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Mediante esta solicitud de retiro de cesantías un trabajador solicita a su empleador o jefe autorización para el retiro total o parcial de sus cesantías. Las cesantías son un aporte obligatorio que los empleadores o jefes deben realizar en nombre de sus empleados y cuya intención es la de servir de ahorro en caso de quedar sin trabajo, o "cesantes", como el nombre lo indica.
Si bien su función principal es la de servir de colchón financiero para el trabajador en caso de quedar sin empleo, la ley autoriza su retiro para otras circunstancias:
Con excepción de las dos últimas, todas las situaciones mencionadas anteriormente requieren la carta de autorización por parte del empleador para el retiro de las cesantías, autorización que muchas veces debe ser solicitada por el trabajador.
La autorización del retiro puede ser total o parcial: total cuando se retira todos los fondos con que cuente el trabajador y parcial cuando sólo sea una parte. Las únicas situaciones en que se hace un retiro parcial es cuando se trate de vivienda o estudios y el valor del retiro será el costo del negocio de vivienda o la matrícula educativa según corresponda. En todos los demás casos el retiro es total.
La solicitud se debe acompañar con los siguientes documentos según corresponda:
Compra de vivienda (nueva o usada): promesa de compraventa, copia del documento de identidad del comprador y vendedor y certificado de tradición y libertad del inmueble.
Mejora o ampliación de vivienda: copia del contrato de obra civil, copia del documento de identidad del maestro de obra y certificado de tradición de libertad del inmueble.
Pago de impuestos o hipotecas: copia del impuesto a pagar o del recibo del crédito hipotecario y certificado de tradición y libertad.
Para diligenciar este documento se debe proporcionar la siguiente información:
Una vez diligenciado se debe imprimir, firmar dos copias, una para ser entregada y otra en la que el empleador ponga un "recibido" o "radicado", de tal forma que el trabajador tenga prueba de que el documento fue entregado.
Decreto 1072 de 2015 (Decreto Reglamentario del Sector Trabajo), artículos 2.2.1.3.3, 2.2.1.3.15, 2.2.1.3.16, 2.2.1.3.17, 2.2.1.3.18 y 2.2.1.3.19.
Decreto 1562 de 2019 que modificó el 1072 de 2015.
Ley 1429 de 2010, artículo 21, que modifica el artículo 256 del Código Sustantivo del Trabajo.
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Una guía para ayudarle: ¿Cómo enviar una carta?
Solicitud de retiro de cesantías (trabajador) - modelo
País: Colombia