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La carta de despido por causas objetivas es el documento que le permite al empleador cumplir con su obligación legal de comunicar por escrito el despido a un trabajador cuando este se produce por: el vencimiento del plazo convenido, la conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito o fuerza mayor o por necesidades de la empresa.
El despido por causas objetivas puede existir cuando concurre alguna de las siguientes causales:
Cuando el empleador quiera poner término a la relación laboral, podrá informar al trabajador de esta decisión mediante una carta de despido. Existen distintas cartas de despido que permiten al empleador notificar al trabajador del término de la relación laboral, entre ellas se encuentran:
En el caso de que el trabajador quiera terminar la relación laboral que lo une a su empleador de manera definitiva, puede renunciar mediante una de carta de autodespido o carta de renuncia voluntaria.
El empleador tiene la obligación de comunicar al trabajador por escrito la causal por la cual ocurre el despido. Esta obligación se cumple con el envío por carta certificada de esta comunicación o entregándola personalmente al trabajador.
Si en la carta de despido por causas objetivas se invoca la causal de necesidades de la empresa, se deberán establecer los hechos objetivos que hagan inevitable la separación del trabajador. No basta con que se funde en la sola voluntad unilateral de la empleadora. Por esto, está prohibido utilizar esta causal cuando:
Las indemnizaciones corresponden a montos de dinero que deben ser otorgados al trabajador cuando es despedido.
Por ejemplo, si la última remuneración es de $500.000 y la persona trabajó 3 años y 2 meses, la indemnización es por 3 años de servicio y alcanza la suma de $1.500.000. En cambio, si la misma persona trabajó 3 años y 8 meses, la indemnización por 4 años de servicio alcanza la suma de $2.000.000.
Antes de enviar una carta de despido por causas objetivas y desvincular a un trabajador, sus cotizaciones deben estar pagadas hasta el último día del mes anterior al despido. Es una obligación del empleador pagar las cotizaciones previsionales (de pensiones, salud y de cesantía, cuando corresponda).
En los casos en que las cotizaciones previsionales no se encuentran al día, la carta no pondrá fin al contrato de trabajo, lo que implica que el empleador debe seguir cumpliendo sus obligaciones y prestaciones establecidas en el contrato de trabajo (como pagar el sueldo), aun cuando haya enviado esta carta. El empleador deberá pagar la remuneración y las cotizaciones previsionales hasta que notifique al trabajador, por carta certificada a su domicilio, del pago de las cotizaciones adeudadas, adjuntando la documentación que lo acredita.
El trabajador estará liberado de la obligación de cumplir con sus labores desde que se le comunique el despido, cuando el empleador no ha pagado las cotizaciones.
Una vez que la carta de despido por causas objetivas este lista, deberá ser firmada por el empleador y posteriormente, ser entregada personalmente al trabajador o enviada como carta certificada a su domicilio. Se deben firmar al menos dos copias de esta carta y una de ellas deberá remitirse a la Dirección del Trabajo. Por lo demás, se deben adjuntar los certificados que acreditan el pago de cotizaciones previsionales, si corresponde.
Para enviar una carta certificada, será necesario asistir personalmente una oficina de correos y solicitar el envío de la misma como carta certificada. Es posible encontrar más información respecto al envío de cartas en la guía ¿Cómo enviar una carta?
Los plazos para enviar la carta de despido por causas objetivas dependen de la causal de despido y son los siguientes:
Además, al terminar la relación contractual deben pagarse los montos que se adeudan al trabajador y firmar un finiquito, que debe ser ratificado por un ministro de fe, que puede ser un Inspector del Trabajo o un Notario Público.
En aquellos casos donde el empleador debe comprobar que ha cumplido con su obligación del pago de las cotizaciones previsionales (de pensiones, salud y de cesantía, cuando corresponda), debe acompañar a esta carta de despido por causas objetivas los certificados que acreditan el pago.
La carta de despido por causas objetivas debe contar con la siguiente información:
La carta de despido por causas objetivas aplicables está regulada en los artículos 159 y 161 del Título V "De la Terminación del Contrato de Trabajo y Estabilidad en el Empleo" del Libro I del Código del Trabajo.
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.
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Una guía para ayudarte: ¿Cómo enviar una carta?
Carta de Despido por Causas Objetivas - Modelo, Formato
País: Chile