Seleccione "matrimonio o inscripción de pareja de hecho" si el trabajador desea disfrutar de 15 días naturales de ausencia al trabajo retribuida, salvo que el convenio establezca una duración mayor, en caso de contraer matrimonio (civil o religioso) o de inscribirse como pareja o unión de hecho en un registro de uniones de hecho autonómico.
Seleccione "fallecimiento de un familiar" si el trabajador desea solicitar dos días (o de cuatro días, si se produce en otra cuidad y es necesario un desplazamiento) por el fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (la madre, el padre, los abuelos y abuelas, los hijos e hijas, los nietos y nietas, el cónyuge o pareja de hecho y sus familiares con el mismo parentesco). El convenio colectivo aplicable puede extender la duración de este permiso.
Seleccione "accidente o enfermedad grave de un familiar" si el trabajador desea solicitar hasta cinco días en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite de reposo en el domicilio de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (la madre, el padre, los abuelos y abuelas, los hijos e hijas, los nietos y nietas, el cónyuge o pareja de hecho y sus familiares con el mismo parentesco). El convenio colectivo aplicable puede extender la duración de este permiso.
Seleccione "mudanza a un nuevo domicilio" si el trabajador desea disfrutar de una ausencia retribuida de un día en caso de traslado de su domicilio habitual.
Seleccione "cumplimiento de deberes públicos y personales" permite al trabajador disfrutar del tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal (o del tiempo indicado en la norma legal o convencional referida a este deber). Son deberes inexcusables de carácter público y personal, entre otros, la participación en una mesa electoral, el ejercicio del derecho al voto, acudir a un juicio y formar parte de un jurado. Si se recibe una indemnización económica por el cumplimiento de este deber, su importe se descontará del salario del trabajador.
Seleccione "realización de funciones sindicales o de representación de personal" permite a los trabajadores representantes de personal (miembros del comité de empresa, delegados de personal) o representantes sindicales disfrutar de un crédito de horas mensuales que depende del número de trabajadores (15 horas mensuales hasta 100 trabajadores, 20 de 101 a 250, 30 de 251 a 500, 35 de 501 a 750, y 40 de 751 en adelante). Estas horas pueden ser acumuladas en uno o varios representantes. Seleccione "asistencia de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto" permite a las trabajadoras embarazadas ausentarse del trabajo de forma remunerada por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto (incluyendo el desplazamiento y espera), siempre que estos deban realizarse durante la jornada laboral de la misma.
Seleccione "gestiones de adopción y acogimiento" si el trabajador desea adoptar o acoger a un menor por el tiempo indispensable para la asistencia a las sesiones obligatorias de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad para la adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, siempre que estos deban realizarse durante la jornada laboral de los mismos. Este permiso solo puede disfrutarse antes de la adopción o acogimiento.
Seleccione "lactancia del hijo/a recién nacido/a o adoptado/a" si el trabajador es padre o madre por naturaleza, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento de un menor de hasta 9 meses de edad. Este permiso puede consistir, a opción del trabajador, en una hora diaria de ausencia del trabajo o dos fracciones de media hora, una reducción de jornada en media hora o en su acumulación en jornadas completas, respetando lo establecido en la convención colectiva o en el acuerdo con el empresario.
En caso de partos, adopción, guarda con fines de adopción o acogimientos múltiples, su duración se incrementa proporcionalmente. Ambos progenitores tienen derecho a este permiso, incluso si ambos están trabajando y lo solicitan a la vez.
Seleccione "nacimiento de un(a) hijo/a prematuro/a o por su hospitalización después del parto" si el trabajador es madre o padre de hijos/as prematuros o que necesiten hospitalización después del parto. El trabajador puede ausentarse durante una hora al día o reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional de su salario. Seleccione "formación profesional para el empleo" si el trabajador cuenta, con al menos, un año de antigüedad en la empresa, y desea disfrutar de hasta 20 horas anuales retribuidas de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la empresa, que son acumulables por hasta cinco años. La concreción del modo de disfrute establecido se fija según lo dispuesto en el convenio colectivo aplicable o, en su defecto, por mutuo acuerdo entre el trabajador y el empresario.
Seleccione "situación de urgencia que afecta a un familiar hasta segundo grado o conviviente" si el trabajador desea solicitar hasta cuatro días para atender a familiares de hasta el segundo grado (padre, madre, hijo/a, hermanos/as, nietos/as y abuelos/as) o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Se trata de situaciones en las que se necesita cuidar o atender al familiar por una situación de urgencia que no se pudo prever.
Seleccione "cuidado de un hijo/a biológico o adoptado menor de 8 años" si el trabajador es progenitor (ya sea madre o padre de un hijo biológico o por adopción), o tutores de menores de ocho años, para atender a sus necesidades en cualquier momento. La solicitud de este permiso permite al trabajador suspender, de forma temporal, su contrato de trabajo con el fin de atender las necesidades de su hijo menor de ocho años, sin que sea necesario el cumplimiento de requisito adicional alguno.
Seleccione "maternidad o paternidad por nacimiento o adopción de hijo/a" si el trabajador es progenitor (ya sea madre o padre) de un hijo recién nacido, o adoptante de un menor de edad, y desea ausentarse de su puesto de trabajo durante un periodo máximo de dieciséis semanas.
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