Contrato de organización de eventos

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CONTRATO DE ORGANIZACIÓN DE EVENTOS

En ________, a ________


REUNIDOS


De una parte,

________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en calidad de ________, por tanto, actuando en virtud de escritura pública y/o autorización pertinente, en nombre y representación de ________, con domicilio en ________, CIF/NIF núm. ________ e inscrita en: ________, con los siguientes datos: ________.

En adelante, el "Organizador".


De otra parte,

________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en calidad de ________, por tanto, actuando en virtud de escritura pública y/o autorización pertinente, en nombre y representación de ________, con domicilio en ________, CIF/NIF núm. ________ e inscrita en: ________, con los siguientes datos: ________.

En adelante, el "Cliente".


El Organizador y el Cliente que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente, la "Parte" y conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse, y en especial, para el otorgamiento del presente CONTRATO DE ORGANIZACIÓN DE EVENTOS. En adelante, el "Contrato".


EXPONEN


I. Que el Organizador dispone de los conocimientos y medios necesarios para llevar a cabo la actividad de organización de eventos.

II. Que el Cliente desea llevar a cabo la organización de un evento, con una serie de características y funcionalidades determinadas que han sido comunicadas al Organizador, y que se detallarán en el estipulado de este Contrato.

III. Que, en virtud de lo anterior, el Organizador desea, libre y espontáneamente, comprometerse a preparar y ejecutar el evento de acuerdo con las instrucciones del Cliente, operación que las Partes desean formalizar a través del presente Contrato, que se regirá por las siguientes,


ESTIPULACIONES


PRIMERA. Objeto del Contrato

Mediante el presente Contrato, el Organizador se compromete a prestar un servicio de organización para la preparación de un evento con las siguientes características:

________

En adelante, el "Evento".

El Organizador prestará el servicio con total autonomía e independencia respecto del Cliente, en atención a su grado de especialización, y conforme a los usos y costumbres de su sector de actividad.

Por último, el desarrollo del Evento se ceñirá a lo establecido en las estipulaciones de este Contrato y a lo dispuesto en Código Civil español, así como a la restante legislación aplicable.


SEGUNDA. Características del Evento

Siguiendo las peticiones del Cliente, y atendiendo a la negociación previa llevada a cabo entre las Partes, el Organizador queda obligado a desarrollar un Evento con las siguientes características:

a) Número de asistentes

El Evento se organizará para un número indeterminado de asistentes, pudiendo las Partes acordar, posteriormente, el número exacto de asistentes.

Si el número final de asistentes es menor al indicado en el contrato o, al acordado posteriormente entre las Partes, el Cliente vendrá obligado a hacer el pago del precio correspondiente al número mínimo de asistentes inicialmente contratados.

b) Lugar de celebración

El Evento se llevará a cabo en las instalaciones del Organizador situadas en ________.

c) Fecha del Evento

El Evento se celebrará el ________.

El Organizador preparará el Evento atendiendo a lo establecido en esta Estipulación, así como a lo recogido en las restantes estipulaciones de este Contrato y en todos sus Anexos.

En relación con lo anterior, el Organizador confirma que dispone de todos los medios técnicos y profesionales, así como los proveedores y colaboradores adecuados, para planificar y preparar correctamente el Evento.

Por último, estas características del Evento se consideran esenciales, y por tanto, cualquier cambio en las mismas deberá ser acordado por mutuo acuerdo entre las Partes, pudiendo ser motivo de resolución anticipada de este Contrato su incumplimiento por parte del Organizador.


TERCERA. Precio y forma de pago

Las Partes acuerdan el pago de una cantidad ascendiente a ________ (________€) como remuneración del Evento, sin incluir los impuestos que se pudieran derivar de esta operación.

El Cliente satisfará el pago del precio el ________ mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta bancaria facilitada por el Organizador:

Entidad bancaria: ________

IBAN: ________

Por último, el Organizador emitirá una factura al Cliente cumpliendo con los requisitos legales necesarios y dentro de los plazos previstos en la legislación actual.


CUARTA. Intereses de demora

Siguiendo lo recogido en el artículo 1.101 del Código Civil, cualquier retraso en el pago de la remuneración establecida en el presente Contrato dará lugar a un incremento del precio equivalente a los intereses de demora generados por el retraso en el pago.

El tipo de interés de demora será igual al tipo de interés de referencia o de refinanciación semestral del Banco Central Europeo en vigor a 1 de enero para el primer semestre del año correspondiente, y a 1 de julio para el segundo semestre del año correspondiente.

Los intereses de demora serán exigibles automáticamente a partir de la fecha de pago fijada en la Estipulación anterior, sin necesidad alguna de aviso del vencimiento ni intimación alguna por parte del Organizador. El devengo de dichos intereses no afectará al ejercicio de cualquier acción que pueda corresponderle al Organizador derivada del incumplimiento del pago.


QUINTA. Plazo de ejecución o desarrollo del Evento

El Contrato entrará en vigor en la fecha señalada en el encabezado. A partir de este fecha, el Organizador ejecutará todas las tareas necesarias para garantizar la correcta organización del Evento.

En el caso de que el Organizador no ejecute las tareas necesarias para la correcta preparación del Evento, el Cliente podrá solicitar la correspondiente indemnización por daños y perjuicios. Esta penalidad será independiente de otras sanciones o penalidades que se puedan recoger en el presente Contrato.

Asimismo, el Cliente se compromete a colaborar y a aportar toda la información necesaria que le sea requerida por el Organizador para preparar el Evento de acuerdo con los plazos establecidos en esta Estipulación. En el caso de que el Cliente no facilite esta información o no preste su colaboración de forma adecuada, el Organizador podrá comunicar por escrito al Cliente su imposibilidad de cumplir con los plazos establecidos en esta Estipulación.


SEXTA. Procedimiento de revisión

El Cliente tiene derecho a realizar las revisiones o controles periódicos que estime oportunos a los efectos de comprobar la correcta preparación del Evento.

Tras cada revisión, el Cliente puede comunicar al Organizador la necesidad de realizar cualquier tipo de adaptación o rectificación. En este punto, las Partes podrán acordar un plazo concreto para la realización de las modificaciones que se estimen necesarias tras cada revisión.

La negativa del Organizador a permitir las correspondientes actividades de revisión se considerará como un incumplimiento del Contrato, con las correspondientes consecuencias que se deriven de ello.

Por último, el Organizador quedará obligado a comunicar inmediatamente al Cliente cualquier cambio o dificultad que pueda surgir durante la preparación o ejecución del Evento, a fin de poder analizar entre las Partes las posibles opciones para superar la situación de dificultad.


SÉPTIMA. 225828858822 528 582222

58 8882222 25252 828888255 58 85252825525 85 822525588822 52 8528828, 22582885882228 22 28 582222 5555222 85 25225558822 2 222858822.

58228 8528828 82 582555552 225 2885822 2 82552 552225528 225 28 85252825525, 5288225282 22 2252 8582 22228855 828 252828 285228 52 2225225 2 2528828, 5222582252 5 858 22582885882228 82888825558.


OCTAVA. 85282858822 5228882555 528 582222

58 85252825525 52822282, 52 22525 2525285, 28 5252852 528 8882222 5 828888255 28 852882 52 85 22855 52 82828558822 528 582222 882 528222858888555 582525 225 85 25522, 2 8288582, 5 85282855 28 582222 88 28 85252825525 22 55 822222552 85 25225558822, 2 88 855222 855858 52 252525 25225 2 225258258 852 8228522 85 82828558822. 52 855885825 2252 8582, 858 255228 82 82225222222 5 22228855 858 8228285228858 52 85 85282858822 5228882555 528 582222 52882252 22 2252 8582 28 8882222 585285 828 828228 22 828 852 25 5525 828555852 28 85252825525 2555 85 25225558822 528 582222.


NOVENA. Cesión del Contrato. Subcontratación

Las Partes no podrán ceder su posición en el presente Contrato, ni tampoco los derechos u obligaciones que de este mismo emanasen a su favor o a su cargo, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte.

En particular, esta Estipulación regirá de forma que el Organizador se compromete a comunicar al Cliente por escrito, y de forma previa a la celebración de un acuerdo de subcontratación, su intención de contratar a una parte subcontratista o colaboradora, la identidad de la misma, el tipo de servicios y trabajos a realizar por esta en referencia al Evento y las condiciones económicas y legales, de la relación de subcontatación. Todo ello en orden de facilitar que el Cliente pueda aprobar dicha subcontratación, sin que dicha autorización suponga la asunción de responsabilidad alguna por parte del Cliente o la aprobación del resultado de los servicios y trabajos que la parte subcontatista o colaboradora provea.

Igualmente, será responsabilidad del Organizador comprobar que la parte subcontratista está autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación, así como regular por escrito la relación contractual con la misma, incorporando o anexando los acuerdos establecidos en el presente Contrato. Además, el Organizador se obliga a entregar al Cliente una copia de dicho contrato en los 5 (cinco) días siguientes a su firma.

La parte subcontratista actuará en todo momento bajo la dirección y control del Organizador, quien se obliga y responsabiliza de hacer cumplir todas las obligaciones asumidas en el presente Contrato.

El Organizador responderá solidariamente de las obligaciones que asuma la parte subcontratista, incluso cuando el Cliente hubiera autorizado dicha subcontratación, incluyendo los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dicha parte subcontratista. Del mismo modo, cualquier acto, error o negligencia en el cumplimiento de las obligaciones laborales o de la Seguridad Social de la parte subcontratista, de sus representantes, o trabajadores, no serán, en ningún caso, responsabilidad del Cliente.

El incumplimiento de esta Estipulación por el Organizador será motivo suficiente para resolver el presente Contrato.


DÉCIMA. Cesión de propiedad intelectual e industrial

El Cliente se compromete a permitir el uso de los derechos de propiedad intelectual y/o industrial necesarios con la finalidad única de garantizar la correcta preparación y desarrollo del Evento.

Las Partes acuerdan, de forma expresa, que no se podrá hacer uso alguno de la propiedad intelectual y/o industrial del Cliente fuera de la finalidad establecida en la presente Estipulación. En el caso de que se desee realizar un uso distinto al establecido en la presente Estipulación necesitará la autorización expresa por escrito del Cliente.


DECIMOPRIMERA. Inexistencia de relación laboral

Las Partes declaran de forma expresa que, a todos los efectos legales, el Organizador desempeña su actividad de forma totalmente independiente, siguiendo su propia organización y con sus medios personales y técnicos.

De esta forma, las Partes reconocen la inexistencia de relación laboral alguna entre ellas según lo establecido en el artículo 1 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En virtud de lo anterior, no será de aplicación la normativa laboral ni cabrá la posibilidad por ninguna de las Partes de establecer reclamación alguna en esta materia.


DECIMOSEGUNDA. Cumplimiento de la normativa aplicable

El Organizador se compromete a preparar el Evento cumpliendo de forma diligente con toda la normativa aplicable, sobre todo respetando todas las normas higiénico-sanitarias y de seguridad aplicables y, en particular, con todas las obligaciones laborales, de la Seguridad Social, fiscales y de protección de datos que le sean aplicables en relación con la preparación del Evento.


DECIMOTERCERA. Gastos

El Organizador se hará cargo de todos los gastos derivados en relación con la preparación del Evento. Deberá hacerse cargo del pago de los medios e instrumentos necesarios para poder ejecutar el Contrato correctamente, así como de todos los impuestos o tasas que se devenguen en relación con la preparación del Evento, quedando el Cliente completamente indemne del pago de todos estos gastos.


DECIMOCUARTA. Elevación a público del Contrato

Cualquiera de las Partes podrá solicitar, mediante requerimiento fehaciente, la elevación a público del presente Contrato.

En ese caso, las Partes elegirán por mutuo acuerdo el Notario o Notaria Público ante el cual se otorgará la escritura pública y la parte solicitante se hará cargo de los correspondientes gastos notariales.


DECIMOQUINTA. Obligación de contratación de seguro

El Organizador se compromete a la firma de una póliza de seguro de responsabilidad civil frente a posibles reclamaciones de daños que se puedan realizar por parte de terceros, o por parte del propio Cliente, por desperfectos ocurridos durante el desarrollo de su actividad.

El Organizador deberá comunicar al Cliente cualquier cambio en esta póliza de seguro o en su caso, su reemplazo por otra póliza distinta.


DECIMOSEXTA. Fuerza mayor

El retraso en el cumplimiento de cualquier obligación de las Partes no será considerado como una omisión o un incumplimiento del Contrato en el caso de que tenga su origen en causas imprevisibles o inevitables (en adelante, "Fuerza Mayor"), siempre que se haya informado debidamente a la otra Parte sobre esta situación.

Se entenderá como Fuerza Mayor, entre otras: inundación, incendio, explosión, avería en la planta de producción, cierre patronal, huelga, disturbio civil, bloqueo, embargo, mandato, ley, orden, regulación, ordenanza, demanda o petición del gobierno, o cualquier otra causa que se encuentre fuera de control de la Parte involucrada, sin que pueda entenderse que la falta de fondos constituye una causa de Fuerza Mayor.

La Parte afectada por la Fuerza Mayor hará todo lo posible por eliminar su causa. La exigibilidad de la obligación cuyo cumplimiento se haya visto afectado por la situación de Fuerza Mayor se suspenderá hasta diez (10) días después de que la situación de Fuerza Mayor deje de impedir o retrasar el cumplimiento. Si la causa de Fuerza Mayor no desaparece tras treinta (30) días, o un plazo inferior que justifique la resolución por la imposibilidad de ejecutar la obligación, las Partes podrán acordar la modificación del Contrato o su resolución.


DECIMOSÉPTIMA. Obligación de secreto y confidencialidad

Las Partes reconocen que toda la información a la que puedan tener acceso en el marco del Contrato, ya sea relacionada con el Evento objeto de desarrollo o relacionada con la actividad u organización de alguna de las Partes (en adelante, la "Información"), tiene carácter confidencial. De esta forma, las Partes acuerdan no divulgarla y mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha Información, advirtiendo, en su caso, de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por su cargo o relación personal o sentimental deba o pueda tener acceso a la misma.

De forma específica:

a) Ninguna de las Partes podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la Información sin previa autorización escrita y expresa de la otra Parte.

b) Las Partes se comprometen a poner los medios necesarios para que la Información no sea divulgada ni cedida. Adoptarán las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto a la información confidencial de su propiedad, evitando su pérdida, robo o sustracción.

c) El receptor de la Información se compromete, en su caso, a advertir sobre la existencia del deber de confidencialidad a sus empleados, asociados, y a toda persona a la cual se le facilite la Información, haciéndose responsable del uso indebido que estos puedan hacer de la Información relacionada con el Contrato.

d) La Parte que recibe la Información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la Información.

e) Ambas Partes se comprometen a que la utilización de la Información solo estará dirigida a alcanzar los objetivos del Contrato y no otros, y que, así, solo estará en conocimiento de aquellas personas estrictamente necesarias para cumplir con aquellos.

Las disposiciones relativas a la confidencialidad previstas en este Contrato se aplicarán durante la vigencia del mismo y, prevalecerán de forma indefinida tras su terminación.


DECIMOCTAVA. Inexistencia de renuncia

La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Contrato, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Contrato; y, (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Contrato.

La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Contrato, o a una parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, pudiendo quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportuno, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, su exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.


DECIMONOVENA. Terminación anticipada del Contrato

Las Partes podrán acordar por mutuo acuerdo la terminación anticipada de este Contrato con los efectos que ellas determinen. En todo caso, la terminación del Contrato se deberá formular por escrito.

Por otro lado, el Contrato finalizará en el transcurso del periodo de duración inicial, o de cualquiera de sus prórrogas, siempre que cualquiera de las Partes denuncie su prórroga de acuerdo con lo establecido en la Estipulación de Duración del Contrato.

Igualmente, podrá ser resuelto en cualquier momento por cada una de las Partes, a su elección, sin necesidad de intervención judicial, y sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra la otra Parte por su incumplimiento contractual, siempre que existan "causas justificadas", tal y como se expone a continuación:

a) El incumplimiento total o parcial por la otra Parte de alguna de las condiciones u obligaciones esenciales de este Contrato que no sea corregido en el plazo de diez (10) días a partir de la notificación escrita y fehaciente para que así lo haga.

b) En los casos de insolvencia definitiva o provisional, la suspensión de pagos, la quiebra, el concurso de acreedores, y/o el acuerdo de liquidación de cualquiera de las Partes.

c) Las demás establecidas en el articulado del presente Contrato o las que se recojan en la ley, y en concreto, en el Código Civil y el Código de Comercio.

Ante la terminación anticipada del Contrato por cualquier causa, el Organizador cesará en su preparación y el Cliente en la preparación del Evento que hayan recibido, debiendo cumplirse, en todo caso, lo dispuesto en la Estipulación "Obligación de secreto y confidencialidad" sobre la obligación de confidencialidad", las "Obligaciones de no competencia" y las restantes obligaciones aplicables.


VIGÉSIMA. Incumplimiento del Contrato

El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones recogidas en el presente Contrato facultará a la otra Parte para, o bien exigir su cumplimiento más el correspondiente pago de intereses derivados del retraso en el cumplimiento, o bien resolver el Contrato en el caso de que no se rectifique o subsane el incumplimiento por parte de la Parte incumplidora en el plazo de diez (10) días naturales desde la fecha en la que se verifique el incumplimiento, con la consiguiente indemnización de daños y perjuicios más el pago de intereses por el retraso en el cumplimiento siguiendo lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.

Nadie podrá eximirse del cumplimiento de las obligaciones del presente Contrato mediante el pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios, pudiendo exigirse el cumplimiento de las obligaciones o prestaciones debidas junto a la satisfacción de la correspondiente indemnización.


VIGESIMOPRIMERA. Exigibilidad

La falta por cualquier Parte de la exigencia del cumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Contrato no afectará al derecho de dicha Parte a hacer valer la misma. La renuncia por cualquier Parte de una estipulación de este Contrato no podrá interpretarse ni como una renuncia a denunciar cualquier incumplimiento posterior de dicha estipulación, ni como una renuncia de la misma.


VIGESIMOSEGUNDA. Integridad del Contrato

Las Partes reconocen que todos los documentos Anexos y/o adjuntados al presente Contrato forman parte integrante del mismo a todos los efectos, y por tanto, son totalmente vinculantes para las Partes.


VIGESIMOTERCERA. Protección de datos

Las Partes de este Contrato conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.

De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Contrato consienten que sus datos personales recogidos en el presente Contrato, así como aquellos que se pudiesen recoger en el futuro para poder dar cumplimiento o una correcta ejecución de este mismo, podrían ser incorporados por la otra Parte a su propio fichero automatizado o no de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.

De esta Estipulación no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.


VIGESIMOCUARTA. 2888285225

a) 8852552 Único

58 25282222 82225522 858282522 2 522228525 5 22528 828 528252228 822255228 2 258228, 28858228 2 82585828, 8228858528 22252 858 255228 52 22525 252885 5 85 85885828822 528 82225522 22 52858822 822 28 28822 282222, 828 855828 52252 52 22225 85 88222885 2 22282888555 52852 85 22855 52822855 22 28 2285822552 528 25282222 82225522.

b) Modificaciones

85528255 52 8588522 2 22885885 855885825 225828858822 528 82225522 852 22 82 528225 225 2885822 2 852 22 825 22525882555 225 858 255228 22 22525 85222885 5 85 528 25282222 82225522.

c) 8588555 parcial

25 2288882 52885558822, 25 825 225 52 252522 25588858 2 55282882552882, 52 85 8822588555, 828588522, 2588555 2 82258288888555 52 858 52258 28282585882228 528 25282222 82225522 2 52 25522 52 858 288258, 22 585552555 85 8822588555, 828588522 2 82258288888555 52 858 52258 28282585882228 28 52 858 528252228 255228 52 858 288258, 858 855828 225252282552 8588558 22 2252 5852882 852 2528255, 2252 2882 8822252 852 858 28282585882228 2 25522 52 858 288258 5288555558 88225828, 25858, 828588558 2 82258288828 22 8252 2822885828.

258 28282585882228 2 255228 52 858 288258 5288555558 88225828, 25858, 828588558 2 22 258288828 82 282825552 2882825558 528 82225522 2 22 5288858828 22 285 8858528252885, 82252 828 85828, 2 858 255228 2222885552 52 85225 22 85 85828258822 2555 5528555858 5 85 282588555 2522225855 822 858 288258.


VIGESIMOQUINTA. Notificaciones

Para realizar cualquier notificación entre las Partes que tenga como origen el presente Contrato, estas acuerdan que su domicilio a efectos de las mismas sean las direcciones indicadas al principio de este Contrato. Para que una notificación entre las Partes sea efectuada de forma válida, deberá realizarse por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra Parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio a efectos de notificaciones, se deberá comunicar esta nueva información, lo más pronto posible, a la otra Parte siguiendo el procedimiento aquí establecido.


VIGESIMOSEXTA. Acciones legales, legislación aplicable y jurisdicción

Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Contrato así como sus correspondientes anexos, si los hubiere, y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.

Todo litigio relativo, especialmente, pero no solo, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Contrato y, en general, a la relación establecida entre las Partes, será sometido a la legislación española.

Así, en caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación al mismo, las Partes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.

Las Partes se someten para la resolución de cualesquiera disputas o reclamaciones derivadas de la interpretación o ejecución del Contrato, incluyendo todas aquellas obligaciones no contractuales derivadas o relativas al Contrato, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.


EN VIRTUD DE LO CUAL, las Partes reconocen haber leído en su totalidad el Contrato, manifiestan comprenderlo, y aceptan obligarse por sus términos y condiciones, constituyendo el completo y el total acuerdo de las Partes. Y, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Contrato en todas sus hojas, y en tantas copias originales como Partes participen en el Contrato, constituyendo todas esas copias un único acuerdo, en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.

EL ORGANIZADOR





...........................................
________, en nombre y representación de ________


EL CLIENTE





...........................................
________, en nombre y representación de ________

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CONTRATO DE ORGANIZACIÓN DE EVENTOS

En ________, a ________


REUNIDOS


De una parte,

________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en calidad de ________, por tanto, actuando en virtud de escritura pública y/o autorización pertinente, en nombre y representación de ________, con domicilio en ________, CIF/NIF núm. ________ e inscrita en: ________, con los siguientes datos: ________.

En adelante, el "Organizador".


De otra parte,

________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en calidad de ________, por tanto, actuando en virtud de escritura pública y/o autorización pertinente, en nombre y representación de ________, con domicilio en ________, CIF/NIF núm. ________ e inscrita en: ________, con los siguientes datos: ________.

En adelante, el "Cliente".


El Organizador y el Cliente que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente, la "Parte" y conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse, y en especial, para el otorgamiento del presente CONTRATO DE ORGANIZACIÓN DE EVENTOS. En adelante, el "Contrato".


EXPONEN


I. Que el Organizador dispone de los conocimientos y medios necesarios para llevar a cabo la actividad de organización de eventos.

II. Que el Cliente desea llevar a cabo la organización de un evento, con una serie de características y funcionalidades determinadas que han sido comunicadas al Organizador, y que se detallarán en el estipulado de este Contrato.

III. Que, en virtud de lo anterior, el Organizador desea, libre y espontáneamente, comprometerse a preparar y ejecutar el evento de acuerdo con las instrucciones del Cliente, operación que las Partes desean formalizar a través del presente Contrato, que se regirá por las siguientes,


ESTIPULACIONES


PRIMERA. Objeto del Contrato

Mediante el presente Contrato, el Organizador se compromete a prestar un servicio de organización para la preparación de un evento con las siguientes características:

________

En adelante, el "Evento".

El Organizador prestará el servicio con total autonomía e independencia respecto del Cliente, en atención a su grado de especialización, y conforme a los usos y costumbres de su sector de actividad.

Por último, el desarrollo del Evento se ceñirá a lo establecido en las estipulaciones de este Contrato y a lo dispuesto en Código Civil español, así como a la restante legislación aplicable.


SEGUNDA. Características del Evento

Siguiendo las peticiones del Cliente, y atendiendo a la negociación previa llevada a cabo entre las Partes, el Organizador queda obligado a desarrollar un Evento con las siguientes características:

a) Número de asistentes

El Evento se organizará para un número indeterminado de asistentes, pudiendo las Partes acordar, posteriormente, el número exacto de asistentes.

Si el número final de asistentes es menor al indicado en el contrato o, al acordado posteriormente entre las Partes, el Cliente vendrá obligado a hacer el pago del precio correspondiente al número mínimo de asistentes inicialmente contratados.

b) Lugar de celebración

El Evento se llevará a cabo en las instalaciones del Organizador situadas en ________.

c) Fecha del Evento

El Evento se celebrará el ________.

El Organizador preparará el Evento atendiendo a lo establecido en esta Estipulación, así como a lo recogido en las restantes estipulaciones de este Contrato y en todos sus Anexos.

En relación con lo anterior, el Organizador confirma que dispone de todos los medios técnicos y profesionales, así como los proveedores y colaboradores adecuados, para planificar y preparar correctamente el Evento.

Por último, estas características del Evento se consideran esenciales, y por tanto, cualquier cambio en las mismas deberá ser acordado por mutuo acuerdo entre las Partes, pudiendo ser motivo de resolución anticipada de este Contrato su incumplimiento por parte del Organizador.


TERCERA. Precio y forma de pago

Las Partes acuerdan el pago de una cantidad ascendiente a ________ (________€) como remuneración del Evento, sin incluir los impuestos que se pudieran derivar de esta operación.

El Cliente satisfará el pago del precio el ________ mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta bancaria facilitada por el Organizador:

Entidad bancaria: ________

IBAN: ________

Por último, el Organizador emitirá una factura al Cliente cumpliendo con los requisitos legales necesarios y dentro de los plazos previstos en la legislación actual.


CUARTA. Intereses de demora

Siguiendo lo recogido en el artículo 1.101 del Código Civil, cualquier retraso en el pago de la remuneración establecida en el presente Contrato dará lugar a un incremento del precio equivalente a los intereses de demora generados por el retraso en el pago.

El tipo de interés de demora será igual al tipo de interés de referencia o de refinanciación semestral del Banco Central Europeo en vigor a 1 de enero para el primer semestre del año correspondiente, y a 1 de julio para el segundo semestre del año correspondiente.

Los intereses de demora serán exigibles automáticamente a partir de la fecha de pago fijada en la Estipulación anterior, sin necesidad alguna de aviso del vencimiento ni intimación alguna por parte del Organizador. El devengo de dichos intereses no afectará al ejercicio de cualquier acción que pueda corresponderle al Organizador derivada del incumplimiento del pago.


QUINTA. Plazo de ejecución o desarrollo del Evento

El Contrato entrará en vigor en la fecha señalada en el encabezado. A partir de este fecha, el Organizador ejecutará todas las tareas necesarias para garantizar la correcta organización del Evento.

En el caso de que el Organizador no ejecute las tareas necesarias para la correcta preparación del Evento, el Cliente podrá solicitar la correspondiente indemnización por daños y perjuicios. Esta penalidad será independiente de otras sanciones o penalidades que se puedan recoger en el presente Contrato.

Asimismo, el Cliente se compromete a colaborar y a aportar toda la información necesaria que le sea requerida por el Organizador para preparar el Evento de acuerdo con los plazos establecidos en esta Estipulación. En el caso de que el Cliente no facilite esta información o no preste su colaboración de forma adecuada, el Organizador podrá comunicar por escrito al Cliente su imposibilidad de cumplir con los plazos establecidos en esta Estipulación.


SEXTA. Procedimiento de revisión

El Cliente tiene derecho a realizar las revisiones o controles periódicos que estime oportunos a los efectos de comprobar la correcta preparación del Evento.

Tras cada revisión, el Cliente puede comunicar al Organizador la necesidad de realizar cualquier tipo de adaptación o rectificación. En este punto, las Partes podrán acordar un plazo concreto para la realización de las modificaciones que se estimen necesarias tras cada revisión.

La negativa del Organizador a permitir las correspondientes actividades de revisión se considerará como un incumplimiento del Contrato, con las correspondientes consecuencias que se deriven de ello.

Por último, el Organizador quedará obligado a comunicar inmediatamente al Cliente cualquier cambio o dificultad que pueda surgir durante la preparación o ejecución del Evento, a fin de poder analizar entre las Partes las posibles opciones para superar la situación de dificultad.


SÉPTIMA. 225828858822 528 582222

58 8882222 25252 828888255 58 85252825525 85 822525588822 52 8528828, 22582885882228 22 28 582222 5555222 85 25225558822 2 222858822.

58228 8528828 82 582555552 225 2885822 2 82552 552225528 225 28 85252825525, 5288225282 22 2252 8582 22228855 828 252828 285228 52 2225225 2 2528828, 5222582252 5 858 22582885882228 82888825558.


OCTAVA. 85282858822 5228882555 528 582222

58 85252825525 52822282, 52 22525 2525285, 28 5252852 528 8882222 5 828888255 28 852882 52 85 22855 52 82828558822 528 582222 882 528222858888555 582525 225 85 25522, 2 8288582, 5 85282855 28 582222 88 28 85252825525 22 55 822222552 85 25225558822, 2 88 855222 855858 52 252525 25225 2 225258258 852 8228522 85 82828558822. 52 855885825 2252 8582, 858 255228 82 82225222222 5 22228855 858 8228285228858 52 85 85282858822 5228882555 528 582222 52882252 22 2252 8582 28 8882222 585285 828 828228 22 828 852 25 5525 828555852 28 85252825525 2555 85 25225558822 528 582222.


NOVENA. Cesión del Contrato. Subcontratación

Las Partes no podrán ceder su posición en el presente Contrato, ni tampoco los derechos u obligaciones que de este mismo emanasen a su favor o a su cargo, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte.

En particular, esta Estipulación regirá de forma que el Organizador se compromete a comunicar al Cliente por escrito, y de forma previa a la celebración de un acuerdo de subcontratación, su intención de contratar a una parte subcontratista o colaboradora, la identidad de la misma, el tipo de servicios y trabajos a realizar por esta en referencia al Evento y las condiciones económicas y legales, de la relación de subcontatación. Todo ello en orden de facilitar que el Cliente pueda aprobar dicha subcontratación, sin que dicha autorización suponga la asunción de responsabilidad alguna por parte del Cliente o la aprobación del resultado de los servicios y trabajos que la parte subcontatista o colaboradora provea.

Igualmente, será responsabilidad del Organizador comprobar que la parte subcontratista está autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación, así como regular por escrito la relación contractual con la misma, incorporando o anexando los acuerdos establecidos en el presente Contrato. Además, el Organizador se obliga a entregar al Cliente una copia de dicho contrato en los 5 (cinco) días siguientes a su firma.

La parte subcontratista actuará en todo momento bajo la dirección y control del Organizador, quien se obliga y responsabiliza de hacer cumplir todas las obligaciones asumidas en el presente Contrato.

El Organizador responderá solidariamente de las obligaciones que asuma la parte subcontratista, incluso cuando el Cliente hubiera autorizado dicha subcontratación, incluyendo los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dicha parte subcontratista. Del mismo modo, cualquier acto, error o negligencia en el cumplimiento de las obligaciones laborales o de la Seguridad Social de la parte subcontratista, de sus representantes, o trabajadores, no serán, en ningún caso, responsabilidad del Cliente.

El incumplimiento de esta Estipulación por el Organizador será motivo suficiente para resolver el presente Contrato.


DÉCIMA. Cesión de propiedad intelectual e industrial

El Cliente se compromete a permitir el uso de los derechos de propiedad intelectual y/o industrial necesarios con la finalidad única de garantizar la correcta preparación y desarrollo del Evento.

Las Partes acuerdan, de forma expresa, que no se podrá hacer uso alguno de la propiedad intelectual y/o industrial del Cliente fuera de la finalidad establecida en la presente Estipulación. En el caso de que se desee realizar un uso distinto al establecido en la presente Estipulación necesitará la autorización expresa por escrito del Cliente.


DECIMOPRIMERA. Inexistencia de relación laboral

Las Partes declaran de forma expresa que, a todos los efectos legales, el Organizador desempeña su actividad de forma totalmente independiente, siguiendo su propia organización y con sus medios personales y técnicos.

De esta forma, las Partes reconocen la inexistencia de relación laboral alguna entre ellas según lo establecido en el artículo 1 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En virtud de lo anterior, no será de aplicación la normativa laboral ni cabrá la posibilidad por ninguna de las Partes de establecer reclamación alguna en esta materia.


DECIMOSEGUNDA. Cumplimiento de la normativa aplicable

El Organizador se compromete a preparar el Evento cumpliendo de forma diligente con toda la normativa aplicable, sobre todo respetando todas las normas higiénico-sanitarias y de seguridad aplicables y, en particular, con todas las obligaciones laborales, de la Seguridad Social, fiscales y de protección de datos que le sean aplicables en relación con la preparación del Evento.


DECIMOTERCERA. Gastos

El Organizador se hará cargo de todos los gastos derivados en relación con la preparación del Evento. Deberá hacerse cargo del pago de los medios e instrumentos necesarios para poder ejecutar el Contrato correctamente, así como de todos los impuestos o tasas que se devenguen en relación con la preparación del Evento, quedando el Cliente completamente indemne del pago de todos estos gastos.


DECIMOCUARTA. Elevación a público del Contrato

Cualquiera de las Partes podrá solicitar, mediante requerimiento fehaciente, la elevación a público del presente Contrato.

En ese caso, las Partes elegirán por mutuo acuerdo el Notario o Notaria Público ante el cual se otorgará la escritura pública y la parte solicitante se hará cargo de los correspondientes gastos notariales.


DECIMOQUINTA. Obligación de contratación de seguro

El Organizador se compromete a la firma de una póliza de seguro de responsabilidad civil frente a posibles reclamaciones de daños que se puedan realizar por parte de terceros, o por parte del propio Cliente, por desperfectos ocurridos durante el desarrollo de su actividad.

El Organizador deberá comunicar al Cliente cualquier cambio en esta póliza de seguro o en su caso, su reemplazo por otra póliza distinta.


DECIMOSEXTA. Fuerza mayor

El retraso en el cumplimiento de cualquier obligación de las Partes no será considerado como una omisión o un incumplimiento del Contrato en el caso de que tenga su origen en causas imprevisibles o inevitables (en adelante, "Fuerza Mayor"), siempre que se haya informado debidamente a la otra Parte sobre esta situación.

Se entenderá como Fuerza Mayor, entre otras: inundación, incendio, explosión, avería en la planta de producción, cierre patronal, huelga, disturbio civil, bloqueo, embargo, mandato, ley, orden, regulación, ordenanza, demanda o petición del gobierno, o cualquier otra causa que se encuentre fuera de control de la Parte involucrada, sin que pueda entenderse que la falta de fondos constituye una causa de Fuerza Mayor.

La Parte afectada por la Fuerza Mayor hará todo lo posible por eliminar su causa. La exigibilidad de la obligación cuyo cumplimiento se haya visto afectado por la situación de Fuerza Mayor se suspenderá hasta diez (10) días después de que la situación de Fuerza Mayor deje de impedir o retrasar el cumplimiento. Si la causa de Fuerza Mayor no desaparece tras treinta (30) días, o un plazo inferior que justifique la resolución por la imposibilidad de ejecutar la obligación, las Partes podrán acordar la modificación del Contrato o su resolución.


DECIMOSÉPTIMA. Obligación de secreto y confidencialidad

Las Partes reconocen que toda la información a la que puedan tener acceso en el marco del Contrato, ya sea relacionada con el Evento objeto de desarrollo o relacionada con la actividad u organización de alguna de las Partes (en adelante, la "Información"), tiene carácter confidencial. De esta forma, las Partes acuerdan no divulgarla y mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha Información, advirtiendo, en su caso, de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por su cargo o relación personal o sentimental deba o pueda tener acceso a la misma.

De forma específica:

a) Ninguna de las Partes podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la Información sin previa autorización escrita y expresa de la otra Parte.

b) Las Partes se comprometen a poner los medios necesarios para que la Información no sea divulgada ni cedida. Adoptarán las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto a la información confidencial de su propiedad, evitando su pérdida, robo o sustracción.

c) El receptor de la Información se compromete, en su caso, a advertir sobre la existencia del deber de confidencialidad a sus empleados, asociados, y a toda persona a la cual se le facilite la Información, haciéndose responsable del uso indebido que estos puedan hacer de la Información relacionada con el Contrato.

d) La Parte que recibe la Información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la Información.

e) Ambas Partes se comprometen a que la utilización de la Información solo estará dirigida a alcanzar los objetivos del Contrato y no otros, y que, así, solo estará en conocimiento de aquellas personas estrictamente necesarias para cumplir con aquellos.

Las disposiciones relativas a la confidencialidad previstas en este Contrato se aplicarán durante la vigencia del mismo y, prevalecerán de forma indefinida tras su terminación.


DECIMOCTAVA. Inexistencia de renuncia

La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Contrato, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Contrato; y, (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Contrato.

La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Contrato, o a una parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, pudiendo quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportuno, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, su exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.


DECIMONOVENA. Terminación anticipada del Contrato

Las Partes podrán acordar por mutuo acuerdo la terminación anticipada de este Contrato con los efectos que ellas determinen. En todo caso, la terminación del Contrato se deberá formular por escrito.

Por otro lado, el Contrato finalizará en el transcurso del periodo de duración inicial, o de cualquiera de sus prórrogas, siempre que cualquiera de las Partes denuncie su prórroga de acuerdo con lo establecido en la Estipulación de Duración del Contrato.

Igualmente, podrá ser resuelto en cualquier momento por cada una de las Partes, a su elección, sin necesidad de intervención judicial, y sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra la otra Parte por su incumplimiento contractual, siempre que existan "causas justificadas", tal y como se expone a continuación:

a) El incumplimiento total o parcial por la otra Parte de alguna de las condiciones u obligaciones esenciales de este Contrato que no sea corregido en el plazo de diez (10) días a partir de la notificación escrita y fehaciente para que así lo haga.

b) En los casos de insolvencia definitiva o provisional, la suspensión de pagos, la quiebra, el concurso de acreedores, y/o el acuerdo de liquidación de cualquiera de las Partes.

c) Las demás establecidas en el articulado del presente Contrato o las que se recojan en la ley, y en concreto, en el Código Civil y el Código de Comercio.

Ante la terminación anticipada del Contrato por cualquier causa, el Organizador cesará en su preparación y el Cliente en la preparación del Evento que hayan recibido, debiendo cumplirse, en todo caso, lo dispuesto en la Estipulación "Obligación de secreto y confidencialidad" sobre la obligación de confidencialidad", las "Obligaciones de no competencia" y las restantes obligaciones aplicables.


VIGÉSIMA. Incumplimiento del Contrato

El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones recogidas en el presente Contrato facultará a la otra Parte para, o bien exigir su cumplimiento más el correspondiente pago de intereses derivados del retraso en el cumplimiento, o bien resolver el Contrato en el caso de que no se rectifique o subsane el incumplimiento por parte de la Parte incumplidora en el plazo de diez (10) días naturales desde la fecha en la que se verifique el incumplimiento, con la consiguiente indemnización de daños y perjuicios más el pago de intereses por el retraso en el cumplimiento siguiendo lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.

Nadie podrá eximirse del cumplimiento de las obligaciones del presente Contrato mediante el pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios, pudiendo exigirse el cumplimiento de las obligaciones o prestaciones debidas junto a la satisfacción de la correspondiente indemnización.


VIGESIMOPRIMERA. Exigibilidad

La falta por cualquier Parte de la exigencia del cumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Contrato no afectará al derecho de dicha Parte a hacer valer la misma. La renuncia por cualquier Parte de una estipulación de este Contrato no podrá interpretarse ni como una renuncia a denunciar cualquier incumplimiento posterior de dicha estipulación, ni como una renuncia de la misma.


VIGESIMOSEGUNDA. Integridad del Contrato

Las Partes reconocen que todos los documentos Anexos y/o adjuntados al presente Contrato forman parte integrante del mismo a todos los efectos, y por tanto, son totalmente vinculantes para las Partes.


VIGESIMOTERCERA. Protección de datos

Las Partes de este Contrato conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.

De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Contrato consienten que sus datos personales recogidos en el presente Contrato, así como aquellos que se pudiesen recoger en el futuro para poder dar cumplimiento o una correcta ejecución de este mismo, podrían ser incorporados por la otra Parte a su propio fichero automatizado o no de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.

De esta Estipulación no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.


VIGESIMOCUARTA. 2888285225

a) 8852552 Único

58 25282222 82225522 858282522 2 522228525 5 22528 828 528252228 822255228 2 258228, 28858228 2 82585828, 8228858528 22252 858 255228 52 22525 252885 5 85 85885828822 528 82225522 22 52858822 822 28 28822 282222, 828 855828 52252 52 22225 85 88222885 2 22282888555 52852 85 22855 52822855 22 28 2285822552 528 25282222 82225522.

b) Modificaciones

85528255 52 8588522 2 22885885 855885825 225828858822 528 82225522 852 22 82 528225 225 2885822 2 852 22 825 22525882555 225 858 255228 22 22525 85222885 5 85 528 25282222 82225522.

c) 8588555 parcial

25 2288882 52885558822, 25 825 225 52 252522 25588858 2 55282882552882, 52 85 8822588555, 828588522, 2588555 2 82258288888555 52 858 52258 28282585882228 528 25282222 82225522 2 52 25522 52 858 288258, 22 585552555 85 8822588555, 828588522 2 82258288888555 52 858 52258 28282585882228 28 52 858 528252228 255228 52 858 288258, 858 855828 225252282552 8588558 22 2252 5852882 852 2528255, 2252 2882 8822252 852 858 28282585882228 2 25522 52 858 288258 5288555558 88225828, 25858, 828588558 2 82258288828 22 8252 2822885828.

258 28282585882228 2 255228 52 858 288258 5288555558 88225828, 25858, 828588558 2 22 258288828 82 282825552 2882825558 528 82225522 2 22 5288858828 22 285 8858528252885, 82252 828 85828, 2 858 255228 2222885552 52 85225 22 85 85828258822 2555 5528555858 5 85 282588555 2522225855 822 858 288258.


VIGESIMOQUINTA. Notificaciones

Para realizar cualquier notificación entre las Partes que tenga como origen el presente Contrato, estas acuerdan que su domicilio a efectos de las mismas sean las direcciones indicadas al principio de este Contrato. Para que una notificación entre las Partes sea efectuada de forma válida, deberá realizarse por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra Parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio a efectos de notificaciones, se deberá comunicar esta nueva información, lo más pronto posible, a la otra Parte siguiendo el procedimiento aquí establecido.


VIGESIMOSEXTA. Acciones legales, legislación aplicable y jurisdicción

Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Contrato así como sus correspondientes anexos, si los hubiere, y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.

Todo litigio relativo, especialmente, pero no solo, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Contrato y, en general, a la relación establecida entre las Partes, será sometido a la legislación española.

Así, en caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación al mismo, las Partes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.

Las Partes se someten para la resolución de cualesquiera disputas o reclamaciones derivadas de la interpretación o ejecución del Contrato, incluyendo todas aquellas obligaciones no contractuales derivadas o relativas al Contrato, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.


EN VIRTUD DE LO CUAL, las Partes reconocen haber leído en su totalidad el Contrato, manifiestan comprenderlo, y aceptan obligarse por sus términos y condiciones, constituyendo el completo y el total acuerdo de las Partes. Y, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Contrato en todas sus hojas, y en tantas copias originales como Partes participen en el Contrato, constituyendo todas esas copias un único acuerdo, en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.

EL ORGANIZADOR





...........................................
________, en nombre y representación de ________


EL CLIENTE





...........................................
________, en nombre y representación de ________