CONTRATO DE HOSPEDAJE
En ________, a ________
REUNIDOS
De una Parte, como HOSTELERO, Don ________, con DNI ________, y con domicilio en ________. Actúa en nombre y representación propia.
De otra Parte, como HUÉSPED, Don ________, con DNI ________, y con domicilio en ________. Actúa en nombre y representación propia.
HOSTELERO y HUÉSPED serán denominados, de ahora en adelante, como las "Partes".
Ambas Partes, mutua y recíprocamente se reconocen capacidad jurídica para suscribir el presente Contrato, no existiendo en ellas incapacidad legal o vicio de consentimiento alguno, por lo que de sus libres y espontáneas voluntades,
EXPONEN
I.- Que el HOSTELERO, del establecimiento ubicado en: ________, tiene todos los requisitos legales para otorgar el presente Contrato de hospedaje.
Dicho inmueble está inscrito en el Registro de la Propiedad de ________, con los siguientes datos registrales: ________.
II.- Que el HUÉSPED se encuentra interesada en hospedarse en las instalaciones descritas anteriormente.
Y expuesto cuanto antecede, las Partes reunidas acuerdan celebrar el presente Contrato acorde a las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERO.- OBJETO
El objeto del Contrato es el alojamiento en la habitación número ________ que el HOSTELERO proporcionará al HUÉSPED.
La habitación ________ dispone de las siguientes características y servicios:
________
Respecto al horario del servicio de alimentos, este se encuentra regulado de la siguiente forma:
________
Todo ello dentro de los precisos términos y condiciones de las cláusulas del presente Contrato. El uso y destino de las instalaciones únicamente se podrá utilizar para fines de hospedaje y de acuerdo a la naturaleza de las instalaciones. En el mismo sentido, el HUÉSPED se compromete a respetar las normas de conducta establecidas.
SEGUNDO.- DURACIÓN
El HUÉSPED deberá llegar al establecimiento entre las siguientes fechas:
- Entrada: el ________, a partir de las: ________. Si se tiene alguna demora se deberá informar al HOSTELERO.
- Salida: el ________, a las: ________. A partir de esta hora, empezará a correr otro día. Con la autorización previa del HOSTELERO, el HUÉSPED podrá salir más tarde pero en ningún caso más allá de las 15:00 PM. de la tarde.
En caso de así necesitarlo, el HUÉSPED podrá solicitar al HOSTELERO extender la duración del Contrato de hospedaje. Esta extensión deberá efectuarse por escrito y se pondrá como anexo al presente Contrato, especificando la duración y los costes a cubrir por la misma.
En caso de que el HUÉSPED no desocupe la habitación al vencimiento del plazo del Contrato, abonará una suma diaria equivalente a una noche de alojamiento, hasta la efectiva desocupación, más los daños y perjuicios que ocasione al HOSTELERO.
Llegado el día del vencimiento del Contrato, el HUÉSPED abandonará la habitación obligándose a dejarla en las mismas condiciones en las que la recibió, particularmente en lo relativo a aquellos servicios, muebles y enseres que están a su disposición en la habitación; en el mismo momento, las llaves serán restituidas al HOSTELERO. Asimismo, el HUÉSPED se compromete a dejar la habitación libre de efectos personales, y/u otros enseres propios.
TERCERO.- EL PRECIO
El precio del presente Contrato corresponde al canon por noche que el HUÉSPED se obliga a pagar y que asciende a la suma de ________ € (________) para toda la temporada del alojamiento, tal y como aparece recogida en la cláusula anterior. Este importe contempla todas las cantidades y conceptos relativos al servicio que se presta, por lo cual el HOSTELERO queda obligado a respetar en todo momento dichas cantidades.
Esta cantidad acordada en concepto de precio se ha fijado tomando en consideración o incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido o cualquier otro que, en su caso, fuera a sustituir al mismo.
La referencia al Impuesto sobre el Valor Añadido deberá entenderse hecha al Impuesto General Indirecto Canario y/o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla, en aquellos territorios en los que estas figuras impositivas rijan, o bien, a cualesquiera otras figuras impositivas que vengan a sustituir a las anteriores.
El HUÉSPED deberá pagar también todos los cargos por concepto de alimentos, bebidas, lavandería y en general por todos aquellos se generen durante su estadía y que decida cargar a su cuenta.
El incumplimiento del pago acordado generará a cargo del HUÉSPED intereses de mora a la tasa máxima permitida.
CUARTO.- FORMA DE PAGO
El precio acordado será satisfecho conforme a las siguientes instrucciones:
Al momento del inicio del presente Contrato de hospedaje, es decir, al momento de la entrada/llegada al alojamiento del HUÉSPED para su uso y disfrute.
El abono de la renta o precio será realizado mediante: ingreso o transferencia bancaria a la cuenta de la que el HOSTELERO es titular y de la que, a continuación, se especifican todos los datos necesarios:
Banco: ________
Titular: ________
IBAN: ________
El comprobante de ingreso o transferencia resultante de la realización de dicha transacción servirá como comprobante o justificante del pago efectuado.
QUINTO.- CUSTODIA DE DINERO Y OBJETOS DE VALOR
De conformidad con el artículo 1783 del Código Civil, el HUÉSPED podrá entregar bajo recibo en la recepción del establecimiento dinero y objetos de valor para su custodia. Para tal efecto, la entrega deberá hacerse ante el funcionario designado por el establecimiento y necesariamente deberá levantarse un acta donde se relacione el dinero o los objetos entregados. La responsabilidad del establecimiento será la del depositario, en los términos del artículo 1783 del Código Civil. Los objetos de valor como joyas, cámaras, dinero, computadores, celulares, equipos o utensilios que permanezcan en la habitación o áreas de servicios diferentes a las que el establecimiento dispone para depósito, estarán bajo el único riesgo del HUÉSPED ya que en este caso el establecimiento no asume responsabilidad alguna, en caso de pérdida o deterioro.
SEXTO.- PERSONAS ADICIONALES A LA RESERVA INICIAL
Sólo las personas previstas en el Contrato tendrán derecho a alojarse en el establecimiento objeto de este Contrato. Si por alguna circunstancia se incumpliere este límite, el HOSTELERO podrá dar por terminado el Contrato por incumplimiento, en forma inmediata, sin devolución de suma alguna ya recibida ella, a modo de sanción.
SÉPTIMO.- CANCELACIÓN DE LA RESERVA
La reserva por el hospedaje se podrá cancelar siempre que se comunique con antelación mínima de ________ días respecto a la fecha inicial del servicio sin cargo adicional alguno. En cuyo caso, se devolverán, de ser el caso, cualquier cantidad abonada para efectos, en un plazo máximo de 10 días, a partir de la fecha de cancelación.
En caso de que el HUÉSPED no cumpla con lo establecido en el párrafo anterior, este perderá el ________% (________ por ciento) de las cantidades abonadas, de ser el caso.
OCTAVO.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1. El HOSTELERO tiene los siguientes derechos y obligaciones:
a) Entregar en óptimas condiciones las instalaciones motivo del servicio de hospedaje y en los tiempos pactados;
b) Otorgar la información necesaria, solicitada por el HUÉSPED para efectos de este Contrato;
c) Informar al HUÉSPED de los precios y demás prestaciones que contemple el servicio de hospedaje contratado;
d) Informar al HUÉSPED del reglamento interno a cumplir en tanto dure el hospedaje;
e) La limpieza de la habitación y cambio de toallas, sábanas de forma diaria;
f) Mantener, con carácter indefinido, la más estricta confidencialidad en relación a los datos de carácter personal tratados, de acuerdo a la normativa aplicable;
g) Responsabilizarse por los daños hechos en los efectos, tanto por el personal del establecimiento como por los extraños; pero no los que provengan de robo a mano armada o sean ocasionados por otro suceso de fuerza mayor;
h) Cumplir con todas las obligaciones que deriven del Contrato.
2. El HUÉSPED tiene los siguientes derechos y obligaciones:
a) Realizar los pagos en tiempo y forma establecidos;
b) Cumplir con el reglamento interno de las instalaciones del hospedaje;
c) Deberá mantener las instalaciones en óptimas condiciones hasta el momento de la entrega de las llaves;
d) Entregar las llaves en el tiempo y forma pactados en el Contrato;
e) Se prohíbe la cesión o subarriendo de los servicios de hospedaje, salvo autorización expresa y por escrito del HOSTELERO;
f) Se prohíbe utilizar las habitaciones para juegos de azar prohibidos por la Ley o celebrar reuniones que tengan por objeto alterar el orden público o desobedecer las Leyes o Reglamentos vigentes;
g) Se prohíbe ejecutar cualquier acto que ocasione daños o perjuicios al establecimiento o a los demás huéspedes, o sea contrario al decoro o al comportamiento social.
h) No llevar a cabo ninguna obra que altere o modifique las instalaciones, ni tampoco instalar ningún sistema de seguridad adicional de los ya dispuestos;
i) No realizar fiestas o reuniones con participación de terceros no inscritos en el Contrato, a no ser se haya llegado a un acuerdo previo con el HOSTELERO y se haya fijado una tarifa para dicho evento;
j) No poner música con niveles que incomoden la tranquilidad del resto de huéspedes;
k) El HUÉSPED no podrá llevar mascotas al establecimiento objeto de este Contrato, a menos que el HOSTELERO los haya autorizado. Si se presenta con un animal sin la autorización correspondiente, se le podrá prohibir su ingreso;
l) El HUÉSPED no podrá fumar en la habitación. Todas las habitaciones del establecimiento son libres de humo. Si el HUÉSPED fuma en la habitación, por cada día que lo haga deberá pagar el costo en el que debe incurrir el establecimiento para desodorizar y limpieza de la habitación.
NOVENO.- CAUSAS DE RESCISIÓN
El presente Contrato podrá ser resuelto por el mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que ellas determinen. Igualmente, el Contrato de hospedaje finalizará en los siguientes eventos:
a) Por vencimiento del plazo pactado.
b) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de las Partes y puntualmente por el incumplimiento del pago del precio o canon a cargo del HUÉSPED o por incumplimiento del pago de los alimentos y bebidas o demás servicios complementarios que el HUÉSPED hubiera cargado a la habitación o a su cuenta personal.
c) En los eventos en que, a juicio exclusivo del establecimiento, el comportamiento o la indumentaria del HUÉSPED no sea la adecuada, o a juicio del establecimiento atente contra la tranquilidad y/o salubridad de los demás huéspedes o de los visitantes del establecimiento.
La terminación del Contrato no exonera ni libera al HUÉSPED del pago de los saldos pendientes.
DÉCIMO.- 2885588588 85 DATOS
258 255228 52 2822 82225522 8222822 2 82 2888252 5 8522885 28 8228522222 (55) 5825/588 528 2558522222 5552222 2 528 8228222, 52 58 52 58588 52 5825, 52852882 5 85 2522288822 52 858 22582258 2888858 22 82 852 52822825 58 25525282222 52 55228 2258225828 2 5 85 88852 88585858822 52 28228 55228 (8228), 588 8222 85 222 85252885 8/5822, 52 2 52 588822852, 52 2522288822 52 85228 2258225828 2 25552285 52 828 52528528 582825828.
82 2825 22525, 858 255228 822 82288822228 52 852 22585222 85 28525 52 2822 82225522 8228822222 852 858 55228 2258225828 528228528 22 28 25282222 82225522, 588 8222 58528828 852 82 25582822 5282225 22 28 252552 2555 22525 555 852288282222 2 525 82552825 222858822 52 2822 28822, 2255852 825 828252255528 225 85 2255 25522 5 85 252282 2885252 552225282552 2 22 52 52822855 52 55228 822 28 282 52 22285255 8255282522222 85 52858822 82225582558 2, 2822255822222, 2555 525 2282822 55282882552885 2/2 822258858.
52 2252 8582, 858 255228 82 82225222222 5 852 28228 55228 2258225828 22 82552 82252885528 22 282252 8582 5 22582528, 552852, 88 82 58282 28 8582 52 852 25255 5 5258825582 58252 2822 52 822528858822 52 55228 2258225828, 82 82225222222 8822252 2 52 22525 252885, 5 828888255 28 82282228282222 2525282, 822252552, 2 8228588282 52 85 25522 852 28 2825855 52 588528 55228 52 85558225 22582258.
82 2825 88558585 22 5285825 2822525 8828258822 2 52825888822 2555 858 255228 22 855222 58 222588882 52 828 52528528 52 588282, 5282828858822, 852528822, 8828258822, 225258888555 5 222888822 822 828 852 25582552 822255.
DECIMOPRIMERO.- 882585258 2888 88552588858855
2555 52588255 855885825 222828858822 22252 858 255228 852 22225 8222 258222 28 25282222 82225522, 28258 58525552 852 85 522888882 5 2228228 52 858 288258 8252 858 58528882228 825885558 58 258288282 52 2822 82225522. 2555 852 525 222828858822 22252 858 255228 825 222825555 52 22525 858855, 528255 5258825582 225 52 22582 2255882222 852 5222 8228252885 528 2222222 22 852 55 8852 2288555, 5 852 585288822 55 8852 2288555 2 28 2222222 52 85 528228822 225 85 2255 25522. 855252 82 252552255 52 852882 22 28 522888882 5 2228228 52 22282885882228, 82 528255 822528855 2825 25285 82225258822, 82 258 252222 2288882, 5 85 2255 25522 2 882582252 28 2528258282222 5858 28258828852.
DECIMOSEGUNDO.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO Y ANULABILIDAD
Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes.
Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato de hospedaje, forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales.
Además, si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas cláusulas o partes del contrato afectadas.
HOSTELERO:
Fdo. Don ________.
HUÉSPED:
Fdo. Don ________.
CONTRATO DE HOSPEDAJE
En ________, a ________
REUNIDOS
De una Parte, como HOSTELERO, Don ________, con DNI ________, y con domicilio en ________. Actúa en nombre y representación propia.
De otra Parte, como HUÉSPED, Don ________, con DNI ________, y con domicilio en ________. Actúa en nombre y representación propia.
HOSTELERO y HUÉSPED serán denominados, de ahora en adelante, como las "Partes".
Ambas Partes, mutua y recíprocamente se reconocen capacidad jurídica para suscribir el presente Contrato, no existiendo en ellas incapacidad legal o vicio de consentimiento alguno, por lo que de sus libres y espontáneas voluntades,
EXPONEN
I.- Que el HOSTELERO, del establecimiento ubicado en: ________, tiene todos los requisitos legales para otorgar el presente Contrato de hospedaje.
Dicho inmueble está inscrito en el Registro de la Propiedad de ________, con los siguientes datos registrales: ________.
II.- Que el HUÉSPED se encuentra interesada en hospedarse en las instalaciones descritas anteriormente.
Y expuesto cuanto antecede, las Partes reunidas acuerdan celebrar el presente Contrato acorde a las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERO.- OBJETO
El objeto del Contrato es el alojamiento en la habitación número ________ que el HOSTELERO proporcionará al HUÉSPED.
La habitación ________ dispone de las siguientes características y servicios:
________
Respecto al horario del servicio de alimentos, este se encuentra regulado de la siguiente forma:
________
Todo ello dentro de los precisos términos y condiciones de las cláusulas del presente Contrato. El uso y destino de las instalaciones únicamente se podrá utilizar para fines de hospedaje y de acuerdo a la naturaleza de las instalaciones. En el mismo sentido, el HUÉSPED se compromete a respetar las normas de conducta establecidas.
SEGUNDO.- DURACIÓN
El HUÉSPED deberá llegar al establecimiento entre las siguientes fechas:
- Entrada: el ________, a partir de las: ________. Si se tiene alguna demora se deberá informar al HOSTELERO.
- Salida: el ________, a las: ________. A partir de esta hora, empezará a correr otro día. Con la autorización previa del HOSTELERO, el HUÉSPED podrá salir más tarde pero en ningún caso más allá de las 15:00 PM. de la tarde.
En caso de así necesitarlo, el HUÉSPED podrá solicitar al HOSTELERO extender la duración del Contrato de hospedaje. Esta extensión deberá efectuarse por escrito y se pondrá como anexo al presente Contrato, especificando la duración y los costes a cubrir por la misma.
En caso de que el HUÉSPED no desocupe la habitación al vencimiento del plazo del Contrato, abonará una suma diaria equivalente a una noche de alojamiento, hasta la efectiva desocupación, más los daños y perjuicios que ocasione al HOSTELERO.
Llegado el día del vencimiento del Contrato, el HUÉSPED abandonará la habitación obligándose a dejarla en las mismas condiciones en las que la recibió, particularmente en lo relativo a aquellos servicios, muebles y enseres que están a su disposición en la habitación; en el mismo momento, las llaves serán restituidas al HOSTELERO. Asimismo, el HUÉSPED se compromete a dejar la habitación libre de efectos personales, y/u otros enseres propios.
TERCERO.- EL PRECIO
El precio del presente Contrato corresponde al canon por noche que el HUÉSPED se obliga a pagar y que asciende a la suma de ________ € (________) para toda la temporada del alojamiento, tal y como aparece recogida en la cláusula anterior. Este importe contempla todas las cantidades y conceptos relativos al servicio que se presta, por lo cual el HOSTELERO queda obligado a respetar en todo momento dichas cantidades.
Esta cantidad acordada en concepto de precio se ha fijado tomando en consideración o incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido o cualquier otro que, en su caso, fuera a sustituir al mismo.
La referencia al Impuesto sobre el Valor Añadido deberá entenderse hecha al Impuesto General Indirecto Canario y/o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla, en aquellos territorios en los que estas figuras impositivas rijan, o bien, a cualesquiera otras figuras impositivas que vengan a sustituir a las anteriores.
El HUÉSPED deberá pagar también todos los cargos por concepto de alimentos, bebidas, lavandería y en general por todos aquellos se generen durante su estadía y que decida cargar a su cuenta.
El incumplimiento del pago acordado generará a cargo del HUÉSPED intereses de mora a la tasa máxima permitida.
CUARTO.- FORMA DE PAGO
El precio acordado será satisfecho conforme a las siguientes instrucciones:
Al momento del inicio del presente Contrato de hospedaje, es decir, al momento de la entrada/llegada al alojamiento del HUÉSPED para su uso y disfrute.
El abono de la renta o precio será realizado mediante: ingreso o transferencia bancaria a la cuenta de la que el HOSTELERO es titular y de la que, a continuación, se especifican todos los datos necesarios:
Banco: ________
Titular: ________
IBAN: ________
El comprobante de ingreso o transferencia resultante de la realización de dicha transacción servirá como comprobante o justificante del pago efectuado.
QUINTO.- CUSTODIA DE DINERO Y OBJETOS DE VALOR
De conformidad con el artículo 1783 del Código Civil, el HUÉSPED podrá entregar bajo recibo en la recepción del establecimiento dinero y objetos de valor para su custodia. Para tal efecto, la entrega deberá hacerse ante el funcionario designado por el establecimiento y necesariamente deberá levantarse un acta donde se relacione el dinero o los objetos entregados. La responsabilidad del establecimiento será la del depositario, en los términos del artículo 1783 del Código Civil. Los objetos de valor como joyas, cámaras, dinero, computadores, celulares, equipos o utensilios que permanezcan en la habitación o áreas de servicios diferentes a las que el establecimiento dispone para depósito, estarán bajo el único riesgo del HUÉSPED ya que en este caso el establecimiento no asume responsabilidad alguna, en caso de pérdida o deterioro.
SEXTO.- PERSONAS ADICIONALES A LA RESERVA INICIAL
Sólo las personas previstas en el Contrato tendrán derecho a alojarse en el establecimiento objeto de este Contrato. Si por alguna circunstancia se incumpliere este límite, el HOSTELERO podrá dar por terminado el Contrato por incumplimiento, en forma inmediata, sin devolución de suma alguna ya recibida ella, a modo de sanción.
SÉPTIMO.- CANCELACIÓN DE LA RESERVA
La reserva por el hospedaje se podrá cancelar siempre que se comunique con antelación mínima de ________ días respecto a la fecha inicial del servicio sin cargo adicional alguno. En cuyo caso, se devolverán, de ser el caso, cualquier cantidad abonada para efectos, en un plazo máximo de 10 días, a partir de la fecha de cancelación.
En caso de que el HUÉSPED no cumpla con lo establecido en el párrafo anterior, este perderá el ________% (________ por ciento) de las cantidades abonadas, de ser el caso.
OCTAVO.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1. El HOSTELERO tiene los siguientes derechos y obligaciones:
a) Entregar en óptimas condiciones las instalaciones motivo del servicio de hospedaje y en los tiempos pactados;
b) Otorgar la información necesaria, solicitada por el HUÉSPED para efectos de este Contrato;
c) Informar al HUÉSPED de los precios y demás prestaciones que contemple el servicio de hospedaje contratado;
d) Informar al HUÉSPED del reglamento interno a cumplir en tanto dure el hospedaje;
e) La limpieza de la habitación y cambio de toallas, sábanas de forma diaria;
f) Mantener, con carácter indefinido, la más estricta confidencialidad en relación a los datos de carácter personal tratados, de acuerdo a la normativa aplicable;
g) Responsabilizarse por los daños hechos en los efectos, tanto por el personal del establecimiento como por los extraños; pero no los que provengan de robo a mano armada o sean ocasionados por otro suceso de fuerza mayor;
h) Cumplir con todas las obligaciones que deriven del Contrato.
2. El HUÉSPED tiene los siguientes derechos y obligaciones:
a) Realizar los pagos en tiempo y forma establecidos;
b) Cumplir con el reglamento interno de las instalaciones del hospedaje;
c) Deberá mantener las instalaciones en óptimas condiciones hasta el momento de la entrega de las llaves;
d) Entregar las llaves en el tiempo y forma pactados en el Contrato;
e) Se prohíbe la cesión o subarriendo de los servicios de hospedaje, salvo autorización expresa y por escrito del HOSTELERO;
f) Se prohíbe utilizar las habitaciones para juegos de azar prohibidos por la Ley o celebrar reuniones que tengan por objeto alterar el orden público o desobedecer las Leyes o Reglamentos vigentes;
g) Se prohíbe ejecutar cualquier acto que ocasione daños o perjuicios al establecimiento o a los demás huéspedes, o sea contrario al decoro o al comportamiento social.
h) No llevar a cabo ninguna obra que altere o modifique las instalaciones, ni tampoco instalar ningún sistema de seguridad adicional de los ya dispuestos;
i) No realizar fiestas o reuniones con participación de terceros no inscritos en el Contrato, a no ser se haya llegado a un acuerdo previo con el HOSTELERO y se haya fijado una tarifa para dicho evento;
j) No poner música con niveles que incomoden la tranquilidad del resto de huéspedes;
k) El HUÉSPED no podrá llevar mascotas al establecimiento objeto de este Contrato, a menos que el HOSTELERO los haya autorizado. Si se presenta con un animal sin la autorización correspondiente, se le podrá prohibir su ingreso;
l) El HUÉSPED no podrá fumar en la habitación. Todas las habitaciones del establecimiento son libres de humo. Si el HUÉSPED fuma en la habitación, por cada día que lo haga deberá pagar el costo en el que debe incurrir el establecimiento para desodorizar y limpieza de la habitación.
NOVENO.- CAUSAS DE RESCISIÓN
El presente Contrato podrá ser resuelto por el mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que ellas determinen. Igualmente, el Contrato de hospedaje finalizará en los siguientes eventos:
a) Por vencimiento del plazo pactado.
b) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de las Partes y puntualmente por el incumplimiento del pago del precio o canon a cargo del HUÉSPED o por incumplimiento del pago de los alimentos y bebidas o demás servicios complementarios que el HUÉSPED hubiera cargado a la habitación o a su cuenta personal.
c) En los eventos en que, a juicio exclusivo del establecimiento, el comportamiento o la indumentaria del HUÉSPED no sea la adecuada, o a juicio del establecimiento atente contra la tranquilidad y/o salubridad de los demás huéspedes o de los visitantes del establecimiento.
La terminación del Contrato no exonera ni libera al HUÉSPED del pago de los saldos pendientes.
DÉCIMO.- 2885588588 85 DATOS
258 255228 52 2822 82225522 8222822 2 82 2888252 5 8522885 28 8228522222 (55) 5825/588 528 2558522222 5552222 2 528 8228222, 52 58 52 58588 52 5825, 52852882 5 85 2522288822 52 858 22582258 2888858 22 82 852 52822825 58 25525282222 52 55228 2258225828 2 5 85 88852 88585858822 52 28228 55228 (8228), 588 8222 85 222 85252885 8/5822, 52 2 52 588822852, 52 2522288822 52 85228 2258225828 2 25552285 52 828 52528528 582825828.
82 2825 22525, 858 255228 822 82288822228 52 852 22585222 85 28525 52 2822 82225522 8228822222 852 858 55228 2258225828 528228528 22 28 25282222 82225522, 588 8222 58528828 852 82 25582822 5282225 22 28 252552 2555 22525 555 852288282222 2 525 82552825 222858822 52 2822 28822, 2255852 825 828252255528 225 85 2255 25522 5 85 252282 2885252 552225282552 2 22 52 52822855 52 55228 822 28 282 52 22285255 8255282522222 85 52858822 82225582558 2, 2822255822222, 2555 525 2282822 55282882552885 2/2 822258858.
52 2252 8582, 858 255228 82 82225222222 5 852 28228 55228 2258225828 22 82552 82252885528 22 282252 8582 5 22582528, 552852, 88 82 58282 28 8582 52 852 25255 5 5258825582 58252 2822 52 822528858822 52 55228 2258225828, 82 82225222222 8822252 2 52 22525 252885, 5 828888255 28 82282228282222 2525282, 822252552, 2 8228588282 52 85 25522 852 28 2825855 52 588528 55228 52 85558225 22582258.
82 2825 88558585 22 5285825 2822525 8828258822 2 52825888822 2555 858 255228 22 855222 58 222588882 52 828 52528528 52 588282, 5282828858822, 852528822, 8828258822, 225258888555 5 222888822 822 828 852 25582552 822255.
DECIMOPRIMERO.- 882585258 2888 88552588858855
2555 52588255 855885825 222828858822 22252 858 255228 852 22225 8222 258222 28 25282222 82225522, 28258 58525552 852 85 522888882 5 2228228 52 858 288258 8252 858 58528882228 825885558 58 258288282 52 2822 82225522. 2555 852 525 222828858822 22252 858 255228 825 222825555 52 22525 858855, 528255 5258825582 225 52 22582 2255882222 852 5222 8228252885 528 2222222 22 852 55 8852 2288555, 5 852 585288822 55 8852 2288555 2 28 2222222 52 85 528228822 225 85 2255 25522. 855252 82 252552255 52 852882 22 28 522888882 5 2228228 52 22282885882228, 82 528255 822528855 2825 25285 82225258822, 82 258 252222 2288882, 5 85 2255 25522 2 882582252 28 2528258282222 5858 28258828852.
DECIMOSEGUNDO.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO Y ANULABILIDAD
Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes.
Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato de hospedaje, forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales.
Además, si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas cláusulas o partes del contrato afectadas.
HOSTELERO:
Fdo. Don ________.
HUÉSPED:
Fdo. Don ________.
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