Carta de cancelación de servicio

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________, ________.


Señor(a):
________



Asunto: SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE SERVICIOS

Mediante el presente documento y de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, artículo 23 y la Ley 1437 de 2011, artículo 32 parágrafo 1°, modificado por la Ley 1755 de 2015, yo, ________ (en adelante el CLIENTE), me permito formular la siguiente petición de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos.

PETICIÓN

1. Que se cancele el servicio que se identifica a continuación desde la fecha de corte más cercana posible:

Número de contrato: ________
Descripción del sevicio:

________

2. Subsidiariamente, en caso de que no sea posible la cancelación del servicio indicado, se especifiquen los motivos de la negativa y los procedimientos o trámites necesarios para una cancelación exitosa de los mismos.


FUNDAMENTOS DE HECHO

1. ________ es una persona natural, en adelante el PROVEEDOR.

2. Desde el ________ el CLIENTE contrató el servicio de referencia prestado por el PROVEEDOR.


FUNDAMENTOS DE DERECHO

Procedencia del derecho de petición

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política, artículo 23 el derecho de petición puede ejercerse no sólo ante autoridades públicas sino también ante personas de derecho privado (énfasis propio):

ARTICULO 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

El uso del derecho de petición ante particulares fue reglamentado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), modificado por la Ley 1755 de 2015, particularmente en el artículo 32, parágrafo primero:

PARÁGRAFO 1o. 5822 5252852 2528822 22555 222582582 5222 22582258 252555828 855252 252222 5 28858 28 82888825222 82 228522252 22 88255882228 52 82522228822, 8582558258822 2 85 2258225 2525558 82 228522252 2225882252 525 2528822 2 22888822 522825222 252222 58 222888225582.

Por lo que se tiene que el ejercicio del derecho de petición ante ________ es procedente aún tratándose de una persona natural, dada la posición dominante en que se encuentra en su calidad de PROVEEDOR ante el peticionario.


NOTIFICACIONES

Al correo elecrónico: ________


Cordialmente,






________
Cédula de ciudadanía: ________
________, ________

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________, ________.


Señor(a):
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Asunto: SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE SERVICIOS

Mediante el presente documento y de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, artículo 23 y la Ley 1437 de 2011, artículo 32 parágrafo 1°, modificado por la Ley 1755 de 2015, yo, ________ (en adelante el CLIENTE), me permito formular la siguiente petición de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos.

PETICIÓN

1. Que se cancele el servicio que se identifica a continuación desde la fecha de corte más cercana posible:

Número de contrato: ________
Descripción del sevicio:

________

2. Subsidiariamente, en caso de que no sea posible la cancelación del servicio indicado, se especifiquen los motivos de la negativa y los procedimientos o trámites necesarios para una cancelación exitosa de los mismos.


FUNDAMENTOS DE HECHO

1. ________ es una persona natural, en adelante el PROVEEDOR.

2. Desde el ________ el CLIENTE contrató el servicio de referencia prestado por el PROVEEDOR.


FUNDAMENTOS DE DERECHO

Procedencia del derecho de petición

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política, artículo 23 el derecho de petición puede ejercerse no sólo ante autoridades públicas sino también ante personas de derecho privado (énfasis propio):

ARTICULO 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

El uso del derecho de petición ante particulares fue reglamentado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), modificado por la Ley 1755 de 2015, particularmente en el artículo 32, parágrafo primero:

PARÁGRAFO 1o. 5822 5252852 2528822 22555 222582582 5222 22582258 252555828 855252 252222 5 28858 28 82888825222 82 228522252 22 88255882228 52 82522228822, 8582558258822 2 85 2258225 2525558 82 228522252 2225882252 525 2528822 2 22888822 522825222 252222 58 222888225582.

Por lo que se tiene que el ejercicio del derecho de petición ante ________ es procedente aún tratándose de una persona natural, dada la posición dominante en que se encuentra en su calidad de PROVEEDOR ante el peticionario.


NOTIFICACIONES

Al correo elecrónico: ________


Cordialmente,






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Cédula de ciudadanía: ________
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