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Autorización de salida de campo o pedagógica

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¿Qué es una autorización para salida pedagógica?

Es un documento mediante el cual el representante legal de un menor de edad (padre, madre, tutor) autoriza a este para que asista a una salida pedagógica o de campo organizada por una institución educativa. Este documento solo es válido para salidas dentro del territorio nacional.

Este documento sólo es válido para salidas pedagógicas o de campo dentro del territorio nacional, para salidas fuera del país se deberá además otorgar una autorización para salida del país de menor de edad.


¿Es obligatorio tener una autorización para salida pedagógica?

Sí, las instituciones educativas usualmente exigen este documento como requisito para que el menor participe en salidas pedagógicas, pues de otra manera no podrían hacerse responsables de los menores.


¿Quién puede expedir la autorización para salida de campo?

Los padres que tengan la custodia del menor al momento expedir la autorización. Por ejemplo, si ambos padres comparten la custodia del menor, los dos deberán expedir la autorización. Si alguno de los padres perdió o no ejerce la patria potestad, no será necesaria su autorización. Generalmente los colegios o instituciones no exigen pruebas de la patria potestad o parentesco de la persona que expide la autorización.

En caso de que ninguno de los padres pueda expedir la autorización, esta podrá ser firmada por la persona que ejerza la custodia del menor.


¿Qué hacer después de diligenciar la autorización para salida pedagógica?

Una vez diligenciado el documento se debe imprimir y firmar por el padre o padres que ejerzan la custodia del menor. En caso de que alguno de los padres haya perdido la patria potestad, no se requerirá su autorización. Si el menor no cuenta con ninguno de sus padres, la autorización podrá ser otorgada por la persona que ejerza su custodia.

Se debe entregar a la institución educativa, ya sea físicamente o por medios electrónicos, según las instrucciones de la institución. Algunas instituciones pueden solicitar documentos adicionales, como el certificado de afiliación a la EPS o el carné de vacunación.

La autorización de salida pedagógica no requiere ser autenticada para su validez.


¿Se debe autenticar en notaría la autorización para salida pedagógica?

No, la autorización de salida pedagógica no requiere ser autenticada para su validez.


¿Qué debe contener una autorización para salida pedagógica?

Para su validez, una autorización para salida pedagógica debe contener:

  • Nombre de la institución educativa a la que se dirige la autorización.
  • Identificación del menor: nombre completo y número de documento de identidad (tarjeta de identidad, registro civil o pasaporte).
  • Identificación del padre, madre o representante legal: nombre completo y número de documento de identidad.
  • Lugar y fecha de la salida pedagógica o de campo.
  • Datos de contacto de emergencia: nombre y número de teléfono.
  • Firma del padre, madre o representante legal.


¿Qué leyes regulan la autorización para salida pedagógica?

Si bien no hay una ley específica que regule este documento, las siguientes normas regulan los derechos de los niños y adolescentes:

  • Constitución Política, artículos 44, 288, 253, 306: Establecen los derechos de los niños y la patria potestad.
  • Ley 1098 de 2006, artículo 23: Código de Infancia y Adolescencia, regula la custodia y cuidado personal del menor.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

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