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Autorización de uso de imagen

Última revisión Última revisión 26/09/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 26/09/2024

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¿Qué es una autorización de uso de imagen?

Es un documento mediante el cual una persona (el titular) otorga permiso a otra persona o empresa (la persona autorizada) para difundir su imagen (foto, video, retrato, etc) con fines comerciales o no comerciales, como publicidad, documentales o grabaciones. La autorización de uso de imagen es obligatoria; si se difunde la imagen de una persona sin su autorización puede exponerse a demandas del afectado o sanciones de las autoridades.


¿Es obligatorio contar con una autorización para el uso de imagen?

Es obligatorio en Colombia cuando se utiliza la imagen de una persona con fines comerciales o cuando se difunde públicamente. No se necesita autorización para:

  • Fines históricos, estadísticos o científicos autorizados por la ley.
  • Uso por parte de autoridades públicas en ejercicio de sus funciones.
  • Imágenes que no permitan la identificación de la persona.
  • Uso en el ámbito privado de quien la recolecta, sin fines de difusión.


¿Qué significa "uso comercial" en una autorización de uso de imagen?

Se refiere a la utilización de la imagen con el propósito de obtener un beneficio económico, como en publicidad, marketing o promoción de productos o servicios.


¿Qué significa "exclusividad" en una autorización de uso de imagen?

Si se otorga exclusividad, el titular no podrá autorizar a otras personas o empresas a usar su imagen para fines similares o que compitan con los del receptor de la autorización durante la vigencia del acuerdo.


¿La autorización puede ser paga?

Sí, se desea la autorización puede otorgarse a cambio de un precio, el cual será por las imágenes o materia audiovisual que se vaya a usar, ya sea que este material se produzca especialmente para la persona que lo usará, como en una sesión fotográfica o grabación, o se trate de material que existía con anterioridad.


¿Quién puede otorgar una autorización de uso de imagen?

La autorización de uso de imagen puede ser otorgada por:

  • Personas mayores de edad: pueden otorgarla directamente.
  • Menores de edad: la autorización debe ser otorgada por sus padres o tutores legales.


¿Qué hacer después de diligenciar la autorización?

Se debe diligenciar y firmar por parte del titular de la imagen, o su representante si es un menor de edad:

  • Entrega presencial: se debe imprimir y firmar dos copias, una para el titular y otra para la persona autorizada. Cada parte deberá conservar su copia de la autorización.
  • Entrega virtual: si la autorización se envía por medios virtuales (correo electrónico, mensajería instantánea, página web, etc) bastará con su envío, siempre que quede registro de la comunicación.

La autorización de uso de imagen no requiere ser autenticada para su validez.


¿Qué documentos se deben anexar a la autorización?

Si la autorización se otorga para una o varias imágenes ya determinadas, se podrá anexar copias de las imágenes a la autorización de uso.


¿Se debe autenticar en notaría la autorización de uso de imagen?

No, la autorización de uso de imagen no requiere ser autenticada para su validez.


¿Qué debe contener una autorización de uso de imagen?

Para su validez una autorización de uso de imagen debe contener:

  • Identificación del titular: nombre, documento de identidad y, si es menor de edad, datos de sus padres o tutores.
  • Identificación de la persona autorizada: nombre y, si es persona jurídica, NIT.
  • Descripción de la imagen: fotos, videos u otras formas de registro.
  • Fines del uso: comerciales, no comerciales o ambos.
  • Remuneración: si se paga por el uso de la imagen o si es gratuita.
  • Exclusividad: si se otorga o no.
  • Territorio de uso: dónde se puede utilizar la imagen (local, nacional o internacional).
  • Plazo de la autorización: tiempo de vigencia (definido o indefinido).

Opcionalmente se puede anexar la imagen o imágenes para las cuales se otorga la autorización.


¿Qué leyes regulan la autorización de uso de imagen en Colombia?

La autorización de uso de imagen se halla regulada por la Ley de protección de datos personales, toda vez que la imagen personal hace parte de este conjunto de datos:

  • Ley 1581 de 2012: regula la protección de datos personales, incluyendo la imagen como dato personal.
  • Decreto 1377 de 2013: reglamenta la Ley 1581 de 2012.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.

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