este Convenio, el Prestador reconoce que no existe cantidad alguna pendiente de pago por parte del Cliente y que se ha cumplido puntualmente con los pagos recogidos en el Contrato.

II. Servicios pendientes

El Cliente reconoce que no existe ninguna actividad o acción pendiente de realizar por el Prestador, terminando así su obligación de prestación de servicios en favor del Cliente en la fecha indicada en la Cláusula Segunda de este Convenio. Además, el Cliente reconoce que se ha prestado el servicio de acuerdo a lo establecido en el Contrato, por lo que no cabría una ulterior reclamación al respecto.

Una vez llegada la fecha de terminación de los servicios, el Cliente no podrá reclamar la realización de nuevos servicios y permitirá al Prestador retirar de sus instalaciones todas las herramientas o instrumentos utilizados para la prestación del servicio.

III. Indemnizaciones entre las Partes

Las Partes declaran que no existe ninguna cantidad pendiente de pago en concepto de indemnización entre las Partes, y, por lo tanto, no se podrá ejercer acción judicial alguna al respecto en el futuro.

IV. Compensación

Las Partes acuerdan expresamente la compensación de las posibles cantidades adeudadas recíprocamente, sin que sea necesario solicitar ulteriores autorizaciones.


CUARTA. Obligación de secreto y confidencialidad

Las Partes se obligan a respetar las obligaciones de confidencialidad o de guarda de secretos según lo dispuesto en los acuerdos o cláusulas de confidencialidad previamente firmados entre las Partes, durante los plazos establecidos en los mismos.


QUINTA. Exigibilidad

El presente Convenio es vinculante en su totalidad entre las Partes. De esta forma, cualquiera de las Partes podrá exigir su cumplimiento, asumiendo las mismas las consecuencias establecidas en el presente Convenio en relación con su incumplimiento.

La falta por cualquier Parte de la exigencia del cumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Convenio no afectará al derecho de dicha Parte a hacer valer la misma.

Por último, la renuncia por cualquier Parte de una cláusula de este Convenio no podrá interpretarse ni como una renuncia a denunciar cualquier incumplimiento posterior de dicha cláusula, ni como una renuncia de la misma.


SEXTA. Extinción de las obligaciones

Las Partes declaran dar por terminadas, saldadas y finiquitadas sus respectivas obligaciones derivadas del Contrato, manifestando no tener nada más que reclamar sobre el mismo bajo ningún concepto, excepto las obligaciones derivadas de las cláusulas de este Convenio.


SÉPTIMA. Inexistencia de renuncia

La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Convenio, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Convenio; y, (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Convenio.

La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Convenio, o a una parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, pudiendo quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportuno, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.


OCTAVA. Incumplimiento del Convenio

El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones recogidas en el presente Convenio facultará a otra Parte para (a) exigir su cumplimiento más el correspondiente pago de intereses derivados del retraso en el cumplimiento, o bien (b) resolver el Convenio en el caso de que no se rectifique o subsane el incumplimiento por parte de la Parte incumplidora en el plazo de diez (10) días naturales desde la fecha en la que se verifique el incumplimiento, con la consiguiente indemnización de daños y perjuicios más el pago de intereses por el retraso en el cumplimiento siguiendo lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.

Nadie podrá eximirse del cumplimiento de las obligaciones del presente Convenio mediante el pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios, pudiendo exigirse el cumplimiento de las obligaciones o prestaciones debidas junto a la satisfacción de la correspondiente indemnización.


NOVENA. Protección de datos

Las Partes de este Convenio conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.

De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Convenio consienten que sus datos personales recogidos en el presente Convenio, así como aquellos que se pudiesen haber obtenido durante la ejecución del Contrato, podrían ser o haber sido incorporados por la otra Parte a su propio fichero automatizado o no de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.

De esta cláusula no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.


DÉCIMA. 2888285225

I. 8852552 Único

58 25282222 82282282 858282522 2 522228525 5 22528 828 528252228 822255228 2 258228, 28858228 2 82585828, 8228858528 22252 858 255228 52 22525 252885 5 85 85885828822 528 82282282 22 52858822 822 28 28822 282222, 828 855828 52252 52 22225 85 88222885 2 22282888555 52852 85 22855 52822855 22 28 22858225282222 528 25282222 82282282.

II. Modificaciones

85528255 52 8588522 2 22885885 855885825 225828858822 528 82282282 852 22 82 528225 225 2885822 2 852 22 825 22525882555 225 858 255228 22 22525 85222885 5 85 528 25282222 82282282.

III. 8588555 parcial

25 2288882 52885558822, 25 825 225 52 252522 25588858 2 55282882552882, 52 85 8822588555, 828588522, 2588555 2 82258288888555 52 858 52258 885585858 528 25282222 82282282 2 52 25522 52 858 288258, 22 585552555 85 8822588555, 828588522 2 82258288888555 52 858 52258 885585858 28 52 858 528252228 255228 52 858 288258, 858 855828 225252282552 8588558 22 2252 5852882 852 2528255, 2252 2882 8822252 852 858 885585858 2 25522 52 858 288258 5288555558 88225828, 25858, 828588558 2 82258288828 22 8252 2822885828.

258 885585858 2 255228 52 858 288258 5288555558 88225828, 25858, 828588558 2 22 258288828 82 282825552 2882825558 528 82282282 2 22 5288858828 22 285 8858528252885, 82252 828 85828, 2 858 255228 2222885552 52 85225 22 85 85828258822 2555 5528555858 5 85 282588555 2522225855 822 858 288258.

DECIMOPRIMERA. 82282885882228

258 255228 52882252 8222 522888882 5 2228228 52 22282885882228 828 82288225528 22 28 22858225282222 528 25282222 82282282. 258 22282885882228 82 5258825552 225 2885822 5 255828 52 22582 2255882222 852 5222 8228252885 52 85 22855 52 85 22882, 588 8222 52 85 585288822 5 85 852 82 585822 2 85 22855 52 528228822 225 85 2255 25522.


DECIMOSEGUNDA. Ley aplicable y jurisdicción competente

El Convenio se regirá e interpretará conforme a la legislación española y, en particular, al Código Civil.

Las Partes se someten para la resolución de cualesquiera disputas o reclamaciones derivadas de la interpretación o ejecución del Convenio, incluyendo todas aquellas obligaciones no contractuales derivadas o relativas al Convenio, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.

Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman este Convenio en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.





.................................
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ACUERDO DE TERMINACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS



En ________, a ________


REUNIDOS


De una parte,

________ con DNI ________, y con domicilio en: ________.

En adelante, el "Cliente".

Y de otra parte,

________ con DNI ________, y con domicilio en: ________.

En adelante, el "Prestador".


Y que, a continuación, serán referidas, individualmente como "Parte" o, de forma conjunta, como "Partes"


INTERVIENEN


De una parte,

________, quien comparece en su propio nombre y derecho, como Cliente.

Y de otra parte,

________, quien comparece en su propio nombre y derecho, como Prestador.


Las Partes, en la calidad con la que actúan, y reconociéndose capacidad jurídica para contratar y obligarse


EXPONEN


I.
Que el Cliente y el Prestador firmaron un contrato de prestación de servicios con fecha de ________ en el cual se acordó la siguiente prestación de servicios:

________

En adelante, el "Contrato";

II. Que, las Partes desean por mutuo acuerdo terminar el Contrato y, por tanto, concluir la prestación del servicio en su totalidad;

III. Que, en virtud de estas consideraciones, las Partes, libre y voluntariamente, desean otorgar el presente CONVENIO DE TERMINACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS con el fin de terminar el Contrato (en adelante, el "Convenio"), que se regirá por las siguientes,


CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto. Acuerdo extintivo

Por medio del presente Convenio, las Partes acuerdan de forma mutua terminar el Contrato debido al siguiente motivo:

________

La firma de este Convenio supondrá la extinción total del Contrato por acuerdo de las Partes desde la fecha y con las consecuencias que se establecen a continuación en este Convenio.


SEGUNDA. Plazo de terminación

Las Partes acuerdan que el Contrato finalizará en la fecha de terminación prevista en el mismo, rechazando ambas partes su posible renovación posterior.

Hasta la fecha indicada en el párrafo anterior, el Contrato se mantendrá en vigor.


TERCERA. Liquidación de las obligaciones

I. Pagos pendientes

En la fecha recogida en el encabezamiento de este Convenio, el Prestador reconoce que no existe cantidad alguna pendiente de pago por parte del Cliente y que se ha cumplido puntualmente con los pagos recogidos en el Contrato.

II. Servicios pendientes

El Cliente reconoce que no existe ninguna actividad o acción pendiente de realizar por el Prestador, terminando así su obligación de prestación de servicios en favor del Cliente en la fecha indicada en la Cláusula Segunda de este Convenio. Además, el Cliente reconoce que se ha prestado el servicio de acuerdo a lo establecido en el Contrato, por lo que no cabría una ulterior reclamación al respecto.

Una vez llegada la fecha de terminación de los servicios, el Cliente no podrá reclamar la realización de nuevos servicios y permitirá al Prestador retirar de sus instalaciones todas las herramientas o instrumentos utilizados para la prestación del servicio.

III. Indemnizaciones entre las Partes

Las Partes declaran que no existe ninguna cantidad pendiente de pago en concepto de indemnización entre las Partes, y, por lo tanto, no se podrá ejercer acción judicial alguna al respecto en el futuro.

IV. Compensación

Las Partes acuerdan expresamente la compensación de las posibles cantidades adeudadas recíprocamente, sin que sea necesario solicitar ulteriores autorizaciones.


CUARTA. Obligación de secreto y confidencialidad

Las Partes se obligan a respetar las obligaciones de confidencialidad o de guarda de secretos según lo dispuesto en los acuerdos o cláusulas de confidencialidad previamente firmados entre las Partes, durante los plazos establecidos en los mismos.


QUINTA. Exigibilidad

El presente Convenio es vinculante en su totalidad entre las Partes. De esta forma, cualquiera de las Partes podrá exigir su cumplimiento, asumiendo las mismas las consecuencias establecidas en el presente Convenio en relación con su incumplimiento.

La falta por cualquier Parte de la exigencia del cumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Convenio no afectará al derecho de dicha Parte a hacer valer la misma.

Por último, la renuncia por cualquier Parte de una cláusula de este Convenio no podrá interpretarse ni como una renuncia a denunciar cualquier incumplimiento posterior de dicha cláusula, ni como una renuncia de la misma.


SEXTA. Extinción de las obligaciones

Las Partes declaran dar por terminadas, saldadas y finiquitadas sus respectivas obligaciones derivadas del Contrato, manifestando no tener nada más que reclamar sobre el mismo bajo ningún concepto, excepto las obligaciones derivadas de las cláusulas de este Convenio.


SÉPTIMA. Inexistencia de renuncia

La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Convenio, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Convenio; y, (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Convenio.

La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Convenio, o a una parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, pudiendo quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportuno, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.


OCTAVA. Incumplimiento del Convenio

El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones recogidas en el presente Convenio facultará a otra Parte para (a) exigir su cumplimiento más el correspondiente pago de intereses derivados del retraso en el cumplimiento, o bien (b) resolver el Convenio en el caso de que no se rectifique o subsane el incumplimiento por parte de la Parte incumplidora en el plazo de diez (10) días naturales desde la fecha en la que se verifique el incumplimiento, con la consiguiente indemnización de daños y perjuicios más el pago de intereses por el retraso en el cumplimiento siguiendo lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.

Nadie podrá eximirse del cumplimiento de las obligaciones del presente Convenio mediante el pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios, pudiendo exigirse el cumplimiento de las obligaciones o prestaciones debidas junto a la satisfacción de la correspondiente indemnización.


NOVENA. Protección de datos

Las Partes de este Convenio conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.

De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Convenio consienten que sus datos personales recogidos en el presente Convenio, así como aquellos que se pudiesen haber obtenido durante la ejecución del Contrato, podrían ser o haber sido incorporados por la otra Parte a su propio fichero automatizado o no de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.

De esta cláusula no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.


DÉCIMA. 2888285225

I. 8852552 Único

58 25282222 82282282 858282522 2 522228525 5 22528 828 528252228 822255228 2 258228, 28858228 2 82585828, 8228858528 22252 858 255228 52 22525 252885 5 85 85885828822 528 82282282 22 52858822 822 28 28822 282222, 828 855828 52252 52 22225 85 88222885 2 22282888555 52852 85 22855 52822855 22 28 22858225282222 528 25282222 82282282.

II. Modificaciones

85528255 52 8588522 2 22885885 855885825 225828858822 528 82282282 852 22 82 528225 225 2885822 2 852 22 825 22525882555 225 858 255228 22 22525 85222885 5 85 528 25282222 82282282.

III. 8588555 parcial

25 2288882 52885558822, 25 825 225 52 252522 25588858 2 55282882552882, 52 85 8822588555, 828588522, 2588555 2 82258288888555 52 858 52258 885585858 528 25282222 82282282 2 52 25522 52 858 288258, 22 585552555 85 8822588555, 828588522 2 82258288888555 52 858 52258 885585858 28 52 858 528252228 255228 52 858 288258, 858 855828 225252282552 8588558 22 2252 5852882 852 2528255, 2252 2882 8822252 852 858 885585858 2 25522 52 858 288258 5288555558 88225828, 25858, 828588558 2 82258288828 22 8252 2822885828.

258 885585858 2 255228 52 858 288258 5288555558 88225828, 25858, 828588558 2 22 258288828 82 282825552 2882825558 528 82282282 2 22 5288858828 22 285 8858528252885, 82252 828 85828, 2 858 255228 2222885552 52 85225 22 85 85828258822 2555 5528555858 5 85 282588555 2522225855 822 858 288258.

DECIMOPRIMERA. 82282885882228

258 255228 52882252 8222 522888882 5 2228228 52 22282885882228 828 82288225528 22 28 22858225282222 528 25282222 82282282. 258 22282885882228 82 5258825552 225 2885822 5 255828 52 22582 2255882222 852 5222 8228252885 52 85 22855 52 85 22882, 588 8222 52 85 585288822 5 85 852 82 585822 2 85 22855 52 528228822 225 85 2255 25522.


DECIMOSEGUNDA. Ley aplicable y jurisdicción competente

El Convenio se regirá e interpretará conforme a la legislación española y, en particular, al Código Civil.

Las Partes se someten para la resolución de cualesquiera disputas o reclamaciones derivadas de la interpretación o ejecución del Convenio, incluyendo todas aquellas obligaciones no contractuales derivadas o relativas al Convenio, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.

Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman este Convenio en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.





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