CONTRATO DE SERVICIOS DE HOUSING
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte,
________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en su propio nombre y representación.
En adelante, el "Proveedor".
De otra parte,
________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en su propio nombre y representación.
En adelante, el "Cliente".
El Proveedor y el Cliente que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente, la "Parte" y conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse, y en especial, para el otorgamiento del presente CONTRATO DE SERVICIOS DE HOUSING (en adelante, el "Contrato")
EXPONEN
I. Que el Proveedor está especializado en la prestación se servicios de housing o alojamiento de hardware o componentes electrónicos;
II. Que el proveedor dispone de los conocimientos, experiencia y los medios materiales, técnicos y, en su caso, personales, necesarios para prestar servicios relacionados con el housing y alojamiento de hardware o componentes electrónicos;
III. Que el Cliente se dedica a la siguiente actividad:
________;
IV. Que el Cliente desea contar con los servicios de housing o alojamiento de hardware del Proveedor con el siguiente fin:
________;
V. Que, a los efectos de llegar a un acuerdo, las Partes han negociado y aceptado un presupuesto, así como una propuesta de objetivos y de contenido del servicio de alojamiento deseado;
VI. Que, en virtud de lo anterior, el Proveedor desea, libre y espontáneamente, comprometerse a la prestación del servicio de housing solicitado por el Cliente, circunstancia que las Partes desean formalizar a través del presente Contrato, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA. Objeto del Contrato
El objeto del presente Contrato consiste en la prestación de servicios de alojamiento o housing de componentes informáticos o hardware de acuerdo con las condiciones recogidas en el presente Contrato.
En adelante, el "Alojamiento".
El Proveedor prestará el servicio de Alojamiento con total autonomía e independencia respecto del Cliente, atendiendo a su grado de especialización y a su capacidad técnica, y conforme a los usos y costumbres de su sector de actividad.
Por último, la ejecución del servicio de Alojamiento se ceñirá a lo establecido en las estipulaciones de este Contrato, así como a lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, a lo recogido en Código Civil español, y a la restante legislación aplicable.
SEGUNDA. Componentes incluidos en el servicio de Alojamiento
El servicio de Alojamiento ofrecido por el Proveedor incluirá de forma específica de los siguientes componentes:
________
En adelante, el "Hardware".
En relación con estos servicios, el Proveedor facilitará al Cliente una guía de usuario, así como un panel de control o software correspondiente para permitir el correcto acceso al Alojamiento.
TERCERA. Características de las instalaciones del Alojamiento
El Proveedor dispone de unas instalaciones que cuentan con todos los elementos técnicos y con las características necesarias para permitir la correcta instalación del Hardware.
De esta forma, las instalaciones cuentan con todos los elementos para permitir el funcionamiento óptimo y adecuado del Hardware.
CUARTA. Modificaciones o ampliaciones del objeto del Contrato
Si, durante la vigencia del presente Contrato, el Cliente y/o el Proveedor considera oportuno modificar y/o ampliar el contenido del servicio de Alojamiento, ambas Partes deberán negociar el alcance de dichas modificaciones o ampliaciones.
Los acuerdos adoptados en la negociación deberán constar por escrito, y quedarán incorporados como anexos al presente Contrato. En todo caso, la ampliación del objeto de este Contrato con el fin de incluir cualquier servicio adicional o complementario solicitado por el Cliente se regirá por las estipulaciones de este Contrato.
i) Alteración de las características técnicas del Alojamiento
Si una de las partes, el Cliente o el Proveedor, considera oportuno modificar o alterar las características del Alojamiento, se deberá notificar a la otra Parte con el fin de negociar y/o acordar el nuevo precio. Asimismo, si la solicitud de modificación del contenido del Contrato proviene únicamente del Proveedor, este informará con una antelación mínima de 15 días naturales a los efectos de permitirle, si asi lo decide, la rescisión del Contrato por el cambio en las condiciones.
ii) Reducción de los servicios incluidos dentro del Alojamiento
La decisión del Cliente de reducir el objeto del servicio, ya sea por escoger un plan de servicio inferior o por reducir la capacidad de transferencia de datos o de espacio en las instalaciones, no supondrá la obligación de devolver los pagos realizados hasta el momento al tratarse de una modificación unilateral del objeto del servicio por parte del Cliente. En todo caso, dichas cantidades previamente pagadas se podrán utilizar como crédito para la contratación de otros servicios adicionales.
QUINTA. Direcciones IP asignadas al Cliente
El Proveedor asignará la correspondiente dirección IP para permitir que el Cliente pueda hacer el uso correcto del servidor a través del cual se prestará el servicio de Alojamiento.
Esta dirección IP será propiedad del Proveedor en todo momento, debiendo el Cliente devolver estas direcciones a la finalización del Contrato, ya sea por su llegada a término o por su terminación anticipada por cualquier motivo.
El Proveedor no prestará servicio adicional al propio servicio de Alojamiento. De esta forma, su labor de asistencia se limitará a garantizar el correcto alojamiento del Hardware y su acceso al Cliente, no haciéndose cargo de cualquier otro servicio o necesidad adicional que el Cliente pueda necesitar, ni de las limitaciones en dicho acceso derivados del uso inadecuado realizado por el propio Cliente.
Finalmente, las Partes podrán negociar en el futuro la posible prestación de servicios adicionales. En ese caso, se deberán acordar los plazos y condiciones de dichos servicios, así como su coste o precio adicional.
SEXTA. Obligaciones del Proveedor
i) Obligaciones relacionadas con el Alojamiento
El Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento de forma diligente y conforme a los usos y costumbres profesionales propias de su sector de actividad, así como de acuerdo con las instrucciones y condiciones señaladas por el Cliente en este Contrato, y a las instrucciones concretas que este pueda emitir durante la ejecución del Contrato.
De forma específica, el Proveedor garantizará el funcionamiento del Alojamiento y la idoneidad de sus características técnicas, teniendo en cuenta, en todo caso, lo dispuesto en este Contrato sobre las labores de mantenimiento del Alojamiento así como sobre las potenciales situaciones de fuerza mayor que puedan afectar a los medios técnicos del Proveedor.
Igualmente, el Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento dentro de las fechas y/o plazos indicadas en este Contrato y de acuerdo con las instrucciones acordados con el Cliente.
ii) Obligaciones de información en favor del Cliente
Por último, el Proveedor reconoce haber informado al Cliente, de forma previa a la firma de este Contrato, sobre las características esenciales del servicio de Alojamiento y/o toda la información sobre cómo y/o en qué condiciones se prestan o realizan y sobre las condiciones de su uso, además de cualquier otra información precontractual que fuese necesaria.
SÉPTIMA. Obligaciones del Cliente
i) Obligaciones de información del Cliente
El Cliente se compromete a informar o hacer entrega de toda la información útil y/o relevante y veraz para permitir el correcto uso del Alojamiento. Especialmente, se obliga a aportar aquellos datos o informaciones relativos a sus necesidades particulares y que puedan contribuir al correcto mantenimiento e instalación del Hardware por parte del Proveedor.
Asimismo, el Cliente se compromete a colaborar con el Proveedor para la ejecución de las labores de mantenimiento o de reparación necesarias en relación con el Alojamiento, facilitándole toda aquella información o datos que puedan ser necesarios.
ii) Obligaciones sobre el uso del Alojamiento por parte del Cliente
El Cliente deberá hacer uso del Alojamiento de acuerdo con las condiciones establecidas por el Proveedor y atendiendo a las limitaciones establecidas en este Contrato. En relación con este punto, el Cliente deberá atender las sugerencias o requerimientos realizados por parte del Proveedor con el fin de garantizar el correcto uso del Alojamiento así como para solventar los posibles errores o fallos en la configuración del Hardware que pueda detectar el Proveedor.
Asimismo, el Cliente respetará la configuración de los servidores establecida por el Proveedor, no pudiendo alterar o modificar dicha configuración de forma unilateral. De esta forma, la instalación del Hardware del Cliente se deberá adaptar a las características del Alojamiento.
El Cliente deberá avisar al Proveedor en el caso de que detecte cualquier incidencia o problema en el servidor y en su configuración o cuando desee sugerir la introducción de algún cambio.
ii) Obligación del pago del precio por parte del Cliente
Por último, el Cliente se obliga a pagar el precio, tal y como resulta del presente Contrato.
OCTAVA. Uso del Alojamiento
El Cliente podrá albergar todo tipo de contenido o de datos en el Hardware siempre que este no sea de carácter ilegal o nocivo. De esta forma, el Cliente no transferirá contenido contrario a la legislación nacional o internacional, ya sea desde un punto de vista civil, administrativo, penal o mercantil.
Independientemente de lo anterior, el Cliente no podrá utilizar el Alojamiento para:
a. Incluir contenido de carácter discriminatorio o que atenta contra derechos fundamentales reconocidos a nivel nacional e internacional. Se incluye todo tipo de contenido que pueda atentar a la dignidad de las personas o que se pueda utilizar con el fin de hacer daño o perjudicar a determinadas personas o grupos de personas.
b. Almacenar contenido que viole de forma específica las leyes de propiedad industrial e intelectual tanto nacionales como internacionales.
c. Realizar actividades molestas o que puedan afectar de forma negativa a terceros usuarios, incluidas, entre otras, el envío de spam y de todo tipo malware que pueda afectar al funcionamiento de los sistemas de tanto los usuarios de las instalaciones del Proveedor como de terceros.
d. Guardar datos privados de usuarios sin contar con su autorización o violando la legislación correspondiente sobre protección de datos.
Por otro lado, el Proveedor se reserva el derecho a terminar o suspender el servicio de Alojamiento en el caso de que el Cliente incluya contenido contrario a lo dispuesto en el párrafo anterior, así como a reportar a las autoridades pertinentes cualquier violación que dicho contenido pueda suponer de la legislación actual.
Asimismo, el Proveedor podrá suspender el servicio y denegar el acceso al contenido por parte del Cliente cuando así se exija por parte de una autoridad judicial o administrativa.
NOVENA. Conectividad del Alojamiento
El Proveedor ofrecerá al Cliente la conectividad necesaria para permitir el correcto uso remoto del Hardware.
i) Uso excesivo de volumen de datos por parte del Cliente
El Proveedor avisará al Cliente en el caso de que alcance el límite máximo de transferencia de datos contratado a los efectos de permitir la contratación de una ampliación de la capacidad máxima de transferencia de datos del Alojamiento.
ii) Mejoras en la capacidad de datos ofrecida por el Proveedor
El Proveedor podrá realizar mejoras en el servicio de Alojamiento siempre que supongan una mejora de la capacidad de transferencia de datos o de las características técnicas del Alojamiento.
DÉCIMA. Copias de seguridad de los datos
El Proveedor se compromete a llevar a cabo las copias de seguridad necesarias para garantizar la protección de los datos del Alojamiento.
DECIMOPRIMERA. Seguimiento de la ejecución del Contrato
El Proveedor se compromete, a fin de facilitar el seguimiento de la ejecución del Contrato, a remitir periódicamente al Cliente información y/o documentación sobre el estado de las actividades relacionadas con el servicio del Alojamiento y sobre su funcionamiento.
No obstante, el Cliente se reserva la facultad de exigir al Proveedor cualquier otra información o documentación adicional que pudiera necesitar para poder realizar un correcto seguimiento del servicio de Alojamiento y, en su caso, que le pueda corresponder según la normativa aplicable correspondiente.
DECIMOSEGUNDA. Lugar de prestación del servicio de Alojamiento
El servicio de Alojamiento se prestará en las instalaciones del Proveedor situadas en la siguiente dirección: ________.
El Proveedor deberá comunicar cualquier cambio de instalaciones que implique un cambio de dirección con el fin de permitir al Cliente o el cambio de ubicación del Hardware.
DECIMOTERCERA. Instalación y retirada del Hardware de las instalaciones
El Cliente realizará la puesta en funcionamiento del Hardware en las instalaciones de acuerdo con las instrucciones facilitadas por el Proveedor.
En el caso de que así lo necesite, el personal del Proveedor podrá asistir al Cliente para garantizar la correcta instalación y configuración del Hardware.
i) Instalación de software o aplicaciones en el Hardware
Una vez instalado el Hardware, el Cliente será el responsable de la instalación de todo el software necesario para su correcto funcionamiento, así como de realizar sus correspondientes actualizaciones, debiendo cumplir, en todo momento, con la legislación sobre propiedad intelectual aplicable.
ii) Retirada del Hardware de las instalaciones
El Cliente podrá realizar la retirada del Hardware en cualquier momento siempre que haya cumplido con lo dispuesto en este contrato y, de forma concreta, hubiera hecho el pago del precio correspondiente.
DECIMOCUARTA. Duración del Contrato
La duración de este Contrato se extenderá desde el ________, fecha de entrada en vigor del Contrato, y el ________, fecha en la que termina el Contrato.
En todo caso, el inicio del servicio de Alojamiento quedará condicionado al pago del precio correspondiente por parte del Cliente de acuerdo con lo acordado en este Contrato.
- Penalización por incumplimiento de la duración del servicio de Alojamiento
En el caso de no respetarse los plazos de ejecución establecidos en esta Estipulación, el Proveedor se compromete a pagar una penalidad cuyo importe ascenderá a ________ (________€) por día de retraso. Esta penalidad será independiente de otras sanciones o penalidades que se puedan recoger en el presente Contrato.
En todo caso, siguiendo lo dispuesto en la Estipulación anterior, el Cliente se obliga a colaborar y a aportar toda la información necesaria que le sea requerida por el Proveedor para poder iniciar la prestación del servicio de Alojamiento atendiendo a los plazos establecidos en esta Estipulación. En el caso de que el Cliente no facilite esta información o no preste su colaboración de forma adecuada, el Proveedor podrá comunicar por escrito al Cliente su imposibilidad de cumplir con los plazos establecidos en esta Estipulación.
DECIMOQUINTA. Precio y forma de pago
Las Partes acuerdan el pago de una cantidad ascendiente a ________ (________€) como remuneración por el servicio de Alojamiento, sin incluir los impuestos que pudieran derivar de esta operación.
i) Forma de pago del precio del Alojamiento
El Cliente satisfará el pago del precio fijo el ________ mediante pago en efectivo en favor del Proveedor.
ii) Actualización del precio del Alojamiento
El precio se actualizará en los supuestos de renovación expresa o tácita del Contrato aplicando la evolución anual del IPC del año en el que se produce dicha renovación automática.
Asimismo, el Proveedor podrá actualizar el precio del Alojamiento dentro de cada renovación tácita o expresa del contrato. En todo caso, esta actualización se notificará al Cliente con al menos 30 días de antelación.
iii) Emisión de la factura correspondiente
Por último, el Proveedor emitirá las facturas correspondientes al Cliente cumpliendo con los requisitos legales necesarios y dentro de los plazos previstos en la legislación actual.
DECIMOSEXTA. Intereses de demora
Siguiendo lo recogido en el artículo 1.101 del Código Civil, cualquier retraso en el pago de la remuneración establecida en el presente Contrato dará lugar a un incremento del precio equivalente a los intereses de demora generados por el retraso en el pago.
El tipo de interés de demora será igual al tipo de interés de referencia o de refinanciación semestral del Banco Central Europeo en vigor a 1 de enero para el primer semestre del año correspondiente, y a 1 de julio para el segundo semestre del año correspondiente.
Los intereses de demora serán exigibles automáticamente a partir de la fecha de pago fijada en la Estipulación anterior, sin necesidad alguna de aviso del vencimiento ni intimación alguna por parte del Proveedor. El devengo de dichos intereses no afectará al ejercicio de cualquier acción que pueda corresponderle al Proveedor derivada del incumplimiento del pago.
DECIMOSÉPTIMA. Consecuencias de los impagos
El Proveedor podrá cancelar la prestación del Alojamiento en el caso de que se produzca un impago o retraso en el pago, incluyendo todos los servicios adicionales contratados.
Así, el Proveedor podrá llegar a la desactivación del Alojamiento si el Cliente no realiza los pagos correspondientes. El Cliente deberá volver a subir los datos borrados en el caso de que este realice el pago a posteriori de las cantidades adeudadas.
DECIMOCTAVA. Responsabilidad sobre los datos incluidos en el Alojamiento
Siguiendo el artículo 16 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, el Proveedor no será responsable de la información almacenada o incluida en el Hardware del Cliente, siempre que:
a. No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o
b. si lo tienen, actúen con diligencia para retirar estos datos o hacer imposible el acceso a ellos, poniendo en conocimiento de las autoridades estos posibles incumplimientos.
En todo caso, el Proveedor mantendrá los datos el tiempo que se pueda exigir por Ley con el fin de poder determinar su origen si así es requerido por las autoridades correspondientes.
DECIMONOVENA. 82855828 2555 85 2528258822 528 82588882 52 88225282222
58 252822525 588222555 52 828 225828 2522585828 2 22828828 552855528 22 858 8282585882228 2555 2528255 28 82588882 52 88225282222. 5528822 8222555, 22 85 8582, 822 85 252282 22582258, 8582228 5258825552 858 252882228 5288825252 828 252255258 258 552855528, 2 882582252 858 8282558882228 22828558 225 28 252822525 22 82282252885 822 858 288825882228 852 58522 225 28 25282222 82225522 252222 58 8882222. 58 252822525 82 8222522222, 8255822222, 5 852 58852 22582258 228552552 52 2555228255 28 82588882 52 88225282222 8222285 858 22828855528 255288585528 528 8882222 2 828 25888822 85 82552822 582.
52 28228858, 28 252822525 82 8222522222 5 852 858 22582258 2 222825528 852 25582552 852555 558858258 5 85 2528258822 528 82588882 52 88225282222 222252 85 8558828858822 2 25225822885 552855558 2555 85 52588258822 52 828 25585228 8228228528. 8, 58828822, 5282552 8222825 28 822222852 52 858 28282585882228 528528858 5 252282555 82228282558, 8222852288588555, 2 58 25525282222 52 828 55228 52 85558225 22582258 852 82 2825882822 22 28 82225522, 588 8222 85 2888258822 22582258 52 52822255828.
VIGÉSIMA. Garantía del servicio de Alojamiento
El Proveedor prestará el servicio de Alojamiento de forma adecuada según lo señalado en este Contrato, garantizando el correcto mantenimiento técnico de las instalaciones y la formación adecuada de sus empleados para permitir la correcta instalación del Hardware. Contenido de la garantía ofrecida por el Proveedor
El Proveedor se compromete al correcto funcionamiento del Alojamiento, estableciendo los sistemas de monitorización necesarios para garantizar la conectividad del Hardware y determinar la posible existencia de errores o problemas en la configuración de los servidores. De esta forma, se descontarán del precio los días completos que el Proveedor no pueda garantizar la conectividad del Hardware o el acceso de los datos al Cliente.
En todo caso, esta garantía no será de aplicación en los casos en los que los problemas de conectividad o funcionamiento del Hardware se deba a alguna de las siguientes circunstancias:
a. El uso inadecuado o abusivo del Hardware y de su conectividad realizado por parte del Cliente.
b. Los cambios en la configuración en el Hardware realizado por el propio Cliente.
c. Los fallos derivados del software o programas instalados en el Hardware, así como los derivados de un virus, troyano o cualquier otro tipo de malware que pueda afectar al Hardware o a las instalaciones del Proveedor.
d. Los cortes en la conectividad relacionados con el sistema de comunicación, como son los fallos en la red telefónica o en cualquier otro de los componentes de la red.
e. La existencia de errores o averías que afecten al servicio de Alojamiento derivados de situaciones de fuerza mayor o de posibles sabotajes o ataques realizados por parte de terceros.
f. Los cortes en el servicio llevados a cabo por el Proveedor en los casos de que se incumpliera con alguna de las condiciones aquí señaladas o en el caso de que se detecte el uso de software ilegal o sin las correspondientes autorizaciones sobre el Hardware.
VIGESIMOPRIMERA. Desistimiento del Contrato
Siguiendo lo dispuesto en el artículo 68 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Consumidores y Usuarios, el Cliente podrá desistir del Contrato en el plazo de 14 días desde su entrada en vigor. En el caso de que se desee desistir del contrato, el Cliente deberá comunicar esta circunstancia de forma fehaciente por escrito indicando su nombre completo, documento de identificación, su domicilio y su firma que será remitido a la dirección señalada en el encabezamiento de este Contrato o en la siguiente dirección de email:
________
VIGESIMOSEGUNDA. Gastos
El Proveedor se hará cargo de todos los gastos relacionados con el servicios de Alojamiento. Deberá hacerse cargo del pago de los medios e instrumentos necesarios para poder ejecutar el Contrato correctamente, así como de todos los impuestos o tasas que se devenguen en relación con el desarrollo de la actividad, quedando el Cliente completamente indemne del pago de todos estos gastos.
VIGESIMOTERCERA. Inexistencia de relación laboral
La relación entre las Partes tiene, exclusivamente, un carácter mercantil, no existiendo vínculo laboral alguno entre el Proveedor y el Cliente, o, en su caso, el personal de aquel.
En este último supuesto, dicho personal no podrá considerarse, basándose en la existencia de este Contrato o de su cumplimiento, ni de hecho ni de derecho, como un empleado del Cliente y, por ello, dependerá a todos los efectos, incluidos los aspectos laborales y de Seguridad Social, única y exclusivamente de la dirección del Proveedor.
- Responsabilidad sobre el personal del Proveedor
El Proveedor, asimismo, reconoce que el personal que pudiera colaborar en la prestación del servicio de Alojamiento estará contratado conforme a la Ley y asume cuantas obligaciones se deriven de la legislación social y, en especial, de las disposiciones vigentes en materia de Seguridad Social, Seguridad e Higiene en el Trabajo y prevención de riesgos laborales, eximiendo al Cliente de cualquier responsabilidad que se pudiera derivar como consecuencia de su incumplimiento.
El Cliente, igualmente, renunciará expresamente a contratar, directamente o a través de terceros, a ningún empleado del Proveedor mientras no finalice, al menos, el presente Contrato.
En todo caso, el Cliente podrá requerir al Proveedor que le facilite una copia de la documentación justificativa de encontrarse al corriente de las obligaciones laborales y tributarias con la Administración o con cualquier tercero jurídicamente obligatorio.
VIGESIMOCUARTA. Cumplimiento normativa aplicable
El Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento cumpliendo de forma diligente con toda la normativa aplicable y, en particular, con todas las obligaciones laborales, de la Seguridad Social, fiscales, sobre la competencia desleal y de protección de datos que le sean aplicables en relación con el servicio de Alojamiento.
VIGESIMOQUINTA. Responsabilidad
Incurrirá en responsabilidad cualquiera de las Partes que actúe de forma negligente o culposa en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato y ocasionare con ello un daño o perjuicio a la otra Parte. La Parte que tenga que afrontar cualquier tipo de daño o perjuicio en virtud de la actuación de la otra Parte podrá reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
i) Responsabilidad del Proveedor
El Proveedor prestará el Alojamiento con la diligencia y calidad debida, comprometiéndose a asumir la responsabilidad por los errores, defectos o demoras producidas en su ejecución, o por su incorrecta o falta de ejecución. No obstante, el Proveedor no será responsable de los errores, defectos o demoras producidas en la ejecución, o la incorrecta ejecución o de la no ejecución del Contrato, cuando esto emane de la omisión o falseamiento de cualquier información, documento o dato facilitado por el Cliente; el Proveedor tampoco estará obligado a verificar la autenticidad y exactitud de dichos datos o informaciones.
El Proveedor responderá en los supuestos de deficiencia en el funcionamiento del Alojamiento o ante la existencia de fallos técnicos con las siguientes características:
a. que impidan su uso correcto;
b. que no tengan su origen en un uso inadecuado, negligente o abusivo por parte del Cliente del Alojamiento o contrario a las instrucciones o guías establecidas por parte del Proveedor
c. relacionado con lo anterior, que no se deriven o relacionen con una configuración o instalación inadecuada llevada a cabo por el Cliente o por utilizar software sin las correspondientes licencias o permisos de uso; y,
d. no tengan su origen en circunstancias de fuerza mayor o de carácter fortuito.
En estos casos, el Proveedor tratará de solucionar esta incidencia lo antes posible con el fin de producir los menores perjuicios posibles.
ii) Responsabilidad sobre las claves de acceso al Hardware
El Cliente será el único responsable de la gestión de las claves de acceso al Hardware, debiendo encargarse de su correcta gestión y de evitar su pérdida.
VIGESIMOSEXTA. Elevación a público del Contrato
Cualquiera de las Partes podrá solicitar, mediante requerimiento fehaciente, la elevación a público del presente Contrato.
En ese caso, las Partes elegirán por mutuo acuerdo el Notario o Notaria Público ante el cual se otorgará la escritura pública y la parte solicitante se hará cargo de los correspondientes gastos notariales.
VIGESIMOSÉPTIMA. Fuerza mayor
Ninguna de las Partes podrá ser considerada como responsable de un retraso, defecto o error en la ejecución de sus obligaciones contractuales cuando aquellos son debidos u ocasionados por una causa de fuerza mayor. No obstante, las Partes quedan obligadas a notificar a la otra Parte cuando tengan conocimiento de que una causa de esta naturaleza ha ocurrido y afectará a la correcta ejecución de sus obligaciones.
Se entenderá por "fuerza mayor": inundación, incendio, explosión, avería en la planta de producción, cierre patronal, huelga, disturbio civil, bloqueo, embargo, mandato, ley, orden, regulación, ordenanza, cortes de energía, averías graves imprevistas no derivadas de la falta de mantenimiento, demanda o petición de cualquier Gobierno o de cualquier subdivisión o representante de este, o cualquier otra causa, que esté fuera del control de la Parte involucrada, sin que pueda entenderse que la falta de fondos constituye una causa de fuerza mayor.
De esta forma, el Cliente deberá soportar durante el tiempo que dure la situación de fuerza mayor los posibles cortes en el servicio de Alojamiento que se puedan ver derivados de una situación de fuerza mayor. De esta forma, el Cliente no podrá exigir responsabilidad al Proveedor en estos casos.
VIGESIMOCTAVA. Obligación de secreto y confidencialidad
Las Partes reconocen que toda la información a la que se puedan tener acceso en el marco del Contrato, incluidos todos los datos transmitidos durante la prestación del servicio de Alojamiento (en adelante, la "Información"), tiene carácter confidencial. De esta forma, las Partes acuerdan no divulgarla y mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha Información, advirtiendo, en su caso, de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por su cargo o relación personal o sentimental deba o pueda tener acceso a la misma.
Ninguna de las Partes podrá reproducir, modificar, hacer copias, revelar al público o divulgar a terceros la Información sin previa autorización escrita y expresa de la otra Parte.
Las Partes se comprometen a poner los medios necesarios para que la Información no sea divulgada ni cedida. Adoptarán las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto a la información confidencial de su propiedad, debiendo evitar su pérdida, robo o sustracción.
i) Obligación de respeto de la cláusula de confidencialidad por parte de empleados y/o asociados
El receptor de la Información se compromete, en su caso, a advertir sobre la existencia del deber de confidencialidad a sus empleados, asociados, y a toda persona a la cual se le facilite la Información, haciéndose responsable del uso indebido que estos puedan hacer de la Información relacionada con el Contrato.
ii) Denuncia de actividades de terceros que pueda afectar a la información confidencial
La Parte que recibe la Información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la Información o que pueda suponer un riesgo de su divulgación.
iii) Protección de la confidencialidad de los datos recogidos en el Hardware
El Cliente será el único responsable de garantizar la confidencialidad de todos los datos recogidos en el Hardware, debiendo así adoptar las medidas necesarias para garantizar su protección, no pudiendo exigirse responsabilidad alguna sobre este punto al Proveedor.
iv) Uso de la información confidencial
Ambas Partes se comprometen a que la utilización de la Información solo estará dirigida a alcanzar los objetivos del Contrato y no otros, y que, así, solo estará en conocimiento de aquellas personas estrictamente necesarias para cumplir con aquellos.
v) Periodo de protección de la información confidencial
Las disposiciones relativas a la confidencialidad previstas en este Contrato se aplicarán durante la vigencia del mismo y se mantendrán durante el siguiente período: ________ tras su terminación. Este plazo de tiempo es inmediato a la terminación del Contrato.
VIGESIMONOVENA. Protección de datos
Las Partes de este Contrato conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.
De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Contrato consienten que sus datos personales recogidos en el mismo, así como aquellos que se pudiesen recoger en el futuro para poder dar cumplimiento o una correcta ejecución de este mismo, podrán ser incorporados por la otra Parte a su propio fichero, automatizado o no, de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.
i) Prohibición de la comunicación de datos a terceros
En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no sean comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre, y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.
De esta Estipulación no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.
ii) Propiedad de los datos
Respecto de los datos personales a los que el Proveedor tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio de Alojamiento, estos son propiedad exclusiva del Cliente y se entenderán facilitados de forma voluntaria por este, y sólo serán utilizados con la finalidad de prestar el servicio de Alojamiento, comprometiéndose el Proveedor a no aplicarlos ni utilizarlos para finalidad distinta de la pactada y a no comunicarlos a otras personas, ni siquiera a efectos de conservación. Asimismo, se obliga a devolver íntegramente al Cliente los ficheros, automatizados o no, de datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso, cuando sea requerido a ello por el Cliente, y/o a proceder a la destrucción de los soportes y/o documentos donde se contengan dichos datos al finalizar el presente Contrato y, en todo caso, al vencimiento del presente Contrato.
iii) Obligaciones del Proveedor en relación con el tratamiento de los datos
El Proveedor se compromete a que el tratamiento de los datos de carácter personal a los que tenga acceso con el fin de permitir prestar el servicio de Alojamiento, y de cuanta información en general le sea facilitada por el Cliente, sea realizado manteniendo el más estricto secreto profesional y absoluta confidencialidad respecto de los datos de los mismos, así como a cumplir diligentemente el deber de guardia y custodia que sobre los mismos impone el RGPD y la LOPD.
Estos deberes serán exigibles al Proveedor durante la vigencia del presente Contrato y aún después de producida su terminación por cualquier causa del mismo, siendo responsable frente al Cliente del incumplimiento de las obligaciones aquí asumidas.
Asimismo, el Proveedor se compromete a adoptar las medidas técnicas y/u organizativas necesarias para proteger los datos de carácter personal a los que tenga acceso y a evitar su alteración, pérdida, tratamiento y acceso no autorizado, y ello en consonancia con el RGPD, la LOPD y sus normas complementarias de desarrollo.
iv) Responsabilidad del Proveedor en relación con el tratamiento de los datos
El Proveedor responderá frente al Cliente del incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de esta Estipulación, incluso cuando dicho incumplimiento sea imputable, en su caso, al personal del cual deberá responder legalmente.
TRIGÉSIMA. Propiedad intelectual e industrial
En primer lugar, el Cliente es el titular legal de todo el Hardware, así como del software o código utilizado en relación con el servicio de Alojamiento, debiendo disponer de todas las licencias necesarias para poder hacer un correcto uso del software. Será el Cliente el que se deberá encargar de mantener vigente todas estas licencias o derechos de uso sobre el software.
Asimismo, el Cliente deberá garantizar que dispone de la titularidad sobre todos los dominios o direcciones de internet de las que se pueda hacer uso con el Hardware.
i) Limitación de responsabilidad al Proveedor en relación con la propiedad intelectual e industrial
En ningún caso se podrá exigir al Proveedor responsabilidad alguna en el caso de que el Cliente viole la propiedad industrial o intelectual de terceros, así como sobre posibles reclamaciones por parte de terceros sobre los dominios de internet utilizados por el Cliente.
Asimismo, el Proveedor no adquirirá derecho de propiedad o uso alguno sobre el Hardware, así como sobre el software o todos los elementos relacionados con el servicio de Alojamiento.
ii) Responsabilidad del Cliente sobre la titularidad del software usado en relación con sus datos
El Cliente deberá responder del uso fraudulento o sin los permisos o licencias correspondientes de software en relación con los datos almacenados, eximiéndose de cualquier responsabilidad en este punto al Proveedor.
TRIGÉSIMA PRIMERA. Cesión del Contrato. Subcontratación
Las Partes no podrán ceder su posición en el presente Contrato, ni tampoco los derechos u obligaciones que de este mismo emanasen a su favor o a su cargo, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte.
i) Cesión por parte del Cliente
El Cliente no podrá ceder su parte en el contrato a terceros, es decir, no podrán ceder o transmitir su espacio en las instalaciones bajo ningún tipo de acuerdo sin contar con la autorización específica por parte del Proveedor.
ii) Cesión por parte del Proveedor
En particular esta Estipulación regirá de forma que el Proveedor se compromete a comunicar al Cliente, por escrito y previamente a la celebración de un acuerdo de subcontratación, su intención de contratar a una parte subcontratista o un redactor que le asista en la preparación del servicio de Alojamiento, la identidad del misma, el tipo de servicios y trabajos a realizar por esta y las condiciones económicas y legales de la relación de subcontratación. Todo ello, en orden de facilitar que el Cliente pueda aprobar dicha subcontratación, sin que dicha autorización suponga la asunción de responsabilidad alguna por parte del Cliente o la aprobación del resultado de los servicios y trabajos que la parte subcontatista provea.
iii) Responsabilidad del Proveedor sobre la subcontratación
Igualmente, será responsabilidad del Proveedor comprobar que la parte subcontratista está autorizada para la prestación de los servicios de Alojamiento objeto de subcontratación, así como para regular por escrito la relación contractual con la misma, incorporando o anexando los acuerdos establecidos en el presente Contrato. Además, el Proveedor se obliga a entregar al Cliente una copia de dicho contrato en los 5 (cinco) días siguientes a su firma.
La parte subcontratista actuaría en todo momento bajo la dirección y control del Proveedor, quien se obliga y responsabiliza de hacer cumplir a la parte subcontratista de todas las obligaciones asumidas en el presente Contrato.
El Proveedor responderá solidariamente de las obligaciones que asuma la parte subcontratista, incluso cuando el Cliente hubiera autorizado dicha subcontratación, incluyendo los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dicha parte subcontratista. Del mismo modo, cualquier acto, error o negligencia en el cumplimiento de las obligaciones laborales o de Seguridad Social de la parte subcontratista, de sus representantes, o trabajadores, no serán, en ningún caso, responsabilidad del Cliente.
El incumplimiento de esta Estipulación por el Proveedor será motivo suficiente para resolver el presente Contrato.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. Inexistencia de renuncia
La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Contrato, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Contrato; y, (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Contrato.
La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Contrato, o a una parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, pudiendo quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportunas, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.
TRIGÉSIMA TERCERA. Causas de resolución
Las Partes se comprometen a cumplir las obligaciones que emanan de este Contrato para cada una de ellas en los términos y condiciones establecidos a lo largo del mismo.
En el supuesto de que alguna de las Partes incumpliera alguna de las obligaciones del Contrato, o las cumpliera de forma defectuosa, la Parte que a su vez sí hubiera cumplido con las suyas podrá considerar que ha existido incumplimiento del contrato en los términos establecidos por el artículo 1.124 del Código Civil, quedando facultada para optar entre resolver el Contrato o exigir su cumplimiento, reclamando, en ambos casos, la correspondiente indemnización de daños y perjuicios.
Además, el Contrato se considerará resuelto por la insolvencia definitiva o provisional, la suspensión de pagos, la quiebra, el concurso de acreedores, y/o el acuerdo de liquidación de cualquiera de las Partes.
i) Resolución por incumplimiento por parte del Proveedor
También será causa de resolución anticipada del Contrato las situaciones en las que existan deficiencias recurrentes en la calidad o características en el servicio de Alojamiento por el Proveedor y/o no fueran conforme a las instrucciones u objetivos establecidos en este Contrato, siempre que no se deba a una situación de fuerza mayor o a la realización de un uso inadecuado por parte del Cliente atendiendo a lo dispuesto en este Contrato.
Igualmente, será causa de resolución del Contrato aquellas situaciones en las que el Proveedor deje de prestar el servicio de Alojamiento o parte del servicio de Alojamiento que forma parte del objeto de este Contrato. Se entenderá que el Proveedor ha dejado de prestar el servicio de Alojamiento cuando no se desarrolle dicha actividad regularmente o no cuenta con los medios materiales y personales adecuados o necesarios.
ii) Resolución por incumplimiento por parte del Cliente
La falta de pago del servicio de Alojamiento por parte del Cliente dará derecho al Proveedor a rescindir el Contrato y, si lo estimara oportuno, a proceder a su reclamación conforme a la Ley.
En este caso, el Proveedor podrá mantener en depósito el Hardware hasta que el Cliente cumple con su obligación de satisfacer los pagos pendientes.
Si la terminación del Contrato se produce por la decisión del Cliente de cambiar de proveedor de servicio de housing, este deberá asumir los costes necesarios para poder realizar correctamente la migración de los componentes a otras instalaciones.
iii) Resolución del Contrato por voluntad de ambas Partes
Asimismo, se podrá resolver el Contrato por voluntad de cualquiera de las Partes, siempre que la Parte que así lo desee notifique su voluntad a la otra Parte por escrito y conforme al procedimiento de notificación establecido en este Contrato con una antelación mínima de: ________.
En este último supuesto, cuando se resuelva el Contrato por voluntad del Cliente, este deberá, no obstante, abonar al Proveedor toda factura devengada y no pagada relacionada con el servicio de Alojamiento durante el tiempo que el Contrato ha estado en vigor, así como una posible indemnización por daños y perjuicios si ejercita su voluntad sin respetar el preaviso y método de notificación aquí establecido. Igualmente, cuando se resuelva el Contrato por voluntad del Proveedor, este deberá facilitar al Cliente todo documento, elemento, bien, material, y/o producción que hubiese podido resultar de su actividad creativa hasta ese momento, además de una posible indemnización por daños y perjuicios que pudiera mediar si ejercita su voluntad sin respetar el preaviso y método de notificación aquí previsto.
TRIGÉSIMA CUARTA. Notificaciones
Para realizar cualquier notificación entre las Partes que tenga como origen el presente Contrato, estas acuerdan que su domicilio a efectos de las mismas sean las direcciones indicadas al principio de este Contrato. Para que una notificación entre las Partes sea efectuada de forma válida, deberá realizarse por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra Parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio a efectos de notificaciones, se deberá comunicar esta nueva información, lo más pronto posible, a la otra Parte siguiendo el procedimiento aquí establecido.
TRIGÉSIMA QUINTA. Integridad del Contrato y anulabilidad
Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes.
Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato, estos forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales.
Además, si se diese el caso de que una o varias estipulaciones devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas estipulaciones o partes del Contrato afectadas.
TRIGÉSIMA SEXTA. Acciones legales, legislación aplicable y jurisdicción
Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Contrato así como sus correspondientes anexos, si los hubiere, y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.
Todo litigio relativo, especialmente, pero no solo, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Contrato y, en general, a la relación establecida entre las Partes, será sometido a la legislación española.
Así, en caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación al mismo, las Partes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.
EN VIRTUD DE LO CUAL, las Partes reconocen haber leído en su totalidad el Contrato, manifiestan comprenderlo, y aceptan obligarse por sus términos y condiciones, constituyendo el completo y el total acuerdo de las Partes. Y, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Contrato en todas sus hojas, y en tantas copias originales como Partes participen en el Contrato, constituyendo todas esas copias un único acuerdo, en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.
EL PROVEEDOR
...........................................
________
EL CLIENTE
...........................................
________
CONTRATO DE SERVICIOS DE HOUSING
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte,
________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en su propio nombre y representación.
En adelante, el "Proveedor".
De otra parte,
________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en su propio nombre y representación.
En adelante, el "Cliente".
El Proveedor y el Cliente que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente, la "Parte" y conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse, y en especial, para el otorgamiento del presente CONTRATO DE SERVICIOS DE HOUSING (en adelante, el "Contrato")
EXPONEN
I. Que el Proveedor está especializado en la prestación se servicios de housing o alojamiento de hardware o componentes electrónicos;
II. Que el proveedor dispone de los conocimientos, experiencia y los medios materiales, técnicos y, en su caso, personales, necesarios para prestar servicios relacionados con el housing y alojamiento de hardware o componentes electrónicos;
III. Que el Cliente se dedica a la siguiente actividad:
________;
IV. Que el Cliente desea contar con los servicios de housing o alojamiento de hardware del Proveedor con el siguiente fin:
________;
V. Que, a los efectos de llegar a un acuerdo, las Partes han negociado y aceptado un presupuesto, así como una propuesta de objetivos y de contenido del servicio de alojamiento deseado;
VI. Que, en virtud de lo anterior, el Proveedor desea, libre y espontáneamente, comprometerse a la prestación del servicio de housing solicitado por el Cliente, circunstancia que las Partes desean formalizar a través del presente Contrato, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA. Objeto del Contrato
El objeto del presente Contrato consiste en la prestación de servicios de alojamiento o housing de componentes informáticos o hardware de acuerdo con las condiciones recogidas en el presente Contrato.
En adelante, el "Alojamiento".
El Proveedor prestará el servicio de Alojamiento con total autonomía e independencia respecto del Cliente, atendiendo a su grado de especialización y a su capacidad técnica, y conforme a los usos y costumbres de su sector de actividad.
Por último, la ejecución del servicio de Alojamiento se ceñirá a lo establecido en las estipulaciones de este Contrato, así como a lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, a lo recogido en Código Civil español, y a la restante legislación aplicable.
SEGUNDA. Componentes incluidos en el servicio de Alojamiento
El servicio de Alojamiento ofrecido por el Proveedor incluirá de forma específica de los siguientes componentes:
________
En adelante, el "Hardware".
En relación con estos servicios, el Proveedor facilitará al Cliente una guía de usuario, así como un panel de control o software correspondiente para permitir el correcto acceso al Alojamiento.
TERCERA. Características de las instalaciones del Alojamiento
El Proveedor dispone de unas instalaciones que cuentan con todos los elementos técnicos y con las características necesarias para permitir la correcta instalación del Hardware.
De esta forma, las instalaciones cuentan con todos los elementos para permitir el funcionamiento óptimo y adecuado del Hardware.
CUARTA. Modificaciones o ampliaciones del objeto del Contrato
Si, durante la vigencia del presente Contrato, el Cliente y/o el Proveedor considera oportuno modificar y/o ampliar el contenido del servicio de Alojamiento, ambas Partes deberán negociar el alcance de dichas modificaciones o ampliaciones.
Los acuerdos adoptados en la negociación deberán constar por escrito, y quedarán incorporados como anexos al presente Contrato. En todo caso, la ampliación del objeto de este Contrato con el fin de incluir cualquier servicio adicional o complementario solicitado por el Cliente se regirá por las estipulaciones de este Contrato.
i) Alteración de las características técnicas del Alojamiento
Si una de las partes, el Cliente o el Proveedor, considera oportuno modificar o alterar las características del Alojamiento, se deberá notificar a la otra Parte con el fin de negociar y/o acordar el nuevo precio. Asimismo, si la solicitud de modificación del contenido del Contrato proviene únicamente del Proveedor, este informará con una antelación mínima de 15 días naturales a los efectos de permitirle, si asi lo decide, la rescisión del Contrato por el cambio en las condiciones.
ii) Reducción de los servicios incluidos dentro del Alojamiento
La decisión del Cliente de reducir el objeto del servicio, ya sea por escoger un plan de servicio inferior o por reducir la capacidad de transferencia de datos o de espacio en las instalaciones, no supondrá la obligación de devolver los pagos realizados hasta el momento al tratarse de una modificación unilateral del objeto del servicio por parte del Cliente. En todo caso, dichas cantidades previamente pagadas se podrán utilizar como crédito para la contratación de otros servicios adicionales.
QUINTA. Direcciones IP asignadas al Cliente
El Proveedor asignará la correspondiente dirección IP para permitir que el Cliente pueda hacer el uso correcto del servidor a través del cual se prestará el servicio de Alojamiento.
Esta dirección IP será propiedad del Proveedor en todo momento, debiendo el Cliente devolver estas direcciones a la finalización del Contrato, ya sea por su llegada a término o por su terminación anticipada por cualquier motivo.
El Proveedor no prestará servicio adicional al propio servicio de Alojamiento. De esta forma, su labor de asistencia se limitará a garantizar el correcto alojamiento del Hardware y su acceso al Cliente, no haciéndose cargo de cualquier otro servicio o necesidad adicional que el Cliente pueda necesitar, ni de las limitaciones en dicho acceso derivados del uso inadecuado realizado por el propio Cliente.
Finalmente, las Partes podrán negociar en el futuro la posible prestación de servicios adicionales. En ese caso, se deberán acordar los plazos y condiciones de dichos servicios, así como su coste o precio adicional.
SEXTA. Obligaciones del Proveedor
i) Obligaciones relacionadas con el Alojamiento
El Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento de forma diligente y conforme a los usos y costumbres profesionales propias de su sector de actividad, así como de acuerdo con las instrucciones y condiciones señaladas por el Cliente en este Contrato, y a las instrucciones concretas que este pueda emitir durante la ejecución del Contrato.
De forma específica, el Proveedor garantizará el funcionamiento del Alojamiento y la idoneidad de sus características técnicas, teniendo en cuenta, en todo caso, lo dispuesto en este Contrato sobre las labores de mantenimiento del Alojamiento así como sobre las potenciales situaciones de fuerza mayor que puedan afectar a los medios técnicos del Proveedor.
Igualmente, el Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento dentro de las fechas y/o plazos indicadas en este Contrato y de acuerdo con las instrucciones acordados con el Cliente.
ii) Obligaciones de información en favor del Cliente
Por último, el Proveedor reconoce haber informado al Cliente, de forma previa a la firma de este Contrato, sobre las características esenciales del servicio de Alojamiento y/o toda la información sobre cómo y/o en qué condiciones se prestan o realizan y sobre las condiciones de su uso, además de cualquier otra información precontractual que fuese necesaria.
SÉPTIMA. Obligaciones del Cliente
i) Obligaciones de información del Cliente
El Cliente se compromete a informar o hacer entrega de toda la información útil y/o relevante y veraz para permitir el correcto uso del Alojamiento. Especialmente, se obliga a aportar aquellos datos o informaciones relativos a sus necesidades particulares y que puedan contribuir al correcto mantenimiento e instalación del Hardware por parte del Proveedor.
Asimismo, el Cliente se compromete a colaborar con el Proveedor para la ejecución de las labores de mantenimiento o de reparación necesarias en relación con el Alojamiento, facilitándole toda aquella información o datos que puedan ser necesarios.
ii) Obligaciones sobre el uso del Alojamiento por parte del Cliente
El Cliente deberá hacer uso del Alojamiento de acuerdo con las condiciones establecidas por el Proveedor y atendiendo a las limitaciones establecidas en este Contrato. En relación con este punto, el Cliente deberá atender las sugerencias o requerimientos realizados por parte del Proveedor con el fin de garantizar el correcto uso del Alojamiento así como para solventar los posibles errores o fallos en la configuración del Hardware que pueda detectar el Proveedor.
Asimismo, el Cliente respetará la configuración de los servidores establecida por el Proveedor, no pudiendo alterar o modificar dicha configuración de forma unilateral. De esta forma, la instalación del Hardware del Cliente se deberá adaptar a las características del Alojamiento.
El Cliente deberá avisar al Proveedor en el caso de que detecte cualquier incidencia o problema en el servidor y en su configuración o cuando desee sugerir la introducción de algún cambio.
ii) Obligación del pago del precio por parte del Cliente
Por último, el Cliente se obliga a pagar el precio, tal y como resulta del presente Contrato.
OCTAVA. Uso del Alojamiento
El Cliente podrá albergar todo tipo de contenido o de datos en el Hardware siempre que este no sea de carácter ilegal o nocivo. De esta forma, el Cliente no transferirá contenido contrario a la legislación nacional o internacional, ya sea desde un punto de vista civil, administrativo, penal o mercantil.
Independientemente de lo anterior, el Cliente no podrá utilizar el Alojamiento para:
a. Incluir contenido de carácter discriminatorio o que atenta contra derechos fundamentales reconocidos a nivel nacional e internacional. Se incluye todo tipo de contenido que pueda atentar a la dignidad de las personas o que se pueda utilizar con el fin de hacer daño o perjudicar a determinadas personas o grupos de personas.
b. Almacenar contenido que viole de forma específica las leyes de propiedad industrial e intelectual tanto nacionales como internacionales.
c. Realizar actividades molestas o que puedan afectar de forma negativa a terceros usuarios, incluidas, entre otras, el envío de spam y de todo tipo malware que pueda afectar al funcionamiento de los sistemas de tanto los usuarios de las instalaciones del Proveedor como de terceros.
d. Guardar datos privados de usuarios sin contar con su autorización o violando la legislación correspondiente sobre protección de datos.
Por otro lado, el Proveedor se reserva el derecho a terminar o suspender el servicio de Alojamiento en el caso de que el Cliente incluya contenido contrario a lo dispuesto en el párrafo anterior, así como a reportar a las autoridades pertinentes cualquier violación que dicho contenido pueda suponer de la legislación actual.
Asimismo, el Proveedor podrá suspender el servicio y denegar el acceso al contenido por parte del Cliente cuando así se exija por parte de una autoridad judicial o administrativa.
NOVENA. Conectividad del Alojamiento
El Proveedor ofrecerá al Cliente la conectividad necesaria para permitir el correcto uso remoto del Hardware.
i) Uso excesivo de volumen de datos por parte del Cliente
El Proveedor avisará al Cliente en el caso de que alcance el límite máximo de transferencia de datos contratado a los efectos de permitir la contratación de una ampliación de la capacidad máxima de transferencia de datos del Alojamiento.
ii) Mejoras en la capacidad de datos ofrecida por el Proveedor
El Proveedor podrá realizar mejoras en el servicio de Alojamiento siempre que supongan una mejora de la capacidad de transferencia de datos o de las características técnicas del Alojamiento.
DÉCIMA. Copias de seguridad de los datos
El Proveedor se compromete a llevar a cabo las copias de seguridad necesarias para garantizar la protección de los datos del Alojamiento.
DECIMOPRIMERA. Seguimiento de la ejecución del Contrato
El Proveedor se compromete, a fin de facilitar el seguimiento de la ejecución del Contrato, a remitir periódicamente al Cliente información y/o documentación sobre el estado de las actividades relacionadas con el servicio del Alojamiento y sobre su funcionamiento.
No obstante, el Cliente se reserva la facultad de exigir al Proveedor cualquier otra información o documentación adicional que pudiera necesitar para poder realizar un correcto seguimiento del servicio de Alojamiento y, en su caso, que le pueda corresponder según la normativa aplicable correspondiente.
DECIMOSEGUNDA. Lugar de prestación del servicio de Alojamiento
El servicio de Alojamiento se prestará en las instalaciones del Proveedor situadas en la siguiente dirección: ________.
El Proveedor deberá comunicar cualquier cambio de instalaciones que implique un cambio de dirección con el fin de permitir al Cliente o el cambio de ubicación del Hardware.
DECIMOTERCERA. Instalación y retirada del Hardware de las instalaciones
El Cliente realizará la puesta en funcionamiento del Hardware en las instalaciones de acuerdo con las instrucciones facilitadas por el Proveedor.
En el caso de que así lo necesite, el personal del Proveedor podrá asistir al Cliente para garantizar la correcta instalación y configuración del Hardware.
i) Instalación de software o aplicaciones en el Hardware
Una vez instalado el Hardware, el Cliente será el responsable de la instalación de todo el software necesario para su correcto funcionamiento, así como de realizar sus correspondientes actualizaciones, debiendo cumplir, en todo momento, con la legislación sobre propiedad intelectual aplicable.
ii) Retirada del Hardware de las instalaciones
El Cliente podrá realizar la retirada del Hardware en cualquier momento siempre que haya cumplido con lo dispuesto en este contrato y, de forma concreta, hubiera hecho el pago del precio correspondiente.
DECIMOCUARTA. Duración del Contrato
La duración de este Contrato se extenderá desde el ________, fecha de entrada en vigor del Contrato, y el ________, fecha en la que termina el Contrato.
En todo caso, el inicio del servicio de Alojamiento quedará condicionado al pago del precio correspondiente por parte del Cliente de acuerdo con lo acordado en este Contrato.
- Penalización por incumplimiento de la duración del servicio de Alojamiento
En el caso de no respetarse los plazos de ejecución establecidos en esta Estipulación, el Proveedor se compromete a pagar una penalidad cuyo importe ascenderá a ________ (________€) por día de retraso. Esta penalidad será independiente de otras sanciones o penalidades que se puedan recoger en el presente Contrato.
En todo caso, siguiendo lo dispuesto en la Estipulación anterior, el Cliente se obliga a colaborar y a aportar toda la información necesaria que le sea requerida por el Proveedor para poder iniciar la prestación del servicio de Alojamiento atendiendo a los plazos establecidos en esta Estipulación. En el caso de que el Cliente no facilite esta información o no preste su colaboración de forma adecuada, el Proveedor podrá comunicar por escrito al Cliente su imposibilidad de cumplir con los plazos establecidos en esta Estipulación.
DECIMOQUINTA. Precio y forma de pago
Las Partes acuerdan el pago de una cantidad ascendiente a ________ (________€) como remuneración por el servicio de Alojamiento, sin incluir los impuestos que pudieran derivar de esta operación.
i) Forma de pago del precio del Alojamiento
El Cliente satisfará el pago del precio fijo el ________ mediante pago en efectivo en favor del Proveedor.
ii) Actualización del precio del Alojamiento
El precio se actualizará en los supuestos de renovación expresa o tácita del Contrato aplicando la evolución anual del IPC del año en el que se produce dicha renovación automática.
Asimismo, el Proveedor podrá actualizar el precio del Alojamiento dentro de cada renovación tácita o expresa del contrato. En todo caso, esta actualización se notificará al Cliente con al menos 30 días de antelación.
iii) Emisión de la factura correspondiente
Por último, el Proveedor emitirá las facturas correspondientes al Cliente cumpliendo con los requisitos legales necesarios y dentro de los plazos previstos en la legislación actual.
DECIMOSEXTA. Intereses de demora
Siguiendo lo recogido en el artículo 1.101 del Código Civil, cualquier retraso en el pago de la remuneración establecida en el presente Contrato dará lugar a un incremento del precio equivalente a los intereses de demora generados por el retraso en el pago.
El tipo de interés de demora será igual al tipo de interés de referencia o de refinanciación semestral del Banco Central Europeo en vigor a 1 de enero para el primer semestre del año correspondiente, y a 1 de julio para el segundo semestre del año correspondiente.
Los intereses de demora serán exigibles automáticamente a partir de la fecha de pago fijada en la Estipulación anterior, sin necesidad alguna de aviso del vencimiento ni intimación alguna por parte del Proveedor. El devengo de dichos intereses no afectará al ejercicio de cualquier acción que pueda corresponderle al Proveedor derivada del incumplimiento del pago.
DECIMOSÉPTIMA. Consecuencias de los impagos
El Proveedor podrá cancelar la prestación del Alojamiento en el caso de que se produzca un impago o retraso en el pago, incluyendo todos los servicios adicionales contratados.
Así, el Proveedor podrá llegar a la desactivación del Alojamiento si el Cliente no realiza los pagos correspondientes. El Cliente deberá volver a subir los datos borrados en el caso de que este realice el pago a posteriori de las cantidades adeudadas.
DECIMOCTAVA. Responsabilidad sobre los datos incluidos en el Alojamiento
Siguiendo el artículo 16 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, el Proveedor no será responsable de la información almacenada o incluida en el Hardware del Cliente, siempre que:
a. No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o
b. si lo tienen, actúen con diligencia para retirar estos datos o hacer imposible el acceso a ellos, poniendo en conocimiento de las autoridades estos posibles incumplimientos.
En todo caso, el Proveedor mantendrá los datos el tiempo que se pueda exigir por Ley con el fin de poder determinar su origen si así es requerido por las autoridades correspondientes.
DECIMONOVENA. 82855828 2555 85 2528258822 528 82588882 52 88225282222
58 252822525 588222555 52 828 225828 2522585828 2 22828828 552855528 22 858 8282585882228 2555 2528255 28 82588882 52 88225282222. 5528822 8222555, 22 85 8582, 822 85 252282 22582258, 8582228 5258825552 858 252882228 5288825252 828 252255258 258 552855528, 2 882582252 858 8282558882228 22828558 225 28 252822525 22 82282252885 822 858 288825882228 852 58522 225 28 25282222 82225522 252222 58 8882222. 58 252822525 82 8222522222, 8255822222, 5 852 58852 22582258 228552552 52 2555228255 28 82588882 52 88225282222 8222285 858 22828855528 255288585528 528 8882222 2 828 25888822 85 82552822 582.
52 28228858, 28 252822525 82 8222522222 5 852 858 22582258 2 222825528 852 25582552 852555 558858258 5 85 2528258822 528 82588882 52 88225282222 222252 85 8558828858822 2 25225822885 552855558 2555 85 52588258822 52 828 25585228 8228228528. 8, 58828822, 5282552 8222825 28 822222852 52 858 28282585882228 528528858 5 252282555 82228282558, 8222852288588555, 2 58 25525282222 52 828 55228 52 85558225 22582258 852 82 2825882822 22 28 82225522, 588 8222 85 2888258822 22582258 52 52822255828.
VIGÉSIMA. Garantía del servicio de Alojamiento
El Proveedor prestará el servicio de Alojamiento de forma adecuada según lo señalado en este Contrato, garantizando el correcto mantenimiento técnico de las instalaciones y la formación adecuada de sus empleados para permitir la correcta instalación del Hardware. Contenido de la garantía ofrecida por el Proveedor
El Proveedor se compromete al correcto funcionamiento del Alojamiento, estableciendo los sistemas de monitorización necesarios para garantizar la conectividad del Hardware y determinar la posible existencia de errores o problemas en la configuración de los servidores. De esta forma, se descontarán del precio los días completos que el Proveedor no pueda garantizar la conectividad del Hardware o el acceso de los datos al Cliente.
En todo caso, esta garantía no será de aplicación en los casos en los que los problemas de conectividad o funcionamiento del Hardware se deba a alguna de las siguientes circunstancias:
a. El uso inadecuado o abusivo del Hardware y de su conectividad realizado por parte del Cliente.
b. Los cambios en la configuración en el Hardware realizado por el propio Cliente.
c. Los fallos derivados del software o programas instalados en el Hardware, así como los derivados de un virus, troyano o cualquier otro tipo de malware que pueda afectar al Hardware o a las instalaciones del Proveedor.
d. Los cortes en la conectividad relacionados con el sistema de comunicación, como son los fallos en la red telefónica o en cualquier otro de los componentes de la red.
e. La existencia de errores o averías que afecten al servicio de Alojamiento derivados de situaciones de fuerza mayor o de posibles sabotajes o ataques realizados por parte de terceros.
f. Los cortes en el servicio llevados a cabo por el Proveedor en los casos de que se incumpliera con alguna de las condiciones aquí señaladas o en el caso de que se detecte el uso de software ilegal o sin las correspondientes autorizaciones sobre el Hardware.
VIGESIMOPRIMERA. Desistimiento del Contrato
Siguiendo lo dispuesto en el artículo 68 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Consumidores y Usuarios, el Cliente podrá desistir del Contrato en el plazo de 14 días desde su entrada en vigor. En el caso de que se desee desistir del contrato, el Cliente deberá comunicar esta circunstancia de forma fehaciente por escrito indicando su nombre completo, documento de identificación, su domicilio y su firma que será remitido a la dirección señalada en el encabezamiento de este Contrato o en la siguiente dirección de email:
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VIGESIMOSEGUNDA. Gastos
El Proveedor se hará cargo de todos los gastos relacionados con el servicios de Alojamiento. Deberá hacerse cargo del pago de los medios e instrumentos necesarios para poder ejecutar el Contrato correctamente, así como de todos los impuestos o tasas que se devenguen en relación con el desarrollo de la actividad, quedando el Cliente completamente indemne del pago de todos estos gastos.
VIGESIMOTERCERA. Inexistencia de relación laboral
La relación entre las Partes tiene, exclusivamente, un carácter mercantil, no existiendo vínculo laboral alguno entre el Proveedor y el Cliente, o, en su caso, el personal de aquel.
En este último supuesto, dicho personal no podrá considerarse, basándose en la existencia de este Contrato o de su cumplimiento, ni de hecho ni de derecho, como un empleado del Cliente y, por ello, dependerá a todos los efectos, incluidos los aspectos laborales y de Seguridad Social, única y exclusivamente de la dirección del Proveedor.
- Responsabilidad sobre el personal del Proveedor
El Proveedor, asimismo, reconoce que el personal que pudiera colaborar en la prestación del servicio de Alojamiento estará contratado conforme a la Ley y asume cuantas obligaciones se deriven de la legislación social y, en especial, de las disposiciones vigentes en materia de Seguridad Social, Seguridad e Higiene en el Trabajo y prevención de riesgos laborales, eximiendo al Cliente de cualquier responsabilidad que se pudiera derivar como consecuencia de su incumplimiento.
El Cliente, igualmente, renunciará expresamente a contratar, directamente o a través de terceros, a ningún empleado del Proveedor mientras no finalice, al menos, el presente Contrato.
En todo caso, el Cliente podrá requerir al Proveedor que le facilite una copia de la documentación justificativa de encontrarse al corriente de las obligaciones laborales y tributarias con la Administración o con cualquier tercero jurídicamente obligatorio.
VIGESIMOCUARTA. Cumplimiento normativa aplicable
El Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento cumpliendo de forma diligente con toda la normativa aplicable y, en particular, con todas las obligaciones laborales, de la Seguridad Social, fiscales, sobre la competencia desleal y de protección de datos que le sean aplicables en relación con el servicio de Alojamiento.
VIGESIMOQUINTA. Responsabilidad
Incurrirá en responsabilidad cualquiera de las Partes que actúe de forma negligente o culposa en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato y ocasionare con ello un daño o perjuicio a la otra Parte. La Parte que tenga que afrontar cualquier tipo de daño o perjuicio en virtud de la actuación de la otra Parte podrá reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
i) Responsabilidad del Proveedor
El Proveedor prestará el Alojamiento con la diligencia y calidad debida, comprometiéndose a asumir la responsabilidad por los errores, defectos o demoras producidas en su ejecución, o por su incorrecta o falta de ejecución. No obstante, el Proveedor no será responsable de los errores, defectos o demoras producidas en la ejecución, o la incorrecta ejecución o de la no ejecución del Contrato, cuando esto emane de la omisión o falseamiento de cualquier información, documento o dato facilitado por el Cliente; el Proveedor tampoco estará obligado a verificar la autenticidad y exactitud de dichos datos o informaciones.
El Proveedor responderá en los supuestos de deficiencia en el funcionamiento del Alojamiento o ante la existencia de fallos técnicos con las siguientes características:
a. que impidan su uso correcto;
b. que no tengan su origen en un uso inadecuado, negligente o abusivo por parte del Cliente del Alojamiento o contrario a las instrucciones o guías establecidas por parte del Proveedor
c. relacionado con lo anterior, que no se deriven o relacionen con una configuración o instalación inadecuada llevada a cabo por el Cliente o por utilizar software sin las correspondientes licencias o permisos de uso; y,
d. no tengan su origen en circunstancias de fuerza mayor o de carácter fortuito.
En estos casos, el Proveedor tratará de solucionar esta incidencia lo antes posible con el fin de producir los menores perjuicios posibles.
ii) Responsabilidad sobre las claves de acceso al Hardware
El Cliente será el único responsable de la gestión de las claves de acceso al Hardware, debiendo encargarse de su correcta gestión y de evitar su pérdida.
VIGESIMOSEXTA. Elevación a público del Contrato
Cualquiera de las Partes podrá solicitar, mediante requerimiento fehaciente, la elevación a público del presente Contrato.
En ese caso, las Partes elegirán por mutuo acuerdo el Notario o Notaria Público ante el cual se otorgará la escritura pública y la parte solicitante se hará cargo de los correspondientes gastos notariales.
VIGESIMOSÉPTIMA. Fuerza mayor
Ninguna de las Partes podrá ser considerada como responsable de un retraso, defecto o error en la ejecución de sus obligaciones contractuales cuando aquellos son debidos u ocasionados por una causa de fuerza mayor. No obstante, las Partes quedan obligadas a notificar a la otra Parte cuando tengan conocimiento de que una causa de esta naturaleza ha ocurrido y afectará a la correcta ejecución de sus obligaciones.
Se entenderá por "fuerza mayor": inundación, incendio, explosión, avería en la planta de producción, cierre patronal, huelga, disturbio civil, bloqueo, embargo, mandato, ley, orden, regulación, ordenanza, cortes de energía, averías graves imprevistas no derivadas de la falta de mantenimiento, demanda o petición de cualquier Gobierno o de cualquier subdivisión o representante de este, o cualquier otra causa, que esté fuera del control de la Parte involucrada, sin que pueda entenderse que la falta de fondos constituye una causa de fuerza mayor.
De esta forma, el Cliente deberá soportar durante el tiempo que dure la situación de fuerza mayor los posibles cortes en el servicio de Alojamiento que se puedan ver derivados de una situación de fuerza mayor. De esta forma, el Cliente no podrá exigir responsabilidad al Proveedor en estos casos.
VIGESIMOCTAVA. Obligación de secreto y confidencialidad
Las Partes reconocen que toda la información a la que se puedan tener acceso en el marco del Contrato, incluidos todos los datos transmitidos durante la prestación del servicio de Alojamiento (en adelante, la "Información"), tiene carácter confidencial. De esta forma, las Partes acuerdan no divulgarla y mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha Información, advirtiendo, en su caso, de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por su cargo o relación personal o sentimental deba o pueda tener acceso a la misma.
Ninguna de las Partes podrá reproducir, modificar, hacer copias, revelar al público o divulgar a terceros la Información sin previa autorización escrita y expresa de la otra Parte.
Las Partes se comprometen a poner los medios necesarios para que la Información no sea divulgada ni cedida. Adoptarán las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto a la información confidencial de su propiedad, debiendo evitar su pérdida, robo o sustracción.
i) Obligación de respeto de la cláusula de confidencialidad por parte de empleados y/o asociados
El receptor de la Información se compromete, en su caso, a advertir sobre la existencia del deber de confidencialidad a sus empleados, asociados, y a toda persona a la cual se le facilite la Información, haciéndose responsable del uso indebido que estos puedan hacer de la Información relacionada con el Contrato.
ii) Denuncia de actividades de terceros que pueda afectar a la información confidencial
La Parte que recibe la Información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la Información o que pueda suponer un riesgo de su divulgación.
iii) Protección de la confidencialidad de los datos recogidos en el Hardware
El Cliente será el único responsable de garantizar la confidencialidad de todos los datos recogidos en el Hardware, debiendo así adoptar las medidas necesarias para garantizar su protección, no pudiendo exigirse responsabilidad alguna sobre este punto al Proveedor.
iv) Uso de la información confidencial
Ambas Partes se comprometen a que la utilización de la Información solo estará dirigida a alcanzar los objetivos del Contrato y no otros, y que, así, solo estará en conocimiento de aquellas personas estrictamente necesarias para cumplir con aquellos.
v) Periodo de protección de la información confidencial
Las disposiciones relativas a la confidencialidad previstas en este Contrato se aplicarán durante la vigencia del mismo y se mantendrán durante el siguiente período: ________ tras su terminación. Este plazo de tiempo es inmediato a la terminación del Contrato.
VIGESIMONOVENA. Protección de datos
Las Partes de este Contrato conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.
De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Contrato consienten que sus datos personales recogidos en el mismo, así como aquellos que se pudiesen recoger en el futuro para poder dar cumplimiento o una correcta ejecución de este mismo, podrán ser incorporados por la otra Parte a su propio fichero, automatizado o no, de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.
i) Prohibición de la comunicación de datos a terceros
En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no sean comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre, y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.
De esta Estipulación no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.
ii) Propiedad de los datos
Respecto de los datos personales a los que el Proveedor tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio de Alojamiento, estos son propiedad exclusiva del Cliente y se entenderán facilitados de forma voluntaria por este, y sólo serán utilizados con la finalidad de prestar el servicio de Alojamiento, comprometiéndose el Proveedor a no aplicarlos ni utilizarlos para finalidad distinta de la pactada y a no comunicarlos a otras personas, ni siquiera a efectos de conservación. Asimismo, se obliga a devolver íntegramente al Cliente los ficheros, automatizados o no, de datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso, cuando sea requerido a ello por el Cliente, y/o a proceder a la destrucción de los soportes y/o documentos donde se contengan dichos datos al finalizar el presente Contrato y, en todo caso, al vencimiento del presente Contrato.
iii) Obligaciones del Proveedor en relación con el tratamiento de los datos
El Proveedor se compromete a que el tratamiento de los datos de carácter personal a los que tenga acceso con el fin de permitir prestar el servicio de Alojamiento, y de cuanta información en general le sea facilitada por el Cliente, sea realizado manteniendo el más estricto secreto profesional y absoluta confidencialidad respecto de los datos de los mismos, así como a cumplir diligentemente el deber de guardia y custodia que sobre los mismos impone el RGPD y la LOPD.
Estos deberes serán exigibles al Proveedor durante la vigencia del presente Contrato y aún después de producida su terminación por cualquier causa del mismo, siendo responsable frente al Cliente del incumplimiento de las obligaciones aquí asumidas.
Asimismo, el Proveedor se compromete a adoptar las medidas técnicas y/u organizativas necesarias para proteger los datos de carácter personal a los que tenga acceso y a evitar su alteración, pérdida, tratamiento y acceso no autorizado, y ello en consonancia con el RGPD, la LOPD y sus normas complementarias de desarrollo.
iv) Responsabilidad del Proveedor en relación con el tratamiento de los datos
El Proveedor responderá frente al Cliente del incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de esta Estipulación, incluso cuando dicho incumplimiento sea imputable, en su caso, al personal del cual deberá responder legalmente.
TRIGÉSIMA. Propiedad intelectual e industrial
En primer lugar, el Cliente es el titular legal de todo el Hardware, así como del software o código utilizado en relación con el servicio de Alojamiento, debiendo disponer de todas las licencias necesarias para poder hacer un correcto uso del software. Será el Cliente el que se deberá encargar de mantener vigente todas estas licencias o derechos de uso sobre el software.
Asimismo, el Cliente deberá garantizar que dispone de la titularidad sobre todos los dominios o direcciones de internet de las que se pueda hacer uso con el Hardware.
i) Limitación de responsabilidad al Proveedor en relación con la propiedad intelectual e industrial
En ningún caso se podrá exigir al Proveedor responsabilidad alguna en el caso de que el Cliente viole la propiedad industrial o intelectual de terceros, así como sobre posibles reclamaciones por parte de terceros sobre los dominios de internet utilizados por el Cliente.
Asimismo, el Proveedor no adquirirá derecho de propiedad o uso alguno sobre el Hardware, así como sobre el software o todos los elementos relacionados con el servicio de Alojamiento.
ii) Responsabilidad del Cliente sobre la titularidad del software usado en relación con sus datos
El Cliente deberá responder del uso fraudulento o sin los permisos o licencias correspondientes de software en relación con los datos almacenados, eximiéndose de cualquier responsabilidad en este punto al Proveedor.
TRIGÉSIMA PRIMERA. Cesión del Contrato. Subcontratación
Las Partes no podrán ceder su posición en el presente Contrato, ni tampoco los derechos u obligaciones que de este mismo emanasen a su favor o a su cargo, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte.
i) Cesión por parte del Cliente
El Cliente no podrá ceder su parte en el contrato a terceros, es decir, no podrán ceder o transmitir su espacio en las instalaciones bajo ningún tipo de acuerdo sin contar con la autorización específica por parte del Proveedor.
ii) Cesión por parte del Proveedor
En particular esta Estipulación regirá de forma que el Proveedor se compromete a comunicar al Cliente, por escrito y previamente a la celebración de un acuerdo de subcontratación, su intención de contratar a una parte subcontratista o un redactor que le asista en la preparación del servicio de Alojamiento, la identidad del misma, el tipo de servicios y trabajos a realizar por esta y las condiciones económicas y legales de la relación de subcontratación. Todo ello, en orden de facilitar que el Cliente pueda aprobar dicha subcontratación, sin que dicha autorización suponga la asunción de responsabilidad alguna por parte del Cliente o la aprobación del resultado de los servicios y trabajos que la parte subcontatista provea.
iii) Responsabilidad del Proveedor sobre la subcontratación
Igualmente, será responsabilidad del Proveedor comprobar que la parte subcontratista está autorizada para la prestación de los servicios de Alojamiento objeto de subcontratación, así como para regular por escrito la relación contractual con la misma, incorporando o anexando los acuerdos establecidos en el presente Contrato. Además, el Proveedor se obliga a entregar al Cliente una copia de dicho contrato en los 5 (cinco) días siguientes a su firma.
La parte subcontratista actuaría en todo momento bajo la dirección y control del Proveedor, quien se obliga y responsabiliza de hacer cumplir a la parte subcontratista de todas las obligaciones asumidas en el presente Contrato.
El Proveedor responderá solidariamente de las obligaciones que asuma la parte subcontratista, incluso cuando el Cliente hubiera autorizado dicha subcontratación, incluyendo los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dicha parte subcontratista. Del mismo modo, cualquier acto, error o negligencia en el cumplimiento de las obligaciones laborales o de Seguridad Social de la parte subcontratista, de sus representantes, o trabajadores, no serán, en ningún caso, responsabilidad del Cliente.
El incumplimiento de esta Estipulación por el Proveedor será motivo suficiente para resolver el presente Contrato.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. Inexistencia de renuncia
La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Contrato, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Contrato; y, (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Contrato.
La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Contrato, o a una parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, pudiendo quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportunas, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.
TRIGÉSIMA TERCERA. Causas de resolución
Las Partes se comprometen a cumplir las obligaciones que emanan de este Contrato para cada una de ellas en los términos y condiciones establecidos a lo largo del mismo.
En el supuesto de que alguna de las Partes incumpliera alguna de las obligaciones del Contrato, o las cumpliera de forma defectuosa, la Parte que a su vez sí hubiera cumplido con las suyas podrá considerar que ha existido incumplimiento del contrato en los términos establecidos por el artículo 1.124 del Código Civil, quedando facultada para optar entre resolver el Contrato o exigir su cumplimiento, reclamando, en ambos casos, la correspondiente indemnización de daños y perjuicios.
Además, el Contrato se considerará resuelto por la insolvencia definitiva o provisional, la suspensión de pagos, la quiebra, el concurso de acreedores, y/o el acuerdo de liquidación de cualquiera de las Partes.
i) Resolución por incumplimiento por parte del Proveedor
También será causa de resolución anticipada del Contrato las situaciones en las que existan deficiencias recurrentes en la calidad o características en el servicio de Alojamiento por el Proveedor y/o no fueran conforme a las instrucciones u objetivos establecidos en este Contrato, siempre que no se deba a una situación de fuerza mayor o a la realización de un uso inadecuado por parte del Cliente atendiendo a lo dispuesto en este Contrato.
Igualmente, será causa de resolución del Contrato aquellas situaciones en las que el Proveedor deje de prestar el servicio de Alojamiento o parte del servicio de Alojamiento que forma parte del objeto de este Contrato. Se entenderá que el Proveedor ha dejado de prestar el servicio de Alojamiento cuando no se desarrolle dicha actividad regularmente o no cuenta con los medios materiales y personales adecuados o necesarios.
ii) Resolución por incumplimiento por parte del Cliente
La falta de pago del servicio de Alojamiento por parte del Cliente dará derecho al Proveedor a rescindir el Contrato y, si lo estimara oportuno, a proceder a su reclamación conforme a la Ley.
En este caso, el Proveedor podrá mantener en depósito el Hardware hasta que el Cliente cumple con su obligación de satisfacer los pagos pendientes.
Si la terminación del Contrato se produce por la decisión del Cliente de cambiar de proveedor de servicio de housing, este deberá asumir los costes necesarios para poder realizar correctamente la migración de los componentes a otras instalaciones.
iii) Resolución del Contrato por voluntad de ambas Partes
Asimismo, se podrá resolver el Contrato por voluntad de cualquiera de las Partes, siempre que la Parte que así lo desee notifique su voluntad a la otra Parte por escrito y conforme al procedimiento de notificación establecido en este Contrato con una antelación mínima de: ________.
En este último supuesto, cuando se resuelva el Contrato por voluntad del Cliente, este deberá, no obstante, abonar al Proveedor toda factura devengada y no pagada relacionada con el servicio de Alojamiento durante el tiempo que el Contrato ha estado en vigor, así como una posible indemnización por daños y perjuicios si ejercita su voluntad sin respetar el preaviso y método de notificación aquí establecido. Igualmente, cuando se resuelva el Contrato por voluntad del Proveedor, este deberá facilitar al Cliente todo documento, elemento, bien, material, y/o producción que hubiese podido resultar de su actividad creativa hasta ese momento, además de una posible indemnización por daños y perjuicios que pudiera mediar si ejercita su voluntad sin respetar el preaviso y método de notificación aquí previsto.
TRIGÉSIMA CUARTA. Notificaciones
Para realizar cualquier notificación entre las Partes que tenga como origen el presente Contrato, estas acuerdan que su domicilio a efectos de las mismas sean las direcciones indicadas al principio de este Contrato. Para que una notificación entre las Partes sea efectuada de forma válida, deberá realizarse por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra Parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio a efectos de notificaciones, se deberá comunicar esta nueva información, lo más pronto posible, a la otra Parte siguiendo el procedimiento aquí establecido.
TRIGÉSIMA QUINTA. Integridad del Contrato y anulabilidad
Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes.
Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato, estos forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales.
Además, si se diese el caso de que una o varias estipulaciones devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas estipulaciones o partes del Contrato afectadas.
TRIGÉSIMA SEXTA. Acciones legales, legislación aplicable y jurisdicción
Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Contrato así como sus correspondientes anexos, si los hubiere, y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.
Todo litigio relativo, especialmente, pero no solo, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Contrato y, en general, a la relación establecida entre las Partes, será sometido a la legislación española.
Así, en caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación al mismo, las Partes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.
EN VIRTUD DE LO CUAL, las Partes reconocen haber leído en su totalidad el Contrato, manifiestan comprenderlo, y aceptan obligarse por sus términos y condiciones, constituyendo el completo y el total acuerdo de las Partes. Y, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Contrato en todas sus hojas, y en tantas copias originales como Partes participen en el Contrato, constituyendo todas esas copias un único acuerdo, en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.
EL PROVEEDOR
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EL CLIENTE
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Conteste la pregunta y haga click en "Paso siguiente".
El documento se va redactando en función de tus respuestas: se añaden o se eliminan artículos, se modifican párrafos, se cambian palabras...
Al finalizar, recibirás el documento de forma inmediata en los formatos Word y PDF. Entonces podrás abrir el documento Word para modificarlo y volver a utilizarlo cómo y cuando quieras.
También puedes pedir la ayuda de un abogado.