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Notificación de Cancelación de Cobertura Médica

Última revisión Última revisión 25/09/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 25/09/2024

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Esta Notificación de Cancelación de Cobertura Médica puede ser utilizada por la persona titular de una cobertura médica contratada con una entidad prestadora de medicina prepaga o, únicamente en relación con cierta clase de planes, con una obra social para cancelarla por única vez en el año y sin penalidad alguna.

 

Titular

La cancelación de la cobertura médica puede ser realizada solo por la persona que la contrató como titular. Si una persona es simple beneficiaria de una cobertura médica contratada por otra persona entonces no puede cancelarla.

 

Entidad Prestadora

La notificación de cancelación debe ser enviada a la entidad prestadora de la cobertura médica según el contrato firmado por la titular.

La entidad prestadora debe estar autorizada por el Gobierno nacional y puede ser de alguno de los siguientes tipos:

  • empresa de medicina prepaga.
  • obra social, únicamente si el plan de cobertura médica que se cancelará es de adhesión voluntaria o superador o complementario por mayores servicios.
  • cooperativa, mutual, asociación civil o fundación que brinde servicios de salud.

 

Requisitos Legales de la Notificación

Para cancelar la cobertura médica en cualquier momento y sin penalidad alguna, su titular debe cumplir los siguientes requisitos establecidos por ley:

  • cancelación anual: ejercer el derecho a cancelar la cobertura médica solamente 1 vez por año.
  • documentación en papel: documentar la decisión de cancelar la cobertura médica por escrito, en papel y con la firma manuscrita de cada titular de la cobertura médica que se cancelará.
  • notificación fehaciente: comunicar la decisión de cancelar la cobertura médica por carta documento u otro medio que no permita dudar de la identidad de cada titular y de su voluntad de cancelar la cobertura médica (por ej., un acta notarial redactada por un escribano público).
  • plazo de anticipación: enviar la notificación fehaciente a la entidad prestadora por lo menos 30 días corridos antes de la fecha elegida para la cancelación de la cobertura médica.

No es un requisito legal el previo pago de cualquier deuda de la titular con la entidad prestadora y ésta tiene prohibido condicionar el ejercicio del derecho a cancelar la cobertura médica a dicho previo pago.

 

¿Cómo utilizar este documento?

Esta Notificación de Cancelación de Cobertura Médica puede ser utilizada por la persona titular de una cobertura médica contratada con una entidad prestadora de medicina prepaga o, únicamente en relación con cierta clase de planes, con una obra social para cancelarla por única vez en el año y sin penalidad alguna.

Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos:

  • de cada titular de la cobertura médica que se cancelará (nombre completo y apellido e identificación civil).
  • de la entidad prestadora (denominación legal).
  • de la cobertura médica que se cancelará (nombre y número del plan).
  • fecha de cancelación de la cobertura médica (indicación).

Una vez finalizada esta Notificación de Cancelación de Cobertura Médica sin datos en blanco, debe ser impresa, copiada a mano o pegada online en un formulario de carta documento en papel o digital (que suministrará la empresa de correo elegida por la titular). Luego la carta documento debe ser enviada por la titular a la entidad prestadora siguiendo el procedimiento y cumpliendo con los requisitos establecidos por dicha empresa de correo.

 

Legislación Aplicable

Esta Notificación de Cancelación de Cobertura Médica se rige por las disposiciones del artículo 9 de la Ley nacional N° 26.682 y modificatorias.

 

¿Cómo modificar el modelo?

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