Contrato de Arriendo de Bienes Muebles

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CONTRATO DE ARRIENDO DE BIEN MUEBLE


En la ciudad de ________, Chile, a ________, comparecen, por una parte: ________, de nacionalidad: ________, de estado civil: soltero/a, de profesión u ocupación: ________, Cédula Nacional de Identidad________, con domicilio en ________, en adelante la "PARTE ARRENDADORA"; y, por la otra: ________, de nacionalidad: ________, de estado civil: soltero/a, de profesión u ocupación: ________, Cédula Nacional de Identidad________, con domicilio en ________, en adelante la "PARTE ARRENDATARIA";

La PARTE ARRENDADORA y la PARTE ARRENDATARIA que, en adelante, podrán ser denominadas, individualmente como la parte y conjuntamente como las partes, reconociéndose capacidad legal suficiente para contratar y obligarse recíprocamente y siendo responsables de la veracidad de sus declaraciones,


EXPONEN

I. Que la PARTE ARRENDADORA es propietaria del bien mueble o conjunto de bienes muebles, en adelante, "el bien mueble", que a continuación se individualiza:

- Tipo de bien mueble:

________

- Características:

________

II. Que el bien mueble individualizado tiene un valor comercial aproximado de $________.- (________ pesos chilenos).

III. Que el bien mueble se encuentra en el siguiente estado de perfecto estado de conservación.

IV. Que ambas partes conocen y aceptan las características y el estado de uso y conservación del bien mueble antes descrito. En particular, la PARTE ARRENDATARIA manifiesta que ha sido informada por la parte arrendadora del estado del bien mueble, en su conjunto, y en el de sus elementos y componentes fundamentales al momento de firmarse el presente documento.

V. Que la PARTE ARRENDATARIA está interesada en el arrendamiento de dicho bien mueble para su uso y disfrute, y la PARTE ARRENDADORA consiente dicha cesión.

VI. Y que habiendo llegado las partes libre y espontáneamente a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente Contrato de Arrendamiento de Bien Mueble, en adelante, el "Contrato", con el objeto de constituir y regular su acuerdo, el cual se regirá por las siguientes


CLÁUSULAS


I.- OBJETO

La PARTE ARRENDADORA da en arriendo a la PARTE ARRENDATARIA, quien acepta, el bien mueble descrito en la parte expositiva de este contrato, con cuanto le sea inherente y accesorio.

La PARTE ARRENDATARIA ha revisado suficientemente dicho bien mueble, confirmando que se encuentra en perfecto estado para el uso que constituirá su destino.

Ambas partes aceptan el arrendamiento del bien mueble individualizado bajo las condiciones pactadas y recogidas en este instrumento.


II.- USO O DESTINO

La PARTE ARRENDATARIA se obliga a darle al bien mueble, única y exclusivamente, el uso o destino que a continuación se indica:

________

Dicho uso no podrá ser modificado por la PARTE ARRENDATARIA sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la PARTE ARRENDADORA.

Igualmente, la PARTE ARRENDATARIA se obliga a no realizar ningún uso o disposición del bien mueble que sea de carácter ilícito o contrario a la ley, la moral o el orden público, o que de cualquier otro modo pueda causar lesiones o daños a terceras personas, cosas, al propio bien mueble o a bienes públicos.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos será motivo de resolución del contrato.


III.- ENTREGA

En este mismo acto, la PARTE ARRENDADORA hace entrega del bien mueble objeto de este contrato, poniéndolo en poder de la PARTE ARRENDATARIA, que lo recibe. A partir de esta entrega, la PARTE ARRENDATARIA se hace cargo de las responsabilidades derivadas de su tenencia y uso.


IV.- DURACIÓN

El presente CONTRATO comenzará a regir desde la fecha de entrega del bien mueble, indicada en la cláusula anterior y se extenderá por un período de ________, contado desde la fecha de entrega.

Al término de este contrato, la PARTE ARRENDATARIA deberá devolver el bien mueble a la PARTE ARRENDADORA, respetando lo dispuesto en el presente contrato.


V.- RENTA

La renta pactada por las partes es de $________.- (________ chilenos), que se pagará por hora de uso.

La obligación de la PARTE ARRENDATARIA de pagar la renta de arriendo nace a partir del momento de la entrega del bien mueble en la oportunidad pactada, y se pagará de manera periódica en la oportunidad de que a continuación se indica: ________.

El pago de la renta se debe realizar en efectivo, lo que la PARTE ARRENDADORA acepta.

El incumplimiento por la PARTE ARRENDATARIA de la obligación de pago de la renta en el plazo fijado será motivo de resolución del presente contrato, debiendo en tal caso restituir inmediatamente el bien mueble a la PARTE ARRENDADORA.


VI.- REAJUSTE

La renta se reajustará durante toda la vigencia del arrendamiento cada 6 meses, en la misma proporción que haya variado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) durante el período. Si la variación del IPC fuese negativa, se mantendrá la renta vigente hasta el próximo reajuste.


VII.- GARANTÍA

En este acto, la PARTE ARRENDATARIA entrega a la PARTE ARRENDADORA la suma de $________.- (________ chilenos), con el propósito de garantizar, hasta donde alcance, el cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales, particularmente la conservación del bien mueble y su restitución en el mismo estado en que lo recibe.

La PARTE ARRENDADORA declara recibir, en este acto, la suma indicada, constituyendo este documento el más formal y solemne comprobante de pago que en derecho corresponda.

Esta garantía deberá devolverse a la PARTE ARRENDATARIA al producirse la restitución del bien mueble a la PARTE ARRENDADORA, una vez que ésta haya comprobado su estado y condición, así como el cumplimiento del resto de las obligaciones contractuales de la PARTE ARRENDATARIA.

La existencia de esta garantía no faculta a la PARTE ARRENDATARIA a retrasar, no pagar o compensar todo o parte de la renta de arriendo pactada.

Se le restará de esta garantía, al momento de su devolución, todo gasto en que incurra la PARTE ARRENDADORA una vez terminado el contrato derivado de cualquier incumplimiento de la PARTE ARRENDATARIA, poniendo a disposición de esta última las boletas, factura, o comprobantes que acrediten dichos gastos.

En caso de que los gastos previamente señalados sean superiores a la garantía, la PARTE ARRENDATARIA deberá pagar la diferencia, pudiendo la PARTE ARRENDADORA ejercer todas las acciones judiciales que estime oportunas para obtener dicho pago.


VIII.- GASTOS POR USO Y REPARACIONES

Los gastos inherentes a la utilización del bien mueble serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA.

En el caso de las reparaciones al bien mueble que deban efectuarse durante la vigencia de este contrato, éstas serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA.

En todo caso, la PARTE ARRENDADORA no podrá, sin el consentimiento de la PARTE ARRENDATARIA, hacer en el bien mueble obras o trabajos algunos que puedan turbarle o embarazarle el goce de él.

Con todo, si se trata de reparaciones que no puedan sin grave inconveniente diferirse, será la PARTE ARRENDATARIA obligada a sufrirlas, aun cuando le priven del goce de una parte del bien mueble; pero tendrá derecho a que se le rebaje entre tanto el precio o renta, a proporción de la parte que se trate.

Si las reparaciones impiden que la PARTE ARRENDATARIA pueda hacer uso del bien mueble para el fin que fue arrendado, la PARTE ARRENDADORA se obliga a reemplazarlo por otro de similares características hasta que finalice la reparación, o definitivamente.

Si las reparaciones se deben efectuar por una utilización del bien mueble indebida o contraria a lo dispuesto en este contrato, serán de cargo de la PARTE ARRENDATARIA.

Por el contrario serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA las reparaciones cuyas causas eran conocidas o no pudieron menos que ser conocidas por la PARTE ARRENDADORA antes de entregar el bien mueble en arriendo, y no lo comunicó a la PARTE ARRENDATARIA.


IX.- INSPECCIÓN

La PARTE ARRENDADORA está facultada para inspeccionar cuando estime oportuno el estado del bien mueble durante la vigencia del contrato, ya sea por sí o por una persona delegada. La PARTE ARRENDATARIA deberá facilitarle el acceso para poder llevar a efecto tal gestión.


X.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

1. Obligaciones de LA PARTE ARRENDADORA:

a. Entregar a la PARTE ARRENDATARIA el bien mueble;

b. Mantener al bien mueble en estado de servir para el fin que ha sido arrendado;

c. Librar a la PARTE ARRENDATARIA de toda turbación o embarazo en el goce del bien mueble;

d. Cubrir los gastos inherentes a la utilización del bien mueble;

e. Cubrir los gastos de las reparaciones al bien mueble que deban efectuarse durante la vigencia de este contrato.

2. Obligaciones de la PARTE ARRENDATARIA:

a. Usar el bien mueble según los términos o espíritu del contrato; y no podrá en consecuencia hacerla servir a otros fines que los convenidos;

b. Conservar el bien mueble en perfecto estado de aseo y conservación general.

c. Pagar oportunamente y de manera íntegra la renta de arriendo;

d. Restituir inmediatamente el bien mueble una vez terminado el presente contrato, poniéndola a disposición de la PARTE ARRENDADORA en los términos previamente estipulados;

Para todos los efectos legales, las partes acuerdan elevar las obligaciones de la PARTE ARRENDATARIA a la calidad de esenciales, y por ello, cualquier infracción a ellas se entenderá como una infracción grave del contrato, y dará derecho a la PARTE ARRENDADORA a ponerle término al mismo.


XI.- PROHIBICIONES

Queda estrictamente prohibido a la PARTE ARRENDATARIA:

a. Darle al bien mueble un uso distinto al convenido.

b. Realizar cambios o mejoras al bien mueble sin consentimiento previo y escrito de la PARTE ARRENDADORA.

c. Ceder en todo o en parte y a cualquier título el contrato. Cualquier infracción a ésta prohibición convertirá a la PARTE ARRENDATARIA en codeudora solidaria responsable ante la PARTE ARRENDADORA de todos los daños y perjuicios.

d. Subarrendar el bien mueble. Cualquier infracción a ésta prohibición convertirá a la PARTE ARRENDATARIA en codeudor solidario responsable ante la PARTE ARRENDADORA de todos los daños y perjuicios.

e. Imputar la garantía como pago del arriendo.


XII.- 2888585255858 8 855288588525888 58 8858 85 888585855, 8888 8 85885 55585582588855

25 28855 888588858858 82 8222522222 5 52255 8228252885 52 252255 822258525 22 85558822528 52 855885825 588852222, 5282, 2255855, 82822582, 55228 85585528 225 52825828 5 22528 55228 852 25255 852585 28 8822 252882, 588 8222 52 858 88585282528858 52 85 2855522885.

88828822, 82 8222522222 5 82225255 5 85 85282555 52 28228 288228 528528 5 85 28855 88858888888.

582 225258882 52 828 8225528 852 25582552 52858255 828285855528, 85 28855 888588858858 28 85 52822285882 528 8822 252882 5555222 85 88222885 52 2822 82225522 2 828 55228 2 22558558 852 82 252552852 225 85 85825 5282552 825 858825228 225 2825.

5252 25822 25588858 2 2525525588858 52588552 52 855885825 2822 52 8528822 52888555 22 52858822 58 582 528 8822 252882 225 85 28855 888588858858 82552 52 85522 2 82822 52 2825.

58 85 28855 888588858858 28 2582555 2 282825 852 82 55 522282552 525 8225588822 82222855 225 85 25522 22 52858822 58 8822 252882 555225552, 528255 82225255 22 28 258 85282 28522 2288882 5 85 28855 88858888888.


XIII.- RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS

La PARTE ARRENDATARIA se hace directa y exclusivamente responsable, eximiendo de toda responsabilidad a la PARTE ARRENDADORA, de todos los daños que pueda causar a sí misma, a terceras personas o las cosas haciendo uso del bien mueble arrendado, personalmente o por aquellas personas que ella autorice a utilizar.

Sin embargo, no será responsable si los daños provienen de fallas del bien mueble que son de responsabilidad de la PARTE ARRENDADORA.


XIV.- SEGUROS

El bien mueble se encuentra asegurado mediante un seguro de la siguiente clase: ________ en la compañía aseguradora: ________.

Las partes declaran que la póliza de dicho seguro ha sido puesta en conocimiento de la PARTE ARRENDATARIA.


XV.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

El presente contrato podrá ser resuelto por el mutuo acuerdo de las partes, con los efectos que ellas determinen.

Sin perjuicio de lo anterior, el incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales dará derecho a la otra parte a resolver el contrato sin aviso previo, aunque deberá notificar a la otra parte la causa de extinción expresamente y por escrito.

En todo caso, en el supuesto de que alguna de las partes incumpliera alguna de las obligaciones del contrato, o las cumpliera de forma defectuosa, y este incumplimiento o cumplimiento defectuoso fuera subsanable, la parte que a su vez sí haya cumplido con las suyas podrá, previamente al ejercicio de su derecho de resolver el contrato, optar por exigir expresamente y por escrito dicho cumplimiento o subsanación a la otra parte.

Sea que escoja exigir el cumplimiento o la resolución del contrato, la parte diligente, además, tendrá derecho a ser indemnizada por los perjuicios que le sean ocasionados por el incumplimiento.

El hecho de que la parte afectada decida no resolver el contrato no será considerado como una renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento contractual de la contraria, ni limitará de forma alguna sus derechos para hacerle cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato.


XVI.- TÉRMINO DEL CONTRATO Y RESTITUCIÓN DEL BIEN MUEBLE

Llegada la fecha de término del contrato, la PARTE ARRENDATARIA deberá devolver el bien mueble a la PARTE ARRENDADORA.

La restitución del bien mueble se efectuará el día que termine este contrato, a las ________ horas en la dirección ubicada en ________.


XVII.- ESTADO DEL BIEN MUEBLE

El bien mueble se arrienda en el estado en que se encuentra, del modo detallado en la parte expositiva de este contrato, y la PARTE ARRENDATARIA deberá restituirlo en estado idéntico a la PARTE ARRENDADORA.


XVIII.- NOTIFICACIONES

Para realizar cualquier notificación entre las partes que tenga como origen el presente contrato, éstas acuerdan que su domicilio para tales efectos sean las direcciones indicadas al principio de este contrato. Para que una notificación entre las partes sea efectuada en forma válida deberá realizarse conforme lo dispone la ley, y en su silencio, por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio proporcionado por una de las partes a la otra, se deberá comunicar esta nueva información lo más pronto posible a la otra parte, siguiendo el procedimiento acá establecido.

No obstante, siempre y cuando sea posible garantizar la autenticidad de la persona emisora, de la destinataria y del contenido del mensaje, y con el objetivo de mantener una comunicación fluida entre las partes, se facilitan las siguientes direcciones de correo electrónico:

PARTE ARRENDADORA: ________
PARTE ARRENDATARIA: ________


XIX.- NORMATIVA APLICABLE

Este contrato se rige por la normativa chilena vigente, en especial por aquellas normas contenidas en título XXVI del Libro IV del Código Civil.


XX.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Las partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.


XXI.- EJEMPLARES

El presente contrato se firma en dos ejemplares del mismo tenor y fecha, quedando uno en poder de la PARTE ARRENDADORA y otro en poder de la PARTE ARRENDATARIA.


XXII.- FACULTAD AL PORTADOR

Se faculta al portador de uno de los ejemplares originales del presente contrato para requerir las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que procedan o sean pertinentes.

Previa lectura, y en señal de aceptación, se ratifica y firman las partes:



_______________________

(Firma Arrendadora )
________
Cédula Nacional de Identidad________



________________________

(Firma Arrendataria)
________
Cédula Nacional de Identidad________

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CONTRATO DE ARRIENDO DE BIEN MUEBLE


En la ciudad de ________, Chile, a ________, comparecen, por una parte: ________, de nacionalidad: ________, de estado civil: soltero/a, de profesión u ocupación: ________, Cédula Nacional de Identidad________, con domicilio en ________, en adelante la "PARTE ARRENDADORA"; y, por la otra: ________, de nacionalidad: ________, de estado civil: soltero/a, de profesión u ocupación: ________, Cédula Nacional de Identidad________, con domicilio en ________, en adelante la "PARTE ARRENDATARIA";

La PARTE ARRENDADORA y la PARTE ARRENDATARIA que, en adelante, podrán ser denominadas, individualmente como la parte y conjuntamente como las partes, reconociéndose capacidad legal suficiente para contratar y obligarse recíprocamente y siendo responsables de la veracidad de sus declaraciones,


EXPONEN

I. Que la PARTE ARRENDADORA es propietaria del bien mueble o conjunto de bienes muebles, en adelante, "el bien mueble", que a continuación se individualiza:

- Tipo de bien mueble:

________

- Características:

________

II. Que el bien mueble individualizado tiene un valor comercial aproximado de $________.- (________ pesos chilenos).

III. Que el bien mueble se encuentra en el siguiente estado de perfecto estado de conservación.

IV. Que ambas partes conocen y aceptan las características y el estado de uso y conservación del bien mueble antes descrito. En particular, la PARTE ARRENDATARIA manifiesta que ha sido informada por la parte arrendadora del estado del bien mueble, en su conjunto, y en el de sus elementos y componentes fundamentales al momento de firmarse el presente documento.

V. Que la PARTE ARRENDATARIA está interesada en el arrendamiento de dicho bien mueble para su uso y disfrute, y la PARTE ARRENDADORA consiente dicha cesión.

VI. Y que habiendo llegado las partes libre y espontáneamente a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente Contrato de Arrendamiento de Bien Mueble, en adelante, el "Contrato", con el objeto de constituir y regular su acuerdo, el cual se regirá por las siguientes


CLÁUSULAS


I.- OBJETO

La PARTE ARRENDADORA da en arriendo a la PARTE ARRENDATARIA, quien acepta, el bien mueble descrito en la parte expositiva de este contrato, con cuanto le sea inherente y accesorio.

La PARTE ARRENDATARIA ha revisado suficientemente dicho bien mueble, confirmando que se encuentra en perfecto estado para el uso que constituirá su destino.

Ambas partes aceptan el arrendamiento del bien mueble individualizado bajo las condiciones pactadas y recogidas en este instrumento.


II.- USO O DESTINO

La PARTE ARRENDATARIA se obliga a darle al bien mueble, única y exclusivamente, el uso o destino que a continuación se indica:

________

Dicho uso no podrá ser modificado por la PARTE ARRENDATARIA sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la PARTE ARRENDADORA.

Igualmente, la PARTE ARRENDATARIA se obliga a no realizar ningún uso o disposición del bien mueble que sea de carácter ilícito o contrario a la ley, la moral o el orden público, o que de cualquier otro modo pueda causar lesiones o daños a terceras personas, cosas, al propio bien mueble o a bienes públicos.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos será motivo de resolución del contrato.


III.- ENTREGA

En este mismo acto, la PARTE ARRENDADORA hace entrega del bien mueble objeto de este contrato, poniéndolo en poder de la PARTE ARRENDATARIA, que lo recibe. A partir de esta entrega, la PARTE ARRENDATARIA se hace cargo de las responsabilidades derivadas de su tenencia y uso.


IV.- DURACIÓN

El presente CONTRATO comenzará a regir desde la fecha de entrega del bien mueble, indicada en la cláusula anterior y se extenderá por un período de ________, contado desde la fecha de entrega.

Al término de este contrato, la PARTE ARRENDATARIA deberá devolver el bien mueble a la PARTE ARRENDADORA, respetando lo dispuesto en el presente contrato.


V.- RENTA

La renta pactada por las partes es de $________.- (________ chilenos), que se pagará por hora de uso.

La obligación de la PARTE ARRENDATARIA de pagar la renta de arriendo nace a partir del momento de la entrega del bien mueble en la oportunidad pactada, y se pagará de manera periódica en la oportunidad de que a continuación se indica: ________.

El pago de la renta se debe realizar en efectivo, lo que la PARTE ARRENDADORA acepta.

El incumplimiento por la PARTE ARRENDATARIA de la obligación de pago de la renta en el plazo fijado será motivo de resolución del presente contrato, debiendo en tal caso restituir inmediatamente el bien mueble a la PARTE ARRENDADORA.


VI.- REAJUSTE

La renta se reajustará durante toda la vigencia del arrendamiento cada 6 meses, en la misma proporción que haya variado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) durante el período. Si la variación del IPC fuese negativa, se mantendrá la renta vigente hasta el próximo reajuste.


VII.- GARANTÍA

En este acto, la PARTE ARRENDATARIA entrega a la PARTE ARRENDADORA la suma de $________.- (________ chilenos), con el propósito de garantizar, hasta donde alcance, el cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales, particularmente la conservación del bien mueble y su restitución en el mismo estado en que lo recibe.

La PARTE ARRENDADORA declara recibir, en este acto, la suma indicada, constituyendo este documento el más formal y solemne comprobante de pago que en derecho corresponda.

Esta garantía deberá devolverse a la PARTE ARRENDATARIA al producirse la restitución del bien mueble a la PARTE ARRENDADORA, una vez que ésta haya comprobado su estado y condición, así como el cumplimiento del resto de las obligaciones contractuales de la PARTE ARRENDATARIA.

La existencia de esta garantía no faculta a la PARTE ARRENDATARIA a retrasar, no pagar o compensar todo o parte de la renta de arriendo pactada.

Se le restará de esta garantía, al momento de su devolución, todo gasto en que incurra la PARTE ARRENDADORA una vez terminado el contrato derivado de cualquier incumplimiento de la PARTE ARRENDATARIA, poniendo a disposición de esta última las boletas, factura, o comprobantes que acrediten dichos gastos.

En caso de que los gastos previamente señalados sean superiores a la garantía, la PARTE ARRENDATARIA deberá pagar la diferencia, pudiendo la PARTE ARRENDADORA ejercer todas las acciones judiciales que estime oportunas para obtener dicho pago.


VIII.- GASTOS POR USO Y REPARACIONES

Los gastos inherentes a la utilización del bien mueble serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA.

En el caso de las reparaciones al bien mueble que deban efectuarse durante la vigencia de este contrato, éstas serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA.

En todo caso, la PARTE ARRENDADORA no podrá, sin el consentimiento de la PARTE ARRENDATARIA, hacer en el bien mueble obras o trabajos algunos que puedan turbarle o embarazarle el goce de él.

Con todo, si se trata de reparaciones que no puedan sin grave inconveniente diferirse, será la PARTE ARRENDATARIA obligada a sufrirlas, aun cuando le priven del goce de una parte del bien mueble; pero tendrá derecho a que se le rebaje entre tanto el precio o renta, a proporción de la parte que se trate.

Si las reparaciones impiden que la PARTE ARRENDATARIA pueda hacer uso del bien mueble para el fin que fue arrendado, la PARTE ARRENDADORA se obliga a reemplazarlo por otro de similares características hasta que finalice la reparación, o definitivamente.

Si las reparaciones se deben efectuar por una utilización del bien mueble indebida o contraria a lo dispuesto en este contrato, serán de cargo de la PARTE ARRENDATARIA.

Por el contrario serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA las reparaciones cuyas causas eran conocidas o no pudieron menos que ser conocidas por la PARTE ARRENDADORA antes de entregar el bien mueble en arriendo, y no lo comunicó a la PARTE ARRENDATARIA.


IX.- INSPECCIÓN

La PARTE ARRENDADORA está facultada para inspeccionar cuando estime oportuno el estado del bien mueble durante la vigencia del contrato, ya sea por sí o por una persona delegada. La PARTE ARRENDATARIA deberá facilitarle el acceso para poder llevar a efecto tal gestión.


X.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

1. Obligaciones de LA PARTE ARRENDADORA:

a. Entregar a la PARTE ARRENDATARIA el bien mueble;

b. Mantener al bien mueble en estado de servir para el fin que ha sido arrendado;

c. Librar a la PARTE ARRENDATARIA de toda turbación o embarazo en el goce del bien mueble;

d. Cubrir los gastos inherentes a la utilización del bien mueble;

e. Cubrir los gastos de las reparaciones al bien mueble que deban efectuarse durante la vigencia de este contrato.

2. Obligaciones de la PARTE ARRENDATARIA:

a. Usar el bien mueble según los términos o espíritu del contrato; y no podrá en consecuencia hacerla servir a otros fines que los convenidos;

b. Conservar el bien mueble en perfecto estado de aseo y conservación general.

c. Pagar oportunamente y de manera íntegra la renta de arriendo;

d. Restituir inmediatamente el bien mueble una vez terminado el presente contrato, poniéndola a disposición de la PARTE ARRENDADORA en los términos previamente estipulados;

Para todos los efectos legales, las partes acuerdan elevar las obligaciones de la PARTE ARRENDATARIA a la calidad de esenciales, y por ello, cualquier infracción a ellas se entenderá como una infracción grave del contrato, y dará derecho a la PARTE ARRENDADORA a ponerle término al mismo.


XI.- PROHIBICIONES

Queda estrictamente prohibido a la PARTE ARRENDATARIA:

a. Darle al bien mueble un uso distinto al convenido.

b. Realizar cambios o mejoras al bien mueble sin consentimiento previo y escrito de la PARTE ARRENDADORA.

c. Ceder en todo o en parte y a cualquier título el contrato. Cualquier infracción a ésta prohibición convertirá a la PARTE ARRENDATARIA en codeudora solidaria responsable ante la PARTE ARRENDADORA de todos los daños y perjuicios.

d. Subarrendar el bien mueble. Cualquier infracción a ésta prohibición convertirá a la PARTE ARRENDATARIA en codeudor solidario responsable ante la PARTE ARRENDADORA de todos los daños y perjuicios.

e. Imputar la garantía como pago del arriendo.


XII.- 2888585255858 8 855288588525888 58 8858 85 888585855, 8888 8 85885 55585582588855

25 28855 888588858858 82 8222522222 5 52255 8228252885 52 252255 822258525 22 85558822528 52 855885825 588852222, 5282, 2255855, 82822582, 55228 85585528 225 52825828 5 22528 55228 852 25255 852585 28 8822 252882, 588 8222 52 858 88585282528858 52 85 2855522885.

88828822, 82 8222522222 5 82225255 5 85 85282555 52 28228 288228 528528 5 85 28855 88858888888.

582 225258882 52 828 8225528 852 25582552 52858255 828285855528, 85 28855 888588858858 28 85 52822285882 528 8822 252882 5555222 85 88222885 52 2822 82225522 2 828 55228 2 22558558 852 82 252552852 225 85 85825 5282552 825 858825228 225 2825.

5252 25822 25588858 2 2525525588858 52588552 52 855885825 2822 52 8528822 52888555 22 52858822 58 582 528 8822 252882 225 85 28855 888588858858 82552 52 85522 2 82822 52 2825.

58 85 28855 888588858858 28 2582555 2 282825 852 82 55 522282552 525 8225588822 82222855 225 85 25522 22 52858822 58 8822 252882 555225552, 528255 82225255 22 28 258 85282 28522 2288882 5 85 28855 88858888888.


XIII.- RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS

La PARTE ARRENDATARIA se hace directa y exclusivamente responsable, eximiendo de toda responsabilidad a la PARTE ARRENDADORA, de todos los daños que pueda causar a sí misma, a terceras personas o las cosas haciendo uso del bien mueble arrendado, personalmente o por aquellas personas que ella autorice a utilizar.

Sin embargo, no será responsable si los daños provienen de fallas del bien mueble que son de responsabilidad de la PARTE ARRENDADORA.


XIV.- SEGUROS

El bien mueble se encuentra asegurado mediante un seguro de la siguiente clase: ________ en la compañía aseguradora: ________.

Las partes declaran que la póliza de dicho seguro ha sido puesta en conocimiento de la PARTE ARRENDATARIA.


XV.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

El presente contrato podrá ser resuelto por el mutuo acuerdo de las partes, con los efectos que ellas determinen.

Sin perjuicio de lo anterior, el incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales dará derecho a la otra parte a resolver el contrato sin aviso previo, aunque deberá notificar a la otra parte la causa de extinción expresamente y por escrito.

En todo caso, en el supuesto de que alguna de las partes incumpliera alguna de las obligaciones del contrato, o las cumpliera de forma defectuosa, y este incumplimiento o cumplimiento defectuoso fuera subsanable, la parte que a su vez sí haya cumplido con las suyas podrá, previamente al ejercicio de su derecho de resolver el contrato, optar por exigir expresamente y por escrito dicho cumplimiento o subsanación a la otra parte.

Sea que escoja exigir el cumplimiento o la resolución del contrato, la parte diligente, además, tendrá derecho a ser indemnizada por los perjuicios que le sean ocasionados por el incumplimiento.

El hecho de que la parte afectada decida no resolver el contrato no será considerado como una renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento contractual de la contraria, ni limitará de forma alguna sus derechos para hacerle cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato.


XVI.- TÉRMINO DEL CONTRATO Y RESTITUCIÓN DEL BIEN MUEBLE

Llegada la fecha de término del contrato, la PARTE ARRENDATARIA deberá devolver el bien mueble a la PARTE ARRENDADORA.

La restitución del bien mueble se efectuará el día que termine este contrato, a las ________ horas en la dirección ubicada en ________.


XVII.- ESTADO DEL BIEN MUEBLE

El bien mueble se arrienda en el estado en que se encuentra, del modo detallado en la parte expositiva de este contrato, y la PARTE ARRENDATARIA deberá restituirlo en estado idéntico a la PARTE ARRENDADORA.


XVIII.- NOTIFICACIONES

Para realizar cualquier notificación entre las partes que tenga como origen el presente contrato, éstas acuerdan que su domicilio para tales efectos sean las direcciones indicadas al principio de este contrato. Para que una notificación entre las partes sea efectuada en forma válida deberá realizarse conforme lo dispone la ley, y en su silencio, por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio proporcionado por una de las partes a la otra, se deberá comunicar esta nueva información lo más pronto posible a la otra parte, siguiendo el procedimiento acá establecido.

No obstante, siempre y cuando sea posible garantizar la autenticidad de la persona emisora, de la destinataria y del contenido del mensaje, y con el objetivo de mantener una comunicación fluida entre las partes, se facilitan las siguientes direcciones de correo electrónico:

PARTE ARRENDADORA: ________
PARTE ARRENDATARIA: ________


XIX.- NORMATIVA APLICABLE

Este contrato se rige por la normativa chilena vigente, en especial por aquellas normas contenidas en título XXVI del Libro IV del Código Civil.


XX.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Las partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.


XXI.- EJEMPLARES

El presente contrato se firma en dos ejemplares del mismo tenor y fecha, quedando uno en poder de la PARTE ARRENDADORA y otro en poder de la PARTE ARRENDATARIA.


XXII.- FACULTAD AL PORTADOR

Se faculta al portador de uno de los ejemplares originales del presente contrato para requerir las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que procedan o sean pertinentes.

Previa lectura, y en señal de aceptación, se ratifica y firman las partes:



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(Firma Arrendadora )
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Cédula Nacional de Identidad________



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(Firma Arrendataria)
________
Cédula Nacional de Identidad________