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Esta Solicitud de Convocatoria de Accionistas de S.A. o S.A.S. puede ser utilizada por una o más personas y/o entidades accionistas de una sociedad anónima ("S.A.") o sociedad por acciones simplificada ("S.A.S.") que son titulares de acciones con derecho a voto (único o plural) que conforman un porcentaje mínimo del capital social para solicitar en cualquier momento la convocatoria de una asamblea de accionistas (si la sociedad es una S.A.) o reunión de socios (si la sociedad es una S.A.S.), en cualquier caso ordinaria o extraordinaria. Este documento cumple los requisitos de la Ley nacional N° 19.550 (t.o. 1984) y modificatorias (si la sociedad es una S.A.) o de la Ley nacional N° 27.349 y modificatorias (si la sociedad es una S.A.S.), en cualquier caso exclusivamente.
La convocatoria de la asamblea (en el caso de una S.A.) o reunión de socios (en el caso de una S.A.S.) puede ser solicitada solo por el o los accionistas titulares de acciones con derecho a voto, ya sea único (1 voto) o plural (de 2 a 5 votos).
La solicitud debe dirigirse primero al directorio (en el caso de una S.A.) u órgano de administración (en el caso de una S.A.S.). Si ese órgano social no considera la solicitud o la rechaza sin fundamento recién entonces la misma solicitud puede dirigirse a la sindicatura (de haberla) o al consejo de vigilancia (de haberlo).
La asamblea o reunión que se solicite convocar puede ser la ordinaria (de celebración una vez por año) o una extraordinaria (de celebración cada vez que se la convoque).
Para solicitar la convocatoria de una asamblea o reunión, el o los accionistas titulares de acciones con derecho a voto deben cumplir los siguientes requisitos establecidos por ley:
- porcentaje mínimo del capital social: el o los accionistas que soliciten la convocatoria deben ser titulares de acciones con derecho a voto que, según el libro de registro de acciones, conforman por lo menos el 5% del capital social o el porcentaje menor fijado en el estatuto vigente de la sociedad (es decir, el archivado por la autoridad administrativa provincial que la inscribió).
- documentación por escrito: documentar la solicitud por escrito, en papel y con la firma manuscrita de el o los accionistas titulares de acciones con derecho a voto que conforman el porcentaje mínimo del capital social. Alternativamente, puede ser documentada por escrito sobre un medio electrónico y ser firmada con firma digital (pero no simplemente firma electrónica).
- temario: cada asunto para cuyo tratamiento se solicite convocar la asamblea o reunión debe cumplir los siguientes requisitos particulares:
- recepción fechada de la solicitud: la copia original firmada debe ser entregada en la sede social y una fotocopia simple de la copia original firmada debe ser recibida con fecha por la sociedad. Alternativamente, si fuera realizada en un soporte electrónico con firma digital, deberá ser remitida al domicilio electrónico de la entidad, esta última podrá luego librar una constancia de recepción de la carta.
Esta Solicitud de Convocatoria de Accionistas de S.A. o S.A.S. puede ser utilizada por una o más personas y/o entidades accionistas de una sociedad anónima ("S.A.") o sociedad por acciones simplificada ("S.A.S.") que son titulares de acciones con derecho a voto (único o plural) que conforman un porcentaje mínimo del capital social para solicitar en cualquier momento la convocatoria de una asamblea de accionistas (si la sociedad es una S.A.) o reunión de socios (si la sociedad es una S.A.S.), en cualquier caso ordinaria o extraordinaria.
Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos e información, entre otros:
Una vez finalizada esta Solicitud de Convocatoria de Accionistas de S.A. o S.A.S. sin datos ni información en blanco, debe ser impresa en papel común en 1 copia original. La copia original debe ser firmada con firma manuscrita por el o los accionistas titulares de acciones con derecho a voto que conforman el porcentaje mínimo del capital social. Luego la copia original firmada debe ser entregada en la sede social. Por último, una fotocopia simple de la copia original firmada debe ser recibida con fecha por la sociedad.
Alternativamente, podrá documentarse por escrito en soporte electrónico, firmado con firma digital (pero no simplemente firma electrónica) y remitido al domicilio electrónico de la entidad. Luego, esta última podrá librar una constancia de recepción de la carta.
Esta Solicitud de Convocatoria de Accionistas de S.A. o S.A.S. se rige por las siguientes disposiciones:
- si la sociedad es una S.A.: el artículo 236 de la Ley nacional N° 19.550 (t.o. 1984) y modificatorias.
- si la sociedad es una S.A.S.: el artículo 49 de la Ley nacional N° 27.349 y modificatorias y el artículo 236 de la Ley nacional N° 19.550 (t.o. 1984) y modificatorias.
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Una guía para ayudarte: ¿Cuándo debo realizar un documento ante un escribano público?
País: Argentina