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Es un documento mediante el cual un trabajador informa a su empleador o a la persona encargada de atender estos casos sobre una situación de acoso laboral que está sufriendo. Permite dejar constancia de los hechos y solicitar que se tomen medidas para detener el acoso.
El acoso laboral se configura cuando se cumplen los siguientes requisitos:
Cualquier acto que cumpla con los requisitos anteriores es considerado acoso laboral. Sin embargo, la ley hace mención de algunas modalidades:
Sí, el empleador está obligado a recibir y tramitar la queja por acoso laboral, tomando las medidas que correspondan para evitar que se sigan presentando los hechos. El empleador puede tomar medidas desde la simple reubicación de los trabajadores hasta el despido con justa causa del trabajador que haya incurrido en la conducta de acoso.
El empleador que tolere actos de acoso laboral de los que tenga conocimiento puede ser sancionado una multa de 2 a 10 salarios mínimos mensuales vigentes.
Si bien no es obligatorio que la queja sea por escrito, la práctica general es que conste en un documento a fin de tener un soporte de que se realizó la queja.
Depende de la persona que realice el acoso. Si el acosador es un compañero de trabajo se debe informar al superior inmediato de este o a quien haga sus veces. Si el acosador es el superior inmediato la queja se debe presentar ante el superior de este último. Si la empresa tiene un comité de acoso laboral, de convivencia laboral, departamento de recursos humanos, o una persona designada para atender estos casos, se debe presentar la queja ante ellos, aunque generalmente en estos casos se notifica al superior del empleado o el comité, y estos, a su vez, informan al departamento o persona encargada.
Si el acoso tiene lugar en una empresa unipersonal que cuenta con un único jefe, o en la cual no se cuenta con una instancia imparcial que atienda y resuelva la queja, se podrá acudir al inspector de trabajo del Ministerio del Trabajo sin necesidad de diligenciar este documento.
Es la persona que realiza las conductas de acoso laboral. Puede ser un compañero de trabajo, un superior o el empleador.
Una vez diligenciado el documento se debe imprimir y firmar para ser radicado ante la persona correspondiente, ya sea el superior del empleado que cometió los hechos, el empleador o la dependencia encargada de atender los casos de acoso si se cuenta con una. Si la queja se envía mediante medios electrónicos bastará con su simple envío.
Si se cuentan con pruebas o documentos que demuestren el acoso, se deberán anexar a la carta. La queja por acoso laboral no requiere ser autenticada para su validez.
Si se cuenta con documentos o pruebas que demuestren la ocurrencia del acoso laboral, se deberán anexar a la carta. Por ejemplo, pantallazos de los mensajes o correos electrónicos si el acoso se da por estos medios, o grabaciones de video si se cuenta con alguna en que hayan quedado registrados los hechos.
No, la queja por acoso laboral no requiere ser autenticada para su validez.
Para su validez, la queja por acoso laboral debe contener:
El acoso laboral se encuentra regulado, entre otras, en las siguientes normativas:
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
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Una guía para ayudarle: ¿Cómo enviar una carta?
Carta de queja por acoso laboral - modelo, ejemplo
País: Colombia