Acuerdo de confidencialidad unilateral

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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD




Entre los suscritos ________ quien se identifica con Cédula de ciudadanía número ________, en adelante EL TITULAR y ________, quien se identifica con Cédula de ciudadanía número ________, en adelante EL RECEPTOR, hemos decidido celebrar el presente acuerdo de confidencialidad que se regirá por las siguientes cláusulas:

1. DEFINICIONES

I. Titular: quien entrega la información considerada confidencial, quien de conformidad con lo establecido en este acuerdo será ________.

II. Receptor: quien recibe la información considerada confidencial según las definiciones de este acuerdo, quien de conformidad con lo establecido será ________.

III. Información confidencial: toda información revelada por el TITULAR al RECEPTOR que cumpla con alguna de las siguientes condiciones:

a. Que no sea de conocimiento público ni de fácil obtención a través de medios legítimos y que sea denominada como tal por el TITULAR.

b. Que las circunstancias de su entrega, los medios de almacenamiento o las medidas de seguridad tomadas por el TITULAR para la custodia de la información indiquen el carácter confidencial de la misma.

c. Se considerará información confidencial toda información de naturaleza contable, financiera o comercial que no sea de conocimiento público ni figure en bases de datos de acceso abierto o libre, tales como informes contables, planes de negocio, contratos y acuerdos de naturaleza privada, know-how, precios, clientes, proveedores, entre otras. Esta lista tiene propósito enunciativo y no implica la no confidencialidad de otros tipos de información no mencionados en ella.

2. OBJETO. El RECEPTOR se obliga mantener en secreto la información considerada confidencial según la definición de este cuerdo, que le sea revelada por el TITULAR con ocasión del asunto que se indica a continuación:

________

3. USO. La información confidencial revelada por el TITULAR sólo podrá ser usada por el RECEPTOR para fines relacionados con el objeto de que trata la cláusula anterior. Una vez extinguido este objeto el RECEPTOR deberá guardar la confidencialidad de la información recibida hasta la expiración del plazo del presente acuerdo.

4. REVELACIÓN. El RECEPTOR podrá revelar la información confidencial proporcionada por el TITULAR en los siguientes eventos:

a. Cuando el TITULAR de la información lo haya autorizado de manera expresa y por escrito.

b. Cuando la información sea requerida por una autoridad competente para ello. En este evento el RECEPTOR no podrá revelar sino la información que sea necesaria para cumplir con la orden de la autoridad. Siempre que los términos dados por la autoridad lo permitan, deberá informar al TITULAR de la orden recibida antes de proceder con su cumplimiento.

c. Cuando la información se vuelva de dominio público, siempre y cuando esto no haya ocurrido por acción u omisión del RECEPTOR.

d. Cuando el RECEPTOR haya obtenido la información con anterioridad a la entrega de ésta por parte del TITULAR o que le haya sido proporcionada por un tercero autorizado por el TITULAR para su divulgación sin restricciones.

5. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN. La entrega de información por parte del TITULAR al RECEPTOR no implica la transferencia en favor de éste de cualquier derecho que el TITULAR pueda tener sobre la información proporcionada, incluyendo, pero no limitándose a, derechos de propiedad intelectual, explotación comercial, marcas, patentes, secretos comerciales e industriales, entre otros.

6. DEVOLUCIÓN. Al término o finalización del objeto de que trata la cláusula segunda el TITULAR podrá solicitar la devolución o destrucción de la información proporcionada al RECEPTOR, así como de cualquier copia que este haya elaborado, ya sea en medios digitales o análogos. En caso de conservar información después de concluido el objeto de que trata la cláusula segunda o el acuerdo de confidencialidad, el RECEPTOR deberá guardar la confidencialidad de la información hasta la fecha de vencimiento del plazo del presente acuerdo.

7. 55885585 588555858255. 25 82225258822 852 28 5555288 8858828852 8222 8285222 8255825858 58 2222222 52 85 2225225, 852 2822 52858822555 822 8222882822228 22828828, 825582585828 2 88222828828 82852 85 2525588822, 52 858 252558228 2 825888828 2 852 22252522 525 8222525 822258858 2 82222282885 52 82222528555 822 858 522828882228 85 858 8222228858 5-822 52 2888 2 5-588 52 85 82522 822828882258, 22 28252 8522228 5 828 285228 282588288528 22 2822 5852552. 55 8222852288588555 528255 255555582 52 252255 8252282855 2 8282 225552 825 528285528 225 25522 2525285 528 5555288, 52 552258555 8222222222 2 855252 82 8528852 52 2588882 822288282222.

8. CUSTODIA. El RECEPTOR será responsable de tomar las medidas de seguridad necesarias para garantizar que la información confidencial sea sólo accedida por él. El RECEPTOR podrá autorizar a otras personas a acceder a la información siempre y cuando esto sea necesario para el desarrollo del objeto de que trata la cláusula segunda de este acuerdo. Las personas autorizadas por el RECEPTOR estarán sujetas a las mismas obligaciones de confidencialidad de este acuerdo.

9. CLÁUSULA PENAL. En caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en ese acuerdo la PARTE incumplida pagará a la otra una suma equivalente a $________ (________). La parte cumplida podrá, alternativamente, exigir el pago de la cláusula penal o la inmdenización de perjuicios de conformidad con lo establecido en el artículo 1600 del Código Civil.

10. CESIÓN. Este acuerdo no podrá ser cedido, vendido, o transferido bajo cualquier título sin autorización escrita del TITULAR.

11. PLAZO. Este acuerdo estará vigente durante la duración del objeto de que trata la cláusula segunda. Después de finalizado este objeto, la confidencialidad de la información clasificada como tal debe mantenerse hasta el vencimiento del plazo del presente acuerdo, a saber el ________, a excepción de aquella información que sea secreto industrial, caso en el cual se aplicará lo previsto en la cláusula séptima.

12. NOTIFICACIONES. Del TITULAR:

Ciudad: ________
Dirección: ________
Correo electrónico: ________

Del RECEPTOR:

Ciudad: ________
Dirección: ________
Correo electrónico: ________

Para constancia de las partes, se firman dos ejemplares del mismo tenor el ________.



DEL TITULAR






________
Cédula de ciudadanía: ________



DEL RECEPTOR






________
Cédula de ciudadanía : ________

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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD




Entre los suscritos ________ quien se identifica con Cédula de ciudadanía número ________, en adelante EL TITULAR y ________, quien se identifica con Cédula de ciudadanía número ________, en adelante EL RECEPTOR, hemos decidido celebrar el presente acuerdo de confidencialidad que se regirá por las siguientes cláusulas:

1. DEFINICIONES

I. Titular: quien entrega la información considerada confidencial, quien de conformidad con lo establecido en este acuerdo será ________.

II. Receptor: quien recibe la información considerada confidencial según las definiciones de este acuerdo, quien de conformidad con lo establecido será ________.

III. Información confidencial: toda información revelada por el TITULAR al RECEPTOR que cumpla con alguna de las siguientes condiciones:

a. Que no sea de conocimiento público ni de fácil obtención a través de medios legítimos y que sea denominada como tal por el TITULAR.

b. Que las circunstancias de su entrega, los medios de almacenamiento o las medidas de seguridad tomadas por el TITULAR para la custodia de la información indiquen el carácter confidencial de la misma.

c. Se considerará información confidencial toda información de naturaleza contable, financiera o comercial que no sea de conocimiento público ni figure en bases de datos de acceso abierto o libre, tales como informes contables, planes de negocio, contratos y acuerdos de naturaleza privada, know-how, precios, clientes, proveedores, entre otras. Esta lista tiene propósito enunciativo y no implica la no confidencialidad de otros tipos de información no mencionados en ella.

2. OBJETO. El RECEPTOR se obliga mantener en secreto la información considerada confidencial según la definición de este cuerdo, que le sea revelada por el TITULAR con ocasión del asunto que se indica a continuación:

________

3. USO. La información confidencial revelada por el TITULAR sólo podrá ser usada por el RECEPTOR para fines relacionados con el objeto de que trata la cláusula anterior. Una vez extinguido este objeto el RECEPTOR deberá guardar la confidencialidad de la información recibida hasta la expiración del plazo del presente acuerdo.

4. REVELACIÓN. El RECEPTOR podrá revelar la información confidencial proporcionada por el TITULAR en los siguientes eventos:

a. Cuando el TITULAR de la información lo haya autorizado de manera expresa y por escrito.

b. Cuando la información sea requerida por una autoridad competente para ello. En este evento el RECEPTOR no podrá revelar sino la información que sea necesaria para cumplir con la orden de la autoridad. Siempre que los términos dados por la autoridad lo permitan, deberá informar al TITULAR de la orden recibida antes de proceder con su cumplimiento.

c. Cuando la información se vuelva de dominio público, siempre y cuando esto no haya ocurrido por acción u omisión del RECEPTOR.

d. Cuando el RECEPTOR haya obtenido la información con anterioridad a la entrega de ésta por parte del TITULAR o que le haya sido proporcionada por un tercero autorizado por el TITULAR para su divulgación sin restricciones.

5. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN. La entrega de información por parte del TITULAR al RECEPTOR no implica la transferencia en favor de éste de cualquier derecho que el TITULAR pueda tener sobre la información proporcionada, incluyendo, pero no limitándose a, derechos de propiedad intelectual, explotación comercial, marcas, patentes, secretos comerciales e industriales, entre otros.

6. DEVOLUCIÓN. Al término o finalización del objeto de que trata la cláusula segunda el TITULAR podrá solicitar la devolución o destrucción de la información proporcionada al RECEPTOR, así como de cualquier copia que este haya elaborado, ya sea en medios digitales o análogos. En caso de conservar información después de concluido el objeto de que trata la cláusula segunda o el acuerdo de confidencialidad, el RECEPTOR deberá guardar la confidencialidad de la información hasta la fecha de vencimiento del plazo del presente acuerdo.

7. 55885585 588555858255. 25 82225258822 852 28 5555288 8858828852 8222 8285222 8255825858 58 2222222 52 85 2225225, 852 2822 52858822555 822 8222882822228 22828828, 825582585828 2 88222828828 82852 85 2525588822, 52 858 252558228 2 825888828 2 852 22252522 525 8222525 822258858 2 82222282885 52 82222528555 822 858 522828882228 85 858 8222228858 5-822 52 2888 2 5-588 52 85 82522 822828882258, 22 28252 8522228 5 828 285228 282588288528 22 2822 5852552. 55 8222852288588555 528255 255555582 52 252255 8252282855 2 8282 225552 825 528285528 225 25522 2525285 528 5555288, 52 552258555 8222222222 2 855252 82 8528852 52 2588882 822288282222.

8. CUSTODIA. El RECEPTOR será responsable de tomar las medidas de seguridad necesarias para garantizar que la información confidencial sea sólo accedida por él. El RECEPTOR podrá autorizar a otras personas a acceder a la información siempre y cuando esto sea necesario para el desarrollo del objeto de que trata la cláusula segunda de este acuerdo. Las personas autorizadas por el RECEPTOR estarán sujetas a las mismas obligaciones de confidencialidad de este acuerdo.

9. CLÁUSULA PENAL. En caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en ese acuerdo la PARTE incumplida pagará a la otra una suma equivalente a $________ (________). La parte cumplida podrá, alternativamente, exigir el pago de la cláusula penal o la inmdenización de perjuicios de conformidad con lo establecido en el artículo 1600 del Código Civil.

10. CESIÓN. Este acuerdo no podrá ser cedido, vendido, o transferido bajo cualquier título sin autorización escrita del TITULAR.

11. PLAZO. Este acuerdo estará vigente durante la duración del objeto de que trata la cláusula segunda. Después de finalizado este objeto, la confidencialidad de la información clasificada como tal debe mantenerse hasta el vencimiento del plazo del presente acuerdo, a saber el ________, a excepción de aquella información que sea secreto industrial, caso en el cual se aplicará lo previsto en la cláusula séptima.

12. NOTIFICACIONES. Del TITULAR:

Ciudad: ________
Dirección: ________
Correo electrónico: ________

Del RECEPTOR:

Ciudad: ________
Dirección: ________
Correo electrónico: ________

Para constancia de las partes, se firman dos ejemplares del mismo tenor el ________.



DEL TITULAR






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Cédula de ciudadanía: ________



DEL RECEPTOR






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Cédula de ciudadanía : ________